Nacionales
Ex magistrado Carlos Ernesto Sanchez Escobar, destituido de su cargo en Sala de lo Constitucional usurpa funciones de Cancillería y evade cumplir con la justicia
AL HONORABILÍSIMO Y EXCELENTÍSIMO CUERPO DIPLOMÁTICO Y ORGANISMOS INTERNACIONALES DESTACADOS EN EL SALVADOR.
EL EQUIPO DE LITIGIO ESTRATÉGICO DEL SR. ENRIQUE RAIS, HACE DEL CONOCIMIENTO:
- Que en una decisión judicial bochornosa y sin precedentes en el país, la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, dictó la resolución de las 9:05 horas del 27 de julio de 2021, suscrita por los Magistrados propietarios, Dr. Guillermo Arévalo Domínguez y Lic. Carlos Ernesto Sánchez Escobar, dentro del incidente de apelación Inc. 92-2021, en la que ordena notificar sin ser parte en esa causa penal, al “Decano de los Representantes de las Misiones Diplomáticas acreditadas en el país -Su Eminencia Reverendísima el Señor Nuncio Apostólico Monseñor Santo Rocco Gangemi- y pide se haga llegar a todas las Embajadas acreditadas en el país.
- Conforme a los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial, las conductas evidenciadas por ambos Magistrados no cumplen con las garantías de independencia judicial e imparcialidad; primero, porque se arrogan funciones judiciales que a la fecha se encuentran bajo control de otras autoridades (Sala de lo Constitucional y Cámara Segunda de lo Penal, por ejemplo) y de Estado que no son de su competencia, sino que corresponden única y exclusivamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador; y segundo, porque existe un grave conflicto de interés en sus actuaciones recientes, en virtud que la Opinión No. 76/2020 (Enrique Rais-El Salvador) emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria -GTDA- de Naciones Unidas, ha instado a las autoridades competentes del país a realizar una investigación “exhaustiva” e “independiente” sobre las circunstancias de la privación arbitraria de la libertad del Sr. Rais. Lo anterior significa que los citados Magistrados de ser encontrados responsables de tales violaciones, enfrentan responsabilidades administrativas y de naturaleza penal.
- Debido a que el Ilustrado Cuerpo Diplomático inspirado por los principios universales, el derecho internacional consuetudinario, así como la Carta de las Naciones Unidas y otros instrumentos regionales e internacionales, propende hacia la promoción y el respeto universal de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin distinción alguna, nos vemos obligados, en el nuevo foro abierto por la mencionada Cámara de lo Penal, de forma atenta y respetuosos de la alta investidura diplomática, no solamente en nombre del Sr. Enrique Rais, sino en atención a que ninguna autoridad o Estado, intente sustraerse de su responsabilidad internacional a tutelar los derechos humanos, bajo invocación de un derecho interno contrario a aquellos estándares, a presentar los descargos a todas las mentiras y tergiversaciones que han brotado de aquel Tribunal, de la siguiente manera:
- El Sr. Enrique Rais se encuentra sometido a una persecución penal, iniciada por la Fiscalía General de la República (FGR) bajo titularidad del Exfiscal General Douglas Meléndez, con pruebas ilegales y pruebas espúreas que han provocado privaciones arbitrarias de libertad en su perjuicio, desde el 22 de agosto de 2016.
- La defensa técnica del Sr. Rais, desde agosto de 2016 ejerce todas las acciones legales y administrativas en El Salvador con la finalidad de obtener la reparación de las violaciones a sus derechos humanos; pero al no encontrar una respuesta de las autoridades competentes en un plazo razonable (más de tres años sin respuesta), decidimos acudir ante los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas, donde se presentó comunicación ante el GTDA por la privación arbitraria de libertad que sufre el Sr. Rais.
- El GTDA es el único órgano del sistema internacional de derechos humanos al que la antigua Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas han confiando el mandato específico de recibir y examinar casos de privación arbitraria de la libertad. A este título el GTDA ha interpretado y aplicado las normas jurídicas internacionales sobre privación de libertad promulgadas a nivel nacional, regional e internacional desde 1991.
- El GTDA a fecha 25 de noviembre de 2020, decidió que(…) La privación de libertad de José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -el Pacto-, inscribiéndose en las categorías I y III;y pidió al Gobierno de El Salvador que adopte las medidas necesarias para remediar la situación del Sr. Rais sin dilación alguna y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto.
- El país de Suiza, de incuestionable institucionalidad, decretó en fecha 21 de abril de 2021, absolución fundadada en la prueba recabada durante la investigación realizada y en la Opinión No 76/2020 del GTDA, sobre los hechos juzgados contra el Sr. Rais (mismos hechos por los que se lo acusa en El Salvador)
- La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos -PDDH-, a fecha 28 de junio de 2021, ha establecido que la violación de los derechos al debido proceso, por inobservancia de legalidad y seguridad jurídica; a la libertad personal por detención ilegal; así como incumplimiento a la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones -LEIT-, en perjuicio del Sr. Enrique Rais. El actual Procurador, fue categórico en manifestar que el excesivo plazo para resolver el caso se debió a que su predecesora “archivó” el expediente y allí lo mantuvo durante se mantuvo en el cargo; asimismo, su pronunciamiento se vio sustentando en las opiniones y deliberaciones del GTDA y de otros organismos regionales e internacionales de protección de los derechos humanos.
