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Ex magistrado Carlos Ernesto Sanchez Escobar, destituido de su cargo en Sala de lo Constitucional usurpa funciones de Cancillería y evade cumplir con la justicia
AL HONORABILÍSIMO Y EXCELENTÍSIMO CUERPO DIPLOMÁTICO Y ORGANISMOS INTERNACIONALES DESTACADOS EN EL SALVADOR.
EL EQUIPO DE LITIGIO ESTRATÉGICO DEL SR. ENRIQUE RAIS, HACE DEL CONOCIMIENTO:
- Que en una decisión judicial bochornosa y sin precedentes en el país, la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, dictó la resolución de las 9:05 horas del 27 de julio de 2021, suscrita por los Magistrados propietarios, Dr. Guillermo Arévalo Domínguez y Lic. Carlos Ernesto Sánchez Escobar, dentro del incidente de apelación Inc. 92-2021, en la que ordena notificar sin ser parte en esa causa penal, al “Decano de los Representantes de las Misiones Diplomáticas acreditadas en el país -Su Eminencia Reverendísima el Señor Nuncio Apostólico Monseñor Santo Rocco Gangemi- y pide se haga llegar a todas las Embajadas acreditadas en el país.
- Conforme a los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial, las conductas evidenciadas por ambos Magistrados no cumplen con las garantías de independencia judicial e imparcialidad; primero, porque se arrogan funciones judiciales que a la fecha se encuentran bajo control de otras autoridades (Sala de lo Constitucional y Cámara Segunda de lo Penal, por ejemplo) y de Estado que no son de su competencia, sino que corresponden única y exclusivamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador; y segundo, porque existe un grave conflicto de interés en sus actuaciones recientes, en virtud que la Opinión No. 76/2020 (Enrique Rais-El Salvador) emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria -GTDA- de Naciones Unidas, ha instado a las autoridades competentes del país a realizar una investigación “exhaustiva” e “independiente” sobre las circunstancias de la privación arbitraria de la libertad del Sr. Rais. Lo anterior significa que los citados Magistrados de ser encontrados responsables de tales violaciones, enfrentan responsabilidades administrativas y de naturaleza penal.
- Debido a que el Ilustrado Cuerpo Diplomático inspirado por los principios universales, el derecho internacional consuetudinario, así como la Carta de las Naciones Unidas y otros instrumentos regionales e internacionales, propende hacia la promoción y el respeto universal de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin distinción alguna, nos vemos obligados, en el nuevo foro abierto por la mencionada Cámara de lo Penal, de forma atenta y respetuosos de la alta investidura diplomática, no solamente en nombre del Sr. Enrique Rais, sino en atención a que ninguna autoridad o Estado, intente sustraerse de su responsabilidad internacional a tutelar los derechos humanos, bajo invocación de un derecho interno contrario a aquellos estándares, a presentar los descargos a todas las mentiras y tergiversaciones que han brotado de aquel Tribunal, de la siguiente manera:
- El Sr. Enrique Rais se encuentra sometido a una persecución penal, iniciada por la Fiscalía General de la República (FGR) bajo titularidad del Exfiscal General Douglas Meléndez, con pruebas ilegales y pruebas espúreas que han provocado privaciones arbitrarias de libertad en su perjuicio, desde el 22 de agosto de 2016.
- La defensa técnica del Sr. Rais, desde agosto de 2016 ejerce todas las acciones legales y administrativas en El Salvador con la finalidad de obtener la reparación de las violaciones a sus derechos humanos; pero al no encontrar una respuesta de las autoridades competentes en un plazo razonable (más de tres años sin respuesta), decidimos acudir ante los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas, donde se presentó comunicación ante el GTDA por la privación arbitraria de libertad que sufre el Sr. Rais.
- El GTDA es el único órgano del sistema internacional de derechos humanos al que la antigua Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas han confiando el mandato específico de recibir y examinar casos de privación arbitraria de la libertad. A este título el GTDA ha interpretado y aplicado las normas jurídicas internacionales sobre privación de libertad promulgadas a nivel nacional, regional e internacional desde 1991.
- El GTDA a fecha 25 de noviembre de 2020, decidió que(…) La privación de libertad de José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -el Pacto-, inscribiéndose en las categorías I y III;y pidió al Gobierno de El Salvador que adopte las medidas necesarias para remediar la situación del Sr. Rais sin dilación alguna y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto.
