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Ex magistrado Carlos Ernesto Sanchez Escobar, destituido de su cargo en Sala de lo Constitucional usurpa funciones de Cancillería y evade cumplir con la justicia
AL HONORABILÍSIMO Y EXCELENTÍSIMO CUERPO DIPLOMÁTICO Y ORGANISMOS INTERNACIONALES DESTACADOS EN EL SALVADOR.
EL EQUIPO DE LITIGIO ESTRATÉGICO DEL SR. ENRIQUE RAIS, HACE DEL CONOCIMIENTO:
- Que en una decisión judicial bochornosa y sin precedentes en el país, la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, dictó la resolución de las 9:05 horas del 27 de julio de 2021, suscrita por los Magistrados propietarios, Dr. Guillermo Arévalo Domínguez y Lic. Carlos Ernesto Sánchez Escobar, dentro del incidente de apelación Inc. 92-2021, en la que ordena notificar sin ser parte en esa causa penal, al “Decano de los Representantes de las Misiones Diplomáticas acreditadas en el país -Su Eminencia Reverendísima el Señor Nuncio Apostólico Monseñor Santo Rocco Gangemi- y pide se haga llegar a todas las Embajadas acreditadas en el país.
- Conforme a los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial, las conductas evidenciadas por ambos Magistrados no cumplen con las garantías de independencia judicial e imparcialidad; primero, porque se arrogan funciones judiciales que a la fecha se encuentran bajo control de otras autoridades (Sala de lo Constitucional y Cámara Segunda de lo Penal, por ejemplo) y de Estado que no son de su competencia, sino que corresponden única y exclusivamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador; y segundo, porque existe un grave conflicto de interés en sus actuaciones recientes, en virtud que la Opinión No. 76/2020 (Enrique Rais-El Salvador) emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria -GTDA- de Naciones Unidas, ha instado a las autoridades competentes del país a realizar una investigación “exhaustiva” e “independiente” sobre las circunstancias de la privación arbitraria de la libertad del Sr. Rais. Lo anterior significa que los citados Magistrados de ser encontrados responsables de tales violaciones, enfrentan responsabilidades administrativas y de naturaleza penal.
- Debido a que el Ilustrado Cuerpo Diplomático inspirado por los principios universales, el derecho internacional consuetudinario, así como la Carta de las Naciones Unidas y otros instrumentos regionales e internacionales, propende hacia la promoción y el respeto universal de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin distinción alguna, nos vemos obligados, en el nuevo foro abierto por la mencionada Cámara de lo Penal, de forma atenta y respetuosos de la alta investidura diplomática, no solamente en nombre del Sr. Enrique Rais, sino en atención a que ninguna autoridad o Estado, intente sustraerse de su responsabilidad internacional a tutelar los derechos humanos, bajo invocación de un derecho interno contrario a aquellos estándares, a presentar los descargos a todas las mentiras y tergiversaciones que han brotado de aquel Tribunal, de la siguiente manera:
- El Sr. Enrique Rais se encuentra sometido a una persecución penal, iniciada por la Fiscalía General de la República (FGR) bajo titularidad del Exfiscal General Douglas Meléndez, con pruebas ilegales y pruebas espúreas que han provocado privaciones arbitrarias de libertad en su perjuicio, desde el 22 de agosto de 2016.
- La defensa técnica del Sr. Rais, desde agosto de 2016 ejerce todas las acciones legales y administrativas en El Salvador con la finalidad de obtener la reparación de las violaciones a sus derechos humanos; pero al no encontrar una respuesta de las autoridades competentes en un plazo razonable (más de tres años sin respuesta), decidimos acudir ante los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas, donde se presentó comunicación ante el GTDA por la privación arbitraria de libertad que sufre el Sr. Rais.
- El GTDA es el único órgano del sistema internacional de derechos humanos al que la antigua Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas han confiando el mandato específico de recibir y examinar casos de privación arbitraria de la libertad. A este título el GTDA ha interpretado y aplicado las normas jurídicas internacionales sobre privación de libertad promulgadas a nivel nacional, regional e internacional desde 1991.
- El GTDA a fecha 25 de noviembre de 2020, decidió que(…) La privación de libertad de José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -el Pacto-, inscribiéndose en las categorías I y III;y pidió al Gobierno de El Salvador que adopte las medidas necesarias para remediar la situación del Sr. Rais sin dilación alguna y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto.
