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Ex magistrado Carlos Ernesto Sanchez Escobar, destituido de su cargo en Sala de lo Constitucional usurpa funciones de Cancillería y evade cumplir con la justicia

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AL HONORABILÍSIMO Y EXCELENTÍSIMO CUERPO DIPLOMÁTICO Y ORGANISMOS INTERNACIONALES DESTACADOS EN EL SALVADOR.

EL EQUIPO DE LITIGIO ESTRATÉGICO DEL SR. ENRIQUE RAIS, HACE DEL CONOCIMIENTO:

  1. Que en una decisión judicial bochornosa y sin precedentes en el país, la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, dictó la resolución de las 9:05 horas del 27 de julio de 2021, suscrita por los Magistrados propietarios, Dr. Guillermo Arévalo Domínguez y Lic. Carlos Ernesto Sánchez Escobar, dentro del incidente de apelación Inc. 92-2021, en la que ordena notificar sin ser parte en esa causa penal, al “Decano de los Representantes de las Misiones Diplomáticas acreditadas en el país -Su Eminencia Reverendísima el Señor Nuncio Apostólico Monseñor Santo Rocco Gangemi- y pide se haga llegar a todas las Embajadas acreditadas en el país.
  • Conforme a los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial, las conductas evidenciadas por ambos Magistrados no cumplen con las garantías de independencia judicial e imparcialidad; primero, porque se arrogan funciones judiciales que a la fecha se encuentran bajo control de otras autoridades (Sala de lo Constitucional y Cámara Segunda de lo Penal, por ejemplo) y de Estado que no son de su competencia, sino que corresponden única y exclusivamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador; y segundo, porque existe un grave conflicto de interés en sus actuaciones recientes, en virtud que la Opinión No. 76/2020  (Enrique Rais-El Salvador) emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria -GTDA- de Naciones Unidas, ha instado a las autoridades competentes del país a realizar una investigación “exhaustiva” e “independiente” sobre las circunstancias de la privación arbitraria de la libertad del Sr. Rais. Lo anterior significa que los citados Magistrados de ser encontrados responsables de tales violaciones, enfrentan responsabilidades administrativas y de naturaleza penal.
  • Debido a que el Ilustrado Cuerpo Diplomático inspirado por los principios universales, el derecho internacional consuetudinario, así como la Carta de las Naciones Unidas y otros instrumentos regionales e internacionales, propende hacia la promoción y el respeto universal de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin distinción alguna, nos vemos obligados, en el nuevo foro abierto por la mencionada Cámara de lo Penal, de forma atenta y respetuosos de la alta investidura diplomática, no solamente en nombre del Sr. Enrique Rais, sino en atención a que ninguna autoridad o Estado, intente sustraerse de su responsabilidad internacional a tutelar los derechos humanos, bajo invocación de un derecho interno contrario a aquellos estándares, a presentar los descargos a todas las mentiras y tergiversaciones que han brotado de aquel Tribunal, de la siguiente manera:
  1. El Sr. Enrique Rais se encuentra sometido a una persecución penal, iniciada por la Fiscalía General de la República (FGR) bajo titularidad del Exfiscal General Douglas Meléndez, con pruebas ilegales y pruebas espúreas que han provocado privaciones arbitrarias de libertad en su perjuicio, desde el 22 de agosto de 2016.
  • La defensa técnica del Sr. Rais, desde agosto de 2016 ejerce todas las acciones legales y administrativas en El Salvador con la finalidad de obtener la reparación de las violaciones a sus derechos humanos; pero al no encontrar una respuesta de las autoridades competentes en un plazo razonable (más de tres años sin respuesta), decidimos acudir ante los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas, donde se presentó comunicación ante el GTDA por la privación arbitraria de libertad que sufre el Sr. Rais.
  • El GTDA es el único órgano del sistema internacional de derechos humanos al que la antigua Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas han confiando el mandato específico de recibir y examinar casos de privación arbitraria de la libertad. A este título el GTDA ha interpretado y aplicado las normas jurídicas internacionales sobre privación de libertad promulgadas a nivel nacional, regional e internacional desde 1991.