- El país de Suiza, de incuestionable institucionalidad, decretó en fecha 21 de abril de 2021, absolución fundadada en la prueba recabada durante la investigación realizada y en la Opinión No 76/2020 del GTDA, sobre los hechos juzgados contra el Sr. Rais (mismos hechos por los que se lo acusa en El Salvador)
- La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos -PDDH-, a fecha 28 de junio de 2021, ha establecido que la violación de los derechos al debido proceso, por inobservancia de legalidad y seguridad jurídica; a la libertad personal por detención ilegal; así como incumplimiento a la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones -LEIT-, en perjuicio del Sr. Enrique Rais. El actual Procurador, fue categórico en manifestar que el excesivo plazo para resolver el caso se debió a que su predecesora “archivó” el expediente y allí lo mantuvo durante se mantuvo en el cargo; asimismo, su pronunciamiento se vio sustentando en las opiniones y deliberaciones del GTDA y de otros organismos regionales e internacionales de protección de los derechos humanos.
- El Magistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar como integrante de la Cámara Primera de lo Penal, desmerita la Opinión del GTDA, por no ser un órgano de control con sentido universal sobre el Pacto, porque no ha sido creado por ningún tratado o convención que obligue vinculantemente al Estado de El Salvador, porque no pronuncia resoluciones, sino que emite opiniones y en conclusión porque no cumple con el requisito del artículo 144 de la Constitución de la República, es decir la ratificación de un tratado por El Salvador para ser integrado con fuerza normativa en el derecho interno. ¿Cuál es el trasfondo de esta posición contraria al principio de buena fe y al fin esencial del derecho internacional de los derechos humanos? Queda claro que es evitar que su decisión de contenido arbitrario de fecha 12 de enero de 2017 le traiga consecuencias legales, es decir que se procura su impunidad, lo que la deslegitima totalmente, al contrario de otras autoridades nacionales y extranjeras que precisamente encuentran en el GTDA, los criterios de análisis e interpretación del Pacto.
- Tan a la luz queda el trasfondo de la acción de buscar impunidad por parte del señor Sánchez Escobar, que mientras fue Magistrado de la Sala de lo Constitucional concurrió con su voto reconociendo el cumplimiento de buen fe de los tratados internaciones incluido el pacto (Sentencia, Hábeas Corpus 477-2019); la aplicación de estándares internacionales de protección “Soft Law” (Sentencia, Hábeas Corpus 149-2019) y la exhortación a los Jueces y magistrados competentes en materia penal para acudir a las resoluciones y “recomendaciones” dadas por los distintos órganos internacionales de derechos humanos (Sentencia, Hábeas Corpus 555-2020). Es decir un retroceso jurídico con disfraz de “soberanismo” que pretende mantener el Sistema Judicial excluido del control de organismos que sin asimetrías y localismos puede verificar si se está brindado respuestas a conflictos legales que sean respetuosas de los derechos humanos de todo justiciable sin distinción alguna. Si todo esto no fuera suficiente, basta mirar que el objeto de los derechos humanos es la persona humana (principio pro homine)
- Es tan grave la situación de irrespeto a los derechos humanos, que se pretende por proteger una posición personal por parte de los Magistrados de la Cámara, que también nos hemos visto obligado a documentar todos estos hechos y ponerlos en conocimiento del GTDA, el Relator Especial sobre la Independencia de los magistrados y abogados, el Consejo de Derechos Humanos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien dicho sea de paso, ya conoce este caso de primera mano.
- Por tanto, exhortamos al Cuerpo Diplomático que informen a sus respectivos gobiernos, la intención de los Magistrados Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Guillermo Arévalo Domínguez de irrespetar el cumplimiento de los derechos humanos que son la esencia y fundamento de la democracia.
Lic. Aldo Álvarez Zepeda Lic. Douglas E. Melgar Argueta Lic. Carlos Mirandra Rubio
ABOGADOS Y DEFENSORES PARTICULARES DEL SR. ENRIQUE RAIS
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Fotomultas detectan a conductores a más de 160 km/h
El Viceministerio de Transporte (VMT) reportó la detección de múltiples conductores que fueron sancionados mediante el sistema de fotomultas por circular a excesiva velocidad en dos de las principales vías del país: la autopista a Comalapa y la carretera al Puerto de La Libertad.
En la autopista a Comalapa se identificaron varios casos de conducción a velocidades superiores a las permitidas, entre ellos vehículos que circulaban a 125, 130, 136 e incluso 164 kilómetros por hora, según el registro de las autoridades.
Las placas sancionadas en este tramo son M 963 702, P 792 074, P 90 BAF y P 54 B68, todos detectados excediendo los límites establecidos en la vía, lo que representa un alto riesgo para la seguridad vial.
En la carretera al Puerto de La Libertad, específicamente en el sector de la curva del Papaturro, también se registraron infracciones similares. Entre las velocidades figuran 100, 103, 104, 119 y hasta 134 kilómetros por hora.
