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Ex magistrado Carlos Ernesto Sanchez Escobar, destituido de su cargo en Sala de lo Constitucional usurpa funciones de Cancillería y evade cumplir con la justicia

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AL HONORABILÍSIMO Y EXCELENTÍSIMO CUERPO DIPLOMÁTICO Y ORGANISMOS INTERNACIONALES DESTACADOS EN EL SALVADOR.

EL EQUIPO DE LITIGIO ESTRATÉGICO DEL SR. ENRIQUE RAIS, HACE DEL CONOCIMIENTO:

  1. Que en una decisión judicial bochornosa y sin precedentes en el país, la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, dictó la resolución de las 9:05 horas del 27 de julio de 2021, suscrita por los Magistrados propietarios, Dr. Guillermo Arévalo Domínguez y Lic. Carlos Ernesto Sánchez Escobar, dentro del incidente de apelación Inc. 92-2021, en la que ordena notificar sin ser parte en esa causa penal, al “Decano de los Representantes de las Misiones Diplomáticas acreditadas en el país -Su Eminencia Reverendísima el Señor Nuncio Apostólico Monseñor Santo Rocco Gangemi- y pide se haga llegar a todas las Embajadas acreditadas en el país.
  • Conforme a los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial, las conductas evidenciadas por ambos Magistrados no cumplen con las garantías de independencia judicial e imparcialidad; primero, porque se arrogan funciones judiciales que a la fecha se encuentran bajo control de otras autoridades (Sala de lo Constitucional y Cámara Segunda de lo Penal, por ejemplo) y de Estado que no son de su competencia, sino que corresponden única y exclusivamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador; y segundo, porque existe un grave conflicto de interés en sus actuaciones recientes, en virtud que la Opinión No. 76/2020  (Enrique Rais-El Salvador) emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria -GTDA- de Naciones Unidas, ha instado a las autoridades competentes del país a realizar una investigación “exhaustiva” e “independiente” sobre las circunstancias de la privación arbitraria de la libertad del Sr. Rais. Lo anterior significa que los citados Magistrados de ser encontrados responsables de tales violaciones, enfrentan responsabilidades administrativas y de naturaleza penal.
  • Debido a que el Ilustrado Cuerpo Diplomático inspirado por los principios universales, el derecho internacional consuetudinario, así como la Carta de las Naciones Unidas y otros instrumentos regionales e internacionales, propende hacia la promoción y el respeto universal de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin distinción alguna, nos vemos obligados, en el nuevo foro abierto por la mencionada Cámara de lo Penal, de forma atenta y respetuosos de la alta investidura diplomática, no solamente en nombre del Sr. Enrique Rais, sino en atención a que ninguna autoridad o Estado, intente sustraerse de su responsabilidad internacional a tutelar los derechos humanos, bajo invocación de un derecho interno contrario a aquellos estándares, a presentar los descargos a todas las mentiras y tergiversaciones que han brotado de aquel Tribunal, de la siguiente manera:
  1. El Sr. Enrique Rais se encuentra sometido a una persecución penal, iniciada por la Fiscalía General de la República (FGR) bajo titularidad del Exfiscal General Douglas Meléndez, con pruebas ilegales y pruebas espúreas que han provocado privaciones arbitrarias de libertad en su perjuicio, desde el 22 de agosto de 2016.
  • La defensa técnica del Sr. Rais, desde agosto de 2016 ejerce todas las acciones legales y administrativas en El Salvador con la finalidad de obtener la reparación de las violaciones a sus derechos humanos; pero al no encontrar una respuesta de las autoridades competentes en un plazo razonable (más de tres años sin respuesta), decidimos acudir ante los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas, donde se presentó comunicación ante el GTDA por la privación arbitraria de libertad que sufre el Sr. Rais.
  • El GTDA es el único órgano del sistema internacional de derechos humanos al que la antigua Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas han confiando el mandato específico de recibir y examinar casos de privación arbitraria de la libertad. A este título el GTDA ha interpretado y aplicado las normas jurídicas internacionales sobre privación de libertad promulgadas a nivel nacional, regional e internacional desde 1991.