  • El GTDA a  fecha 25 de noviembre de 2020, decidió que(…) La privación de libertad de José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -el Pacto-, inscribiéndose en las categorías I y III;y pidió al Gobierno de El Salvador que adopte las medidas necesarias para remediar la situación del Sr. Rais sin dilación alguna y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto.
  • El país de Suiza, de incuestionable institucionalidad, decretó en fecha 21 de abril de 2021, absolución fundadada en la prueba recabada durante la investigación realizada y en la Opinión No 76/2020 del GTDA, sobre los hechos juzgados contra el Sr. Rais (mismos hechos por los que se lo acusa en El Salvador)
  • La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos -PDDH-, a fecha 28 de junio de 2021, ha establecido que la violación de los derechos al debido proceso, por inobservancia de legalidad y seguridad jurídica; a la libertad personal por detención ilegal; así como incumplimiento a la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones -LEIT-, en perjuicio del Sr. Enrique Rais. El actual Procurador, fue categórico en manifestar que el excesivo plazo para resolver el caso se debió a que su predecesora “archivó” el expediente y allí lo mantuvo durante se mantuvo en el cargo; asimismo, su pronunciamiento se vio sustentando en las opiniones y deliberaciones del GTDA y de otros organismos regionales e internacionales de protección de los derechos humanos.
  • El Magistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar como integrante de la Cámara Primera de lo Penal, desmerita la Opinión del GTDA, por no ser un órgano de control con sentido universal sobre el Pacto, porque no ha sido creado por ningún tratado o convención que obligue vinculantemente al Estado de El Salvador, porque no pronuncia resoluciones, sino que emite opiniones y en conclusión porque no cumple con el requisito del artículo 144 de la Constitución de la República, es decir la ratificación de un tratado por El Salvador para ser integrado con fuerza normativa en el derecho interno. ¿Cuál es el trasfondo de esta posición contraria al principio de buena fe y al fin esencial del derecho internacional de los derechos humanos? Queda claro que es evitar que su decisión de contenido arbitrario de fecha 12 de enero de 2017 le traiga consecuencias legales, es decir que se procura su impunidad, lo que la deslegitima totalmente, al contrario de otras autoridades nacionales y extranjeras que precisamente encuentran en el GTDA, los criterios de análisis e interpretación del Pacto.
  • Tan a la luz queda el trasfondo de la acción de buscar impunidad por parte del señor Sánchez Escobar, que mientras fue Magistrado de la Sala de lo Constitucional concurrió con su voto reconociendo el cumplimiento de buen fe de los tratados internaciones incluido el pacto (Sentencia, Hábeas Corpus 477-2019); la aplicación de estándares internacionales de protección “Soft Law” (Sentencia, Hábeas Corpus 149-2019) y la exhortación a los Jueces y magistrados competentes en materia penal para acudir a las resoluciones y “recomendaciones” dadas por los distintos órganos internacionales de derechos humanos (Sentencia, Hábeas Corpus 555-2020). Es decir un retroceso jurídico con disfraz de “soberanismo” que pretende mantener el Sistema Judicial excluido del control de organismos que sin asimetrías y localismos puede verificar si se está brindado respuestas a conflictos legales que sean respetuosas de los derechos humanos de todo justiciable sin distinción alguna. Si todo esto no fuera suficiente, basta mirar que el objeto de los derechos humanos es la persona humana (principio pro homine)
  1. Es tan grave la situación de irrespeto a los derechos humanos, que se pretende por proteger una posición personal por parte de los Magistrados de la Cámara, que también nos hemos visto obligado a documentar todos estos hechos y ponerlos en conocimiento del GTDA, el Relator Especial sobre la Independencia de los magistrados y abogados, el Consejo de Derechos Humanos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien dicho sea de paso, ya conoce este caso de primera mano.
  • Por tanto, exhortamos al Cuerpo Diplomático que informen a sus respectivos gobiernos, la intención de los Magistrados Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Guillermo Arévalo Domínguez de irrespetar el cumplimiento de los derechos humanos que son la esencia y fundamento de la democracia.

