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Ex magistrado Carlos Ernesto Sanchez Escobar, destituido de su cargo en Sala de lo Constitucional usurpa funciones de Cancillería y evade cumplir con la justicia

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AL HONORABILÍSIMO Y EXCELENTÍSIMO CUERPO DIPLOMÁTICO Y ORGANISMOS INTERNACIONALES DESTACADOS EN EL SALVADOR.

EL EQUIPO DE LITIGIO ESTRATÉGICO DEL SR. ENRIQUE RAIS, HACE DEL CONOCIMIENTO:

  1. Que en una decisión judicial bochornosa y sin precedentes en el país, la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, dictó la resolución de las 9:05 horas del 27 de julio de 2021, suscrita por los Magistrados propietarios, Dr. Guillermo Arévalo Domínguez y Lic. Carlos Ernesto Sánchez Escobar, dentro del incidente de apelación Inc. 92-2021, en la que ordena notificar sin ser parte en esa causa penal, al “Decano de los Representantes de las Misiones Diplomáticas acreditadas en el país -Su Eminencia Reverendísima el Señor Nuncio Apostólico Monseñor Santo Rocco Gangemi- y pide se haga llegar a todas las Embajadas acreditadas en el país.
  • Conforme a los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial, las conductas evidenciadas por ambos Magistrados no cumplen con las garantías de independencia judicial e imparcialidad; primero, porque se arrogan funciones judiciales que a la fecha se encuentran bajo control de otras autoridades (Sala de lo Constitucional y Cámara Segunda de lo Penal, por ejemplo) y de Estado que no son de su competencia, sino que corresponden única y exclusivamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador; y segundo, porque existe un grave conflicto de interés en sus actuaciones recientes, en virtud que la Opinión No. 76/2020  (Enrique Rais-El Salvador) emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria -GTDA- de Naciones Unidas, ha instado a las autoridades competentes del país a realizar una investigación “exhaustiva” e “independiente” sobre las circunstancias de la privación arbitraria de la libertad del Sr. Rais. Lo anterior significa que los citados Magistrados de ser encontrados responsables de tales violaciones, enfrentan responsabilidades administrativas y de naturaleza penal.
  • Debido a que el Ilustrado Cuerpo Diplomático inspirado por los principios universales, el derecho internacional consuetudinario, así como la Carta de las Naciones Unidas y otros instrumentos regionales e internacionales, propende hacia la promoción y el respeto universal de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin distinción alguna, nos vemos obligados, en el nuevo foro abierto por la mencionada Cámara de lo Penal, de forma atenta y respetuosos de la alta investidura diplomática, no solamente en nombre del Sr. Enrique Rais, sino en atención a que ninguna autoridad o Estado, intente sustraerse de su responsabilidad internacional a tutelar los derechos humanos, bajo invocación de un derecho interno contrario a aquellos estándares, a presentar los descargos a todas las mentiras y tergiversaciones que han brotado de aquel Tribunal, de la siguiente manera:
  1. El Sr. Enrique Rais se encuentra sometido a una persecución penal, iniciada por la Fiscalía General de la República (FGR) bajo titularidad del Exfiscal General Douglas Meléndez, con pruebas ilegales y pruebas espúreas que han provocado privaciones arbitrarias de libertad en su perjuicio, desde el 22 de agosto de 2016.
  • La defensa técnica del Sr. Rais, desde agosto de 2016 ejerce todas las acciones legales y administrativas en El Salvador con la finalidad de obtener la reparación de las violaciones a sus derechos humanos; pero al no encontrar una respuesta de las autoridades competentes en un plazo razonable (más de tres años sin respuesta), decidimos acudir ante los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas, donde se presentó comunicación ante el GTDA por la privación arbitraria de libertad que sufre el Sr. Rais.
  • El GTDA es el único órgano del sistema internacional de derechos humanos al que la antigua Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas han confiando el mandato específico de recibir y examinar casos de privación arbitraria de la libertad. A este título el GTDA ha interpretado y aplicado las normas jurídicas internacionales sobre privación de libertad promulgadas a nivel nacional, regional e internacional desde 1991.
  • El GTDA a  fecha 25 de noviembre de 2020, decidió que(…) La privación de libertad de José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -el Pacto-, inscribiéndose en las categorías I y III;y pidió al Gobierno de El Salvador que adopte las medidas necesarias para remediar la situación del Sr. Rais sin dilación alguna y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto.
  • El país de Suiza, de incuestionable institucionalidad, decretó en fecha 21 de abril de 2021, absolución fundadada en la prueba recabada durante la investigación realizada y en la Opinión No 76/2020 del GTDA, sobre los hechos juzgados contra el Sr. Rais (mismos hechos por los que se lo acusa en El Salvador)
  • La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos -PDDH-, a fecha 28 de junio de 2021, ha establecido que la violación de los derechos al debido proceso, por inobservancia de legalidad y seguridad jurídica; a la libertad personal por detención ilegal; así como incumplimiento a la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones -LEIT-, en perjuicio del Sr. Enrique Rais. El actual Procurador, fue categórico en manifestar que el excesivo plazo para resolver el caso se debió a que su predecesora “archivó” el expediente y allí lo mantuvo durante se mantuvo en el cargo; asimismo, su pronunciamiento se vio sustentando en las opiniones y deliberaciones del GTDA y de otros organismos regionales e internacionales de protección de los derechos humanos.
  • El Magistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar como integrante de la Cámara Primera de lo Penal, desmerita la Opinión del GTDA, por no ser un órgano de control con sentido universal sobre el Pacto, porque no ha sido creado por ningún tratado o convención que obligue vinculantemente al Estado de El Salvador, porque no pronuncia resoluciones, sino que emite opiniones y en conclusión porque no cumple con el requisito del artículo 144 de la Constitución de la República, es decir la ratificación de un tratado por El Salvador para ser integrado con fuerza normativa en el derecho interno. ¿Cuál es el trasfondo de esta posición contraria al principio de buena fe y al fin esencial del derecho internacional de los derechos humanos? Queda claro que es evitar que su decisión de contenido arbitrario de fecha 12 de enero de 2017 le traiga consecuencias legales, es decir que se procura su impunidad, lo que la deslegitima totalmente, al contrario de otras autoridades nacionales y extranjeras que precisamente encuentran en el GTDA, los criterios de análisis e interpretación del Pacto.
  • Tan a la luz queda el trasfondo de la acción de buscar impunidad por parte del señor Sánchez Escobar, que mientras fue Magistrado de la Sala de lo Constitucional concurrió con su voto reconociendo el cumplimiento de buen fe de los tratados internaciones incluido el pacto (Sentencia, Hábeas Corpus 477-2019); la aplicación de estándares internacionales de protección “Soft Law” (Sentencia, Hábeas Corpus 149-2019) y la exhortación a los Jueces y magistrados competentes en materia penal para acudir a las resoluciones y “recomendaciones” dadas por los distintos órganos internacionales de derechos humanos (Sentencia, Hábeas Corpus 555-2020). Es decir un retroceso jurídico con disfraz de “soberanismo” que pretende mantener el Sistema Judicial excluido del control de organismos que sin asimetrías y localismos puede verificar si se está brindado respuestas a conflictos legales que sean respetuosas de los derechos humanos de todo justiciable sin distinción alguna. Si todo esto no fuera suficiente, basta mirar que el objeto de los derechos humanos es la persona humana (principio pro homine)
  1. Es tan grave la situación de irrespeto a los derechos humanos, que se pretende por proteger una posición personal por parte de los Magistrados de la Cámara, que también nos hemos visto obligado a documentar todos estos hechos y ponerlos en conocimiento del GTDA, el Relator Especial sobre la Independencia de los magistrados y abogados, el Consejo de Derechos Humanos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien dicho sea de paso, ya conoce este caso de primera mano.
  • Por tanto, exhortamos al Cuerpo Diplomático que informen a sus respectivos gobiernos, la intención de los Magistrados Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Guillermo Arévalo Domínguez de irrespetar el cumplimiento de los derechos humanos que son la esencia y fundamento de la democracia.