Las placas multadas en este punto incluyen P 113 FB5, P 37 E2D, P 26 79A, M 394 308, M 21 0AC y P 111 B1C, de acuerdo con el sistema de control automatizado implementado en la zona.
Las autoridades reiteraron que la excesiva velocidad constituye la segunda causa de fallecidos por siniestros viales en El Salvador, por lo que hicieron un llamado a respetar los límites establecidos.
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Más del 75 % de alumnos buscan becas de estudio de Integración
Más del 75 % de los estudiantes de último año de bachillerato de institutos públicos se han inscrito en el Proceso Formativo que impulsa el Gobierno de El Salvador a través de la Dirección de Integración, con el objetivo de acceder a becas de educación superior y continuar su formación en universidades o escuelas técnicas del país.
Para 2026, la matrícula de alumnos de último año de bachillerato asciende a aproximadamente 49,000 jóvenes, de los cuales el 75.83 % se ha registrado en el programa, lo que equivale a 36,869 aspirantes a una beca universitaria.
«De alrededor de 49,000 jóvenes que están estudiando el último año de bachillerato en las 679 escuelas públicas, más del 70 % de los jóvenes se han inscrito, y esto significa más de 35,000 bachilleres y todavía falta una semana más para que se terminen de anotar aquellos interesados», afirmó Alejandro Gutman, presidente «ad honorem» de la Dirección de Integración, en entrevista con «Diario El Salvador».
El funcionario destacó además el incremento en la participación comparado con 2025, cuando de 42,000 estudiantes matriculados 19,000 se incorporaron al Proceso Formativo, equivalente al 45 %. En comparación, este año la cifra casi se duplica en términos de cobertura e interés estudiantil.
Los mayores niveles de inscripción se registran en los departamentos de Cabañas, con el 84.91 %; Chalatenango, con el 80.64 %; y La Unión, con el 80.34 % del total de su estudiantado de último año de bachillerato.
«Los lugares que más abandonados estuvieron históricamente en el país, como Chalatenango, La Unión y Cabañas, son los que reportan más jóvenes interesados en el Proceso Formativo para continuar sus estudios universitarios. Esta cifra está mostrando una nueva forma de hacer política pública con la participación del pueblo», señaló Gutman.
Asimismo, explicó que el programa incluye un trabajo de acompañamiento territorial para motivar a estudiantes, docentes, directores y familias, con el fin de fortalecer la continuidad educativa y ampliar el acceso a oportunidades de formación.
«Actualmente hay más de 16,000 jóvenes en las 37 universidades y escuelas técnicas de El Salvador que hoy están estudiando, con nombre, apellido, escuela, carrera, todo en la Dirección de Integración. Yo espero que para el año que viene [2027] alrededor de 20,000, o tal vez hasta 25,000, hayan cumplido con los requisitos para ingresar», expresó. Finalmente, Gutman indicó que se analiza la incorporación de carreras virtuales en el programa, para ampliar el acceso a la educación superior y facilitar la participación de jóvenes que residen en zonas alejadas del país.
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Extraditarán a Estados Unidos a salvadoreño acusado de violación
La Fiscalía General de la República informó la captura de Caleb Isaac Díaz Mejía, quien es requerido por las autoridades de Estados Unidos por delitos sexuales que cometió en perjuicio de una menor de edad.
De acuerdo al expediente fiscal, Díaz Mejía retornó a El Salvador, después de cometer los delitos en la nación norteamericana, pero, luego de un proceso investigativo, fue ubicado el pasado 28 de abril en la final avenida Don Bosco del centro urbano Libertad, en el distrito de Apopa, municipio de San Salvador Oste, departamento de San Salvador.
En el estado de Texas, en Estados Unidos, al imputado se le atribuyen los delitos de agresión sexual agravada infantil e indecencia con un menor, tipos penales previstos y sancionados en las secciones 22.021 y 22.11 del Código Penal de este estado.
Según la Fiscalía, estos delitos son equiparables con el tipo penal de violación en menor o incapaz del Código Penal de El Salvador.
Los hechos delictivos fueron cometidos entre el 22 y el 23 de enero de 2022, cuando la menor tenía 12 años, informó la Fiscalía. En el proceso de ubicación y captura participó la Policía Internacional (Interpol) y el acusado será extraditado a Estados Unidos.
«El extraditable tenía rutinas estrictas para no ser detectado por la justicia requirente (Estados Unidos). El extraditable será presentado ante las autoridades judiciales para seguir los trámites de extradición», informó la Fiscalía.