  • El GTDA a  fecha 25 de noviembre de 2020, decidió que(…) La privación de libertad de José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -el Pacto-, inscribiéndose en las categorías I y III;y pidió al Gobierno de El Salvador que adopte las medidas necesarias para remediar la situación del Sr. Rais sin dilación alguna y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto.
  • El país de Suiza, de incuestionable institucionalidad, decretó en fecha 21 de abril de 2021, absolución fundadada en la prueba recabada durante la investigación realizada y en la Opinión No 76/2020 del GTDA, sobre los hechos juzgados contra el Sr. Rais (mismos hechos por los que se lo acusa en El Salvador)
  • La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos -PDDH-, a fecha 28 de junio de 2021, ha establecido que la violación de los derechos al debido proceso, por inobservancia de legalidad y seguridad jurídica; a la libertad personal por detención ilegal; así como incumplimiento a la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones -LEIT-, en perjuicio del Sr. Enrique Rais. El actual Procurador, fue categórico en manifestar que el excesivo plazo para resolver el caso se debió a que su predecesora “archivó” el expediente y allí lo mantuvo durante se mantuvo en el cargo; asimismo, su pronunciamiento se vio sustentando en las opiniones y deliberaciones del GTDA y de otros organismos regionales e internacionales de protección de los derechos humanos.
  • El Magistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar como integrante de la Cámara Primera de lo Penal, desmerita la Opinión del GTDA, por no ser un órgano de control con sentido universal sobre el Pacto, porque no ha sido creado por ningún tratado o convención que obligue vinculantemente al Estado de El Salvador, porque no pronuncia resoluciones, sino que emite opiniones y en conclusión porque no cumple con el requisito del artículo 144 de la Constitución de la República, es decir la ratificación de un tratado por El Salvador para ser integrado con fuerza normativa en el derecho interno. ¿Cuál es el trasfondo de esta posición contraria al principio de buena fe y al fin esencial del derecho internacional de los derechos humanos? Queda claro que es evitar que su decisión de contenido arbitrario de fecha 12 de enero de 2017 le traiga consecuencias legales, es decir que se procura su impunidad, lo que la deslegitima totalmente, al contrario de otras autoridades nacionales y extranjeras que precisamente encuentran en el GTDA, los criterios de análisis e interpretación del Pacto.
  • Tan a la luz queda el trasfondo de la acción de buscar impunidad por parte del señor Sánchez Escobar, que mientras fue Magistrado de la Sala de lo Constitucional concurrió con su voto reconociendo el cumplimiento de buen fe de los tratados internaciones incluido el pacto (Sentencia, Hábeas Corpus 477-2019); la aplicación de estándares internacionales de protección “Soft Law” (Sentencia, Hábeas Corpus 149-2019) y la exhortación a los Jueces y magistrados competentes en materia penal para acudir a las resoluciones y “recomendaciones” dadas por los distintos órganos internacionales de derechos humanos (Sentencia, Hábeas Corpus 555-2020). Es decir un retroceso jurídico con disfraz de “soberanismo” que pretende mantener el Sistema Judicial excluido del control de organismos que sin asimetrías y localismos puede verificar si se está brindado respuestas a conflictos legales que sean respetuosas de los derechos humanos de todo justiciable sin distinción alguna. Si todo esto no fuera suficiente, basta mirar que el objeto de los derechos humanos es la persona humana (principio pro homine)
  1. Es tan grave la situación de irrespeto a los derechos humanos, que se pretende por proteger una posición personal por parte de los Magistrados de la Cámara, que también nos hemos visto obligado a documentar todos estos hechos y ponerlos en conocimiento del GTDA, el Relator Especial sobre la Independencia de los magistrados y abogados, el Consejo de Derechos Humanos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien dicho sea de paso, ya conoce este caso de primera mano.
  • Por tanto, exhortamos al Cuerpo Diplomático que informen a sus respectivos gobiernos, la intención de los Magistrados Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Guillermo Arévalo Domínguez de irrespetar el cumplimiento de los derechos humanos que son la esencia y fundamento de la democracia.