- El país de Suiza, de incuestionable institucionalidad, decretó en fecha 21 de abril de 2021, absolución fundadada en la prueba recabada durante la investigación realizada y en la Opinión No 76/2020 del GTDA, sobre los hechos juzgados contra el Sr. Rais (mismos hechos por los que se lo acusa en El Salvador)
- La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos -PDDH-, a fecha 28 de junio de 2021, ha establecido que la violación de los derechos al debido proceso, por inobservancia de legalidad y seguridad jurídica; a la libertad personal por detención ilegal; así como incumplimiento a la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones -LEIT-, en perjuicio del Sr. Enrique Rais. El actual Procurador, fue categórico en manifestar que el excesivo plazo para resolver el caso se debió a que su predecesora “archivó” el expediente y allí lo mantuvo durante se mantuvo en el cargo; asimismo, su pronunciamiento se vio sustentando en las opiniones y deliberaciones del GTDA y de otros organismos regionales e internacionales de protección de los derechos humanos.
- El Magistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar como integrante de la Cámara Primera de lo Penal, desmerita la Opinión del GTDA, por no ser un órgano de control con sentido universal sobre el Pacto, porque no ha sido creado por ningún tratado o convención que obligue vinculantemente al Estado de El Salvador, porque no pronuncia resoluciones, sino que emite opiniones y en conclusión porque no cumple con el requisito del artículo 144 de la Constitución de la República, es decir la ratificación de un tratado por El Salvador para ser integrado con fuerza normativa en el derecho interno. ¿Cuál es el trasfondo de esta posición contraria al principio de buena fe y al fin esencial del derecho internacional de los derechos humanos? Queda claro que es evitar que su decisión de contenido arbitrario de fecha 12 de enero de 2017 le traiga consecuencias legales, es decir que se procura su impunidad, lo que la deslegitima totalmente, al contrario de otras autoridades nacionales y extranjeras que precisamente encuentran en el GTDA, los criterios de análisis e interpretación del Pacto.
- Tan a la luz queda el trasfondo de la acción de buscar impunidad por parte del señor Sánchez Escobar, que mientras fue Magistrado de la Sala de lo Constitucional concurrió con su voto reconociendo el cumplimiento de buen fe de los tratados internaciones incluido el pacto (Sentencia, Hábeas Corpus 477-2019); la aplicación de estándares internacionales de protección “Soft Law” (Sentencia, Hábeas Corpus 149-2019) y la exhortación a los Jueces y magistrados competentes en materia penal para acudir a las resoluciones y “recomendaciones” dadas por los distintos órganos internacionales de derechos humanos (Sentencia, Hábeas Corpus 555-2020). Es decir un retroceso jurídico con disfraz de “soberanismo” que pretende mantener el Sistema Judicial excluido del control de organismos que sin asimetrías y localismos puede verificar si se está brindado respuestas a conflictos legales que sean respetuosas de los derechos humanos de todo justiciable sin distinción alguna. Si todo esto no fuera suficiente, basta mirar que el objeto de los derechos humanos es la persona humana (principio pro homine)
- Es tan grave la situación de irrespeto a los derechos humanos, que se pretende por proteger una posición personal por parte de los Magistrados de la Cámara, que también nos hemos visto obligado a documentar todos estos hechos y ponerlos en conocimiento del GTDA, el Relator Especial sobre la Independencia de los magistrados y abogados, el Consejo de Derechos Humanos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien dicho sea de paso, ya conoce este caso de primera mano.
- Por tanto, exhortamos al Cuerpo Diplomático que informen a sus respectivos gobiernos, la intención de los Magistrados Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Guillermo Arévalo Domínguez de irrespetar el cumplimiento de los derechos humanos que son la esencia y fundamento de la democracia.
Lic. Aldo Álvarez Zepeda Lic. Douglas E. Melgar Argueta Lic. Carlos Mirandra Rubio
ABOGADOS Y DEFENSORES PARTICULARES DEL SR. ENRIQUE RAIS
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VMT pone multa de $150 a diputado Edgardo Mulato
El Viceministerio de Transporte (VMT) publicó un mensaje en sus redes sociales informando que emitió una multa de $150 para el diputado de Nuevas Ideas, Edgardo Mulato, por viajar inadecuadamente en la parte de atrás de un picop. La institución adjuntó una imagen de la esquela impuesta.
La sanción ocurre luego de que el diputado subiera un video a sus redes sociales en el que se le ve sentado en los laterales de la cama de un picop que va a alta velocidad; junto a las imágenes colocó el texto: “Saliendo de plenaria y rumbo a Tonacatepeque”.