Lic. Aldo Álvarez Zepeda Lic. Douglas E. Melgar Argueta Lic. Carlos Mirandra Rubio

ABOGADOS Y DEFENSORES PARTICULARES DEL SR. ENRIQUE RAIS

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Las remesas familiares incrementan un 12.3 % en enero de 2026

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Luego de que en 2025, El Salvador registrara saldos históricos por ingreso de remesas con más de $9,224.9 millones, las mediciones de este indicador en enero de 2026 reflejan un ritmo sostenido, según datos publicados por el Banco Central de Reserva (BCR).

Al primer mes de este año, se registra la llegada de $759.4 millones a los hogares salvadoreños, lo que significa un crecimiento de 12.3 %, al compararlo con el mismo mes del año pasado cuando fueron registrados $676.3 millones, es decir $83.1 millones adicionales.

Los datos también indican que el 92 % de este dinero proviene de Estados Unidos con $698.6 millones, con los que consolidó un crecimiento interanual del 11.8 % en el monto de estos envíos.

Otros países que reflejaron importantes aportes fueron Canadá con $6.7 millones, y un crecimiento de 1.5 % con respecto a enero de 2025; España con $6.1 millones, y un alza de 34.8 %; e Italia con $5.6 millones con 25.2 % de aumento.

Este dinero se materializó a través de 2 millones de operaciones, un crecimiento del 3.8 %, respecto al plazo en cuestión. De estas, el 53.6 % se ejecutó a través de empresas remesadoras; el 41.7 % mediante instituciones bancarias; el 3.8 % en efectivo; el 0.7 % por medio de billeteras digitales de criptomonedas; y el 0.2 % vía recargas telefónicas.