Lic. Aldo Álvarez Zepeda Lic. Douglas E. Melgar Argueta Lic. Carlos Mirandra Rubio

ABOGADOS Y DEFENSORES PARTICULARES DEL SR. ENRIQUE RAIS

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Hijo de Catalino Miranda es condenado a siete años de prisión

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El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a siete años de prisión a Adalberto Antonio Miranda Zepeda, hijo del fallecido Catalino Miranda, tras encontrarlo responsable del delito de estafa agravada en perjuicio de una víctima.

De acuerdo con los hechos acreditados en juicio, el 16 de mayo de 2019, Miranda Zepeda solicitó al Centro Nacional de Registros (CNR) el retiro de un documento de cancelación de mutuo hipotecario que no había sido inscrito, con el propósito de subsanar prevenciones señaladas por dicha institución; posteriormente, el documento fue presentado nuevamente por otra persona.

Sin embargo, la víctima no firmó dicha cancelación y la Sección del Notariado de la Corte Suprema de Justicia informó que el documento era inexistente; además, se estableció que el notario no se encontraba en el país en la fecha en que supuestamente fue suscrito.

Asimismo, el dolo se evidenció cuando el procesado, en su calidad de administrador único de ACOSTES de R. L., suscribió con la víctima una novación del contrato de mutuo con garantía prendaria sobre 78 unidades de buses. No obstante, posterior a la firma de la novación, esas mismas unidades fueron dadas como garantía ante otras instituciones financieras.

Los hechos se originaron en 2019, cuando la víctima otorgó un contrato de mutuo con garantía hipotecaria y prendaria por $1,800,000 a favor de su padre Catalino Ezequiel Miranda Arteaga (ya fallecido) y de su tío José Braulio Miranda Arteaga, quienes en ese entonces eran los representantes de ACOSTES de R. L. y ACOSTES de El Salvador S. A. de C. V. Con el tiempo, los obligados dejaron de cumplir con los pagos.

Además, el tribunal condenó en abstracto la responsabilidad civil, a fin de que la víctima pueda ejercer su derecho en la vía correspondiente. Esto debido a que no se demostró el monto exacto del perjuicio, ya que la víctima concilió con uno de los imputados, José Braulio Miranda Arteaga.

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«La Romina» recobrará su libertad luego de confesar los delitos contra bienes policiales

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Hamlet Rafael de Paz Escobar, conocido como “La Romina” recobrará su libertad luego de confesar los delitos de daños a una patrulla policial y hurto de una gorra de un agente, en enero de 2025. Hasta hoy, Romina está detenida en el penal de Jucuapa.

La audiencia se desarrolló de forma virtual, debido a que el imputado permanece en prisión mientras avanza el proceso judicial en su contra, en cumplimiento de las disposiciones establecidas por las autoridades.

De acuerdo con información judicial, el caso continúa en etapa de análisis, por lo que serán las instancias correspondientes las que determinen las responsabilidades del acusado conforme avance el procedimiento.

El aval a este tipo de proceso podría permitir una resolución más ágil del caso, siempre que se cumplan las condiciones legales requeridas, incluyendo la aceptación de los hechos por parte del imputado.

Hasta el momento, las autoridades no han brindado mayores detalles sobre el avance específico del caso, aunque reiteraron que el proceso sigue activo.

Según el expediente fiscal, una patrulla de la PNC auxiliaba a una persona y habían dejado el vehículo estacionado; como a 15 metros aproximadamente estaba Romina, quien aprovechó que los agentes se alejaron para hurtar la gorra.

La Policía Nacional Civil (PNC) reportó la captura de Romina el 23 de enero de 2025, cuando fue interceptada sobre el bulevar El Hipódromo, en el distrito de San Salvador.

Previo a su captura, la tiktoker subió un video en sus redes sociales donde aparentemente se encontraba a bordo de una patrulla policial, mostró una gorra de la PNC y activó la bocina del vehículo.

En agosto de 2024, la tiktoker fue acusada de robo y amenazas en contra de un conductor de aplicaciones.

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Proyecto de agua potable en Sacacoyo lleva 97 % de avance

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La Dirección de Obras Municipales (DOM) informó que la segunda fase del proyecto de agua potable que se ejecuta en el distrito de Sacacoyo, en el municipio de La Libertad Oeste, lleva un 97 % de avance.

Para finalizar la obra en su totalidad, la DOM ejecuta los últimos detalles que consisten en la implementación de válvulas, cajas para filtrado de lodo y aire, pintura y acabados de la infraestructura.

De acuerdo con la institución, la segunda fase del proyecto comprende la construcción de una cisterna en la zona del pozo, instalación de una bomba sumergible, dos bombas más para rebombeo a una segunda cisterna y una subestación de suministro eléctrico.

Asimismo, incluye la instalación de tres bombas más de rebombeo en la cisterna intermedia para empujar el agua a través de la red de impelencia de más de 3.5 kilómetros, hasta el tanque principal de más 400 metros cúbicos -4 veces más en capacidad al sistema anterior- con su respectiva subestación eléctrica.

 

La DOM detalló que este proyecto está acompañado de una obra civil que consta de casetas para el control eléctrico y rebombeo, así como para vigilancia, sumado al muro perimetral con block y alambre navaja en la parte superior.

 

Este nuevo sistema de agua potable abastecerá a más de 1,800 habitantes del sector.

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