Lic. Aldo Álvarez Zepeda Lic. Douglas E. Melgar Argueta Lic. Carlos Mirandra Rubio

ABOGADOS Y DEFENSORES PARTICULARES DEL SR. ENRIQUE RAIS

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Español y salvadoreña son condenados por desfalco de $3 millones

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El español Daniel Arnavat Carbajallido y la salvadoreñas Patricia Elizabeth Cruz Andrade, fueron condenados a tres años y seis meses de prisión por el delito de administración fraudulenta.

Los dos fueron condenados en calidad de ausentes ya que luego de desfalcar a la empresa Livisto S.A de C.V., huyeron para evadir la justicia.

En el fallo emitido por el Tribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla, departamento de La Libertad, se les declaró rebeldes y se les girará nueva orden de captura para que al ser localizados sean enviados a un centro penal a cumplir la condena.

Según la acusación que la Fiscalía General de la República presentó, la administración fraudulenta la cometieron entre el 2016 y 2018, cuando se aprovecharon de sus funciones gerenciales y de dirección en la empresa Livisto S.A de C.V., una sociedad ubicada en Zaragoza, La Libertad.

Las indagaciones realizadas por el ministerio público evidenciaron que los imputados incurrieron en anomalías contables para desfalcar a la empresa por un monto de $3 millones. La entidad afectada se dedica a fabricar y vender productos veterinarios.

Para ejecutar el desfalco constituyeron tres empresas las cuales las convirtieron en proveedores exclusivos de la sociedad afectada y le vendieron con sobreprecio, para así obtener un provecho personal, según la investigación que realizó el ministerio público y que fue judicializada en los tribunales del departamento de La Libertad.

En el caso de Claudia Rebeca Suárez Girón, el tribunal dictó un sobreseimiento, es decir que la pena se extingue por su fallecimiento, la mujer era la única que fue detenida por la Policía Nacional Civil (PNC), en septiembre de 2020.

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Apoyo de Fuerza Armada permite a Policía centrarse en desarticular bandas

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El trabajo de la Fuerza Armada ha sido clave para la reducción de hechos delictivos. Foto Ministerio de Defensa.

El ministro de Defensa, René Francis Merino Monroy, aseguró que el apoyo de la Fuerza Armada en acciones de seguridad pública permite que la Policía se dedique a la investigación y desarticulación de bandas organizadas que pretenden surgir para dedicarse al hurto y robo.

«Las operaciones que se realizan con la Policía Nacional Civil van mucho más allá de perseguir pandilleros, de evitar que se cometan homicidios. También abarcan el área del respeto a la propiedad privada y evitar que se vayan formando bandas delincuenciales que afecten la paz y tranquilidad del pueblo salvadoreño», indicó el funcionario.

Agregó «la Fuerza Armada tiene una de las misiones, que es nuestro despliegue en todo el territorio nacional, de tal manera que con ese despliegue nosotros logramos mantener el control del territorio junto con la Policía, obviamente, pero le permite también a la Policía Nacional Civil dedicarle tiempo, el tiempo que se requiere a la investigación de este tipo de delitos [robo y hurto] que de igual manera afectan a la población».

Merino Monroy señaló que los grandes resultados, obtenidos en este sentido, se deben a la integración de la Policía, Fuerza Armada y la Fiscalía, impulsada desde el Gobierno.

«Este tipo de operaciones es un reflejo de esa política de seguridad del señor presidente de la república, la cual ha logrado, entre otras cosas, integrar dos instituciones vitales para la paz y tranquilidad de los salvadoreños, como son la Policía Nacional Civil y la Fuerza Armada y, por supuesto, el área que le corresponde a la Fiscalía General de la República», expresó el ministro.

Merino Monroy afirmó que la institución castrense continuará apoyando la Policía para llevar paz y tranquilidad a la población. «Cuando nosotros decimos que El Salvador es el país más seguro, a todos nos viene a la mente un país tranquilo, un país donde no nos tengamos que preocupar por ningún problema y no solamente, como repito, es la reducción de los homicidios, sino aquella tranquilidad que cualquier salvadoreño pueda dejar sus pertenencias en cualquier lugar y nadie debería de hurtársela o robársela», dijo Merino.

 

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Obras en Puente sobre río El Jute llevan un 90 % de avance

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La Dirección de Obras Municipales (DOM) informó que llevan un 90 % de avance en la construcción del puente sobre el río El Jute, en el distrito de Zaragoza, municipio de La Libertad Este.

«Con la colocación de 67 metros cúbicos de concreto hidráulico en la losa de un puente sobre el río El Jute, en el distrito de Zaragoza, La Libertad Este, la DOM registra un 90% de avance de obra», señaló la institución.

El puente en construcción beneficiará a más de 2,000 habitantes de la zona, indicó la DOM.

Esta obra será de 26.80 metros lineales de longitud, 8.10 de ancho y 7 metros de altura; además contará con acera peatonal y se unirá a otros proyectos que ha hecho la DOM que consisten en el mejoramiento de más de 2.5 kilómetros de calles rurales.

También unirá la hacienda Corinto del distrito Zaragoza con la carretera al Puerto de La Libertad.

La DOM detalló que como parte del proceso de construcción se han colocado 30 centímetros de espesor de concreto y para ello han trabajado 35 miembros de las cuadrillas de la institución.

Además de la edificación del puente, las obras en la zona incluyen el mejoramiento vial de 120 metros con capa de suelo cemento de 20 centímetros, un espesor de concreto hidráulico de 15 centímetros y se ha dividido en 60 metros a cada costado.

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