Por otra parte, las estadísticas revelan que el departamento de San Salvador fue el mayor flujo de remesas recibió en enero de 2026 con $143.6 millones; seguido por San Miguel con $84.2 millones; La Libertad con $64.6 millones; Santa Ana con $60.3 millones; y Usulután con $56 millones; en contraste el que menos recibió fue Cuscatlán con $21.3 millones.

A su vez, en el análisis de los distritos más favorecidos con la recepción de dinero de remesas destacan las cabeceras departamentales, principalmente San Salvador, San Miguel y Santa Ana, que recibieron $73.5 millones; $44.6 millones; y $25.6 millones, respectivamente.

El reporte también refleja que la remesa mensual promedio que recibieron las familias en enero pasado fue de $372.6.

Con respecto a los flujos de uso de este dinero, el BCR indica que, de lo registrado el mes pasado, 98.7 % fue para consumo; y el 1.3 % para inversión.

En cuanto a los montos que más se repitieron en enero pasado, el informe de la institución estatal revela que el 71.9 % fue de cero a $499; mientras que el 10.5 % fue de $500 a $999; y el 8.9 % fue de $1,000 a $4,999.

Datos revelados por el Censo de Población y Vivienda 2024, indican que un 26.8 % de los hogares salvadoreños reciben remesas, lo que implica un incremento entre la población receptora con respecto del ejercicio de 2007, en el que solo 19.2 % recibía fondos por esta vía.

Este ingreso representa un factor de dinamización importante para la economía nacional.

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PNC captura a responsable de atropellar y matar a dos peatones en Ahuachapán

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Dos personas fallecieron la madrugada de este día luego de ser atropelladas en el kilómetro 83 de la carretera que de Ahuachapán conduce hacia Santa Ana, en el distrito de Atiquizaya, Ahuachapán Norte.

De acuerdo con la Policía Nacional Civil (PNC), el responsable fue identificado como Óscar Esaú Rivas Aguirre, quien conducía un microbús cuando perdió el control del vehículo debido a una velocidad inadecuada, se salió de la carretera y embistió a un hombre y a una mujer que se encontraban en una parada de buses. Las víctimas murieron al instante a causa del impacto.

Las autoridades verificaron que el conductor tenía la licencia de conducir vencida y acumulaba varias infracciones de tránsito pendientes. Además, el microbús que manejaba era utilizado para el traslado de pasajeros sin contar con los permisos correspondientes.

Rivas Aguirre será remitido por el delito de homicidio culposo, mientras las autoridades continúan con el proceso correspondiente para deducir responsabilidades.

La PNC reiteró el llamado a respetar las normas de tránsito y conducir con responsabilidad para evitar tragedias en las carreteras del país.

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La embajada de Japón en El Salvador celebró el 66 aniversario del natalicio del emperador Naruhito

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La embajada de Japón en El Salvador llevó a cabo ayer en la noche la Fiesta Nacional en conmemoración del 66 aniversario del natalicio de su majestad el emperador Naruhito.

Esta celebración es en honor al emperador Naruhito quien nació el 23 de febrero de 1960 y ascendió al trono en mayo de 2019, con lo cual dio inicio la era «Reiwa» en Japón, que se traduce como «bella armonía», explicó la embajada de la nación asiática.

Además, esta Fiesta Nacional es una tradición significativa en Japón y simboliza la unidad y la identidad nacional.

En ese sentido, la embajada de Japón en El Salvador organiza cada febrero, desde 2020, una elegante recepción que se convierte en una oportunidad para compartir y disfrutar de la cultura japonesa, la gastronomía y la música.

Este año, la Fiesta Nacional se llevó a cabo en un hotel capitalino y asistió el cuerpo diplomático acreditado en el país, así como el Nuncio Apostólico en El Salvador, monseñor Luigi Roberto Cona, y funcionarios de diferentes carteras del Estado, entre ellos, la vicecanciller Adriana Mira, y la ministra de vivienda, Michelle Sol.

Las palabras de bienvenida fueron pronunciadas por el embajador designado del Japón en El Salvador, Sano Taketoshi, quien en su discurso también destacó las sólidas relaciones diplomáticas entre el país asiático y El Salvador.

«El año pasado, El Salvador y Japón celebraron el 90 ° aniversario de establecimiento de relaciones diplomáticas, se pudieron llevar a cabo diversas actividades conmemorativas que fortalecieron nuestros lazos de amistad. Este año, es el primer paso para la década rumbo al centenario. Japón es el primer país asiático con el que El Salvador estableció relaciones diplomáticas», expresó el embajador designado del Japón en el país.

En la Fiesta Nacional, los invitados degustaron de comida japonesa y también pudieron conocer información de la cooperación económica que brinda Japón a El Salvador en un stand que fue colocado en el salón y en el cual los especialistas de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA, por sus siglas en el inglés) brindaron boletines, degustaciones y promocionales referentes de los proyectos que ejecutan en el país.

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