La publicación del funcionario se volvió viral en redes sociales, generando diversas reacciones entre los usuarios, muchos de los cuales señalaron que el diputado estaba incumpliendo una norma de seguridad.
Tras las réplicas negativas, Mulato eliminó el video de sus redes. Una hora después de la publicación del VMT el diputado publicó en su página de X una foto de la multa pagada, con el texto:
“Nadie está por encima de la ley. No estoy exento a ello. Cometí una infracción de tránsito, asumo mi responsabilidad y pido disculpas. No volverá a pasar. Para que exista orden, debemos cumplir la ley” (sic), excribió.
El reglamento de tránsito establece que las personas pueden viajar en la parte trasera de un picop de uso familiar, siempre y cuando lo hagan sentados en la parte inferior, no en los laterales.
Además, la cantidad de personas trasladadas no debe sobrepasar la capacidad de carga del vehículo, tanto en dimensiones como en peso.
El incumplimiento de estas normas puede conllevar multas de entre $100 a $150. Y en los casos en los que se arriesgue la vida de personas, incluso puede implicar una sanción penal por el delito de conducción peligrosa.
El VMT no indicó si la multa solo se impuso a Mulato o también a la persona que conducía el vehículo.

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La ESIT presenta nuevos cursos en tecnología para este mes
La Escuela Superior de Innovación y Tecnología (ESIT) anunció nuevos cursos gratuitos enfocados en tecnología y ciberseguridad, dirigidos a personas interesadas en fortalecer sus conocimientos en herramientas digitales e inteligencia artificial.
La institución informó que desde ayer está disponible el curso «Protección de las Implementaciones de Inteligencia Artificial con Model Armor», mientras que desde el próximo 26 de mayo estará habilitado el curso «Google Threat Intelligence».
Las capacitaciones son desarrolladas en alianza con Google Cloud y buscan acercar a más personas a temas relacionados con seguridad tecnológica, inteligencia artificial y protección en entornos digitales.
De acuerdo con la ESIT, los cursos se impartirán bajo modalidad virtual y asincrónica, permitiendo que los participantes organicen su tiempo de estudio y accedan a las clases desde cualquier lugar con conexión a internet. Los interesados pueden inscribirse gratuitamente a través del sitio oficial de la institución.
Además de los nuevos programas, durante mayo también continúan disponibles los cursos «Estrategias para la gestión de riesgos de seguridad en la nube» e «Identificación de amenazas y riesgos de seguridad en la nube».
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Las pruebas en la planta potabilizadora de Ilopango comenzará entre julio y agosto
La construcción de la nueva Planta Potabilizadora de Ilopango avanza en su fase final con las 13 estructuras destinadas al tratamiento de agua y apoyo operativo completamente terminadas, informó ayer la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA) durante una visita de inspección junto a representantes de la República Popular China.
Las autoridades detallaron que el proyecto ya supera el 90 % de avance y que actualmente los trabajos se concentran en el equipamiento electromecánico, instalaciones eléctricas y pruebas técnicas previas a su funcionamiento.
El presidente de ANDA, Dagoberto Arévalo, explicó que el proyecto ha entrado en la etapa decisiva, enfocada en garantizar el correcto funcionamiento de cada componente de la planta.
«En el avance de la obra en general, porque algunos edificios aún los están pintando y todo, estamos arriba del 90 %», afirmó Arévalo.
La planta contará con infraestructura especializada para el tratamiento y distribución de agua potable hacia distintos sectores de San Salvador Este y municipios aledaños.
De acuerdo con la institución, las pruebas incluirán la revisión de sistemas eléctricos, equipos electromecánicos, bombas, motores, calidad del agua y funcionamiento de las líneas de conducción.
Las autoridades estiman que estas pruebas comenzarán entre finales de julio y principios de agosto, conforme concluyan las obras pendientes y la instalación total de equipos.
Además, la ANDA confirmó que los ocho pozos subterráneos que abastecerán la planta ya fueron perforados y que actualmente continúan los trabajos de equipamiento hidráulico y conexión eléctrica externa.
El embajador chino en El Salvador, Zhang Yanhui, destacó que el proyecto representa un símbolo de cooperación entre ambos países y aseguró que la obra se ejecuta bajo estrictos estándares técnicos y de calidad.
La nueva planta beneficiará a más de 250,000 habitantes de Ilopango, Soyapango, San Martín, Santo Tomás, San Marcos, Santiago Texacuangos y San Francisco Chinameca, fortaleciendo el sistema de abastecimiento de agua potable en la zona oriental del Área Metropolitana de San Salvador.