- El Magistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar como integrante de la Cámara Primera de lo Penal, desmerita la Opinión del GTDA, por no ser un órgano de control con sentido universal sobre el Pacto, porque no ha sido creado por ningún tratado o convención que obligue vinculantemente al Estado de El Salvador, porque no pronuncia resoluciones, sino que emite opiniones y en conclusión porque no cumple con el requisito del artículo 144 de la Constitución de la República, es decir la ratificación de un tratado por El Salvador para ser integrado con fuerza normativa en el derecho interno. ¿Cuál es el trasfondo de esta posición contraria al principio de buena fe y al fin esencial del derecho internacional de los derechos humanos? Queda claro que es evitar que su decisión de contenido arbitrario de fecha 12 de enero de 2017 le traiga consecuencias legales, es decir que se procura su impunidad, lo que la deslegitima totalmente, al contrario de otras autoridades nacionales y extranjeras que precisamente encuentran en el GTDA, los criterios de análisis e interpretación del Pacto.
- Tan a la luz queda el trasfondo de la acción de buscar impunidad por parte del señor Sánchez Escobar, que mientras fue Magistrado de la Sala de lo Constitucional concurrió con su voto reconociendo el cumplimiento de buen fe de los tratados internaciones incluido el pacto (Sentencia, Hábeas Corpus 477-2019); la aplicación de estándares internacionales de protección “Soft Law” (Sentencia, Hábeas Corpus 149-2019) y la exhortación a los Jueces y magistrados competentes en materia penal para acudir a las resoluciones y “recomendaciones” dadas por los distintos órganos internacionales de derechos humanos (Sentencia, Hábeas Corpus 555-2020). Es decir un retroceso jurídico con disfraz de “soberanismo” que pretende mantener el Sistema Judicial excluido del control de organismos que sin asimetrías y localismos puede verificar si se está brindado respuestas a conflictos legales que sean respetuosas de los derechos humanos de todo justiciable sin distinción alguna. Si todo esto no fuera suficiente, basta mirar que el objeto de los derechos humanos es la persona humana (principio pro homine)
- Es tan grave la situación de irrespeto a los derechos humanos, que se pretende por proteger una posición personal por parte de los Magistrados de la Cámara, que también nos hemos visto obligado a documentar todos estos hechos y ponerlos en conocimiento del GTDA, el Relator Especial sobre la Independencia de los magistrados y abogados, el Consejo de Derechos Humanos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien dicho sea de paso, ya conoce este caso de primera mano.
- Por tanto, exhortamos al Cuerpo Diplomático que informen a sus respectivos gobiernos, la intención de los Magistrados Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Guillermo Arévalo Domínguez de irrespetar el cumplimiento de los derechos humanos que son la esencia y fundamento de la democracia.
Lic. Aldo Álvarez Zepeda Lic. Douglas E. Melgar Argueta Lic. Carlos Mirandra Rubio
ABOGADOS Y DEFENSORES PARTICULARES DEL SR. ENRIQUE RAIS
Judicial
Mujer acusada de quebrar a pedradas los vidrios de vehículos seguirá en prisión
El Juzgado Primero de Paz de San Salvador decretó instrucción formal con detención provisional contra Silvia Cecilia Orellana, de 41 años, quien es acusada por dos personas de lanzar piedras a los parabrisas de sus vehículos mientras circulaban por distintos puntos de San Salvador. La imputada es procesada por el delito de daños en perjuicio patrimonial.
De acuerdo con la investigación fiscal, Orellana fue detenida el pasado 21 de junio de 2026 en San Salvador, luego de ser denunciada por presentar un comportamiento agresivo.
Según el expediente judicial, el primer hecho ocurrió cerca del puente de la colonia El Bosque, donde la mujer lanzó una piedra que impactó el vehículo de una de las víctimas, provocando rayones en el capó y daños en el parabrisas delantero, el cual quedó astillado.
El segundo caso se registró cuando otra víctima transitaba por la avenida Cuscatancingo, en la intersección con la calle Buenos Aires. En ese lugar, Orellana también lanzó piedras contra el automóvil, ocasionando que el parabrisas delantero quedara totalmente destruido.
Durante la audiencia inicial, el tribunal determinó que los indicios presentados acreditan la existencia del delito y la probable participación de la imputada, por lo que el proceso continuará en la fase de instrucción con la acusada en detención provisional.
Judicial
Prisión para marero que extorsionaba a un comerciante en San Salvador
El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador condenó a 16 años de prisión a Kevin Alexander Ochoa Cornejo, miembro de la MS13, por el delito de extorsión agravada en perjuicio de un comerciante de San Salvador.
De acuerdo con las investigaciones, Ochoa Cornejo, junto a otros pandilleros, extorsionaba a empresarios y comerciantes de la calle Concepción, en el centro de San Salvador.
Según el expediente fiscal, a una de las víctimas le exigieron el pago mensual de $100 en concepto de extorsión, bajo la amenaza de atentar contra su vida, la de sus empleados o la de su familia si no cumplía con la exigencia.
El comerciante manifestó que no disponía del dinero al momento en que se lo solicitaron. Ante ello, los pandilleros accedieron a otorgarle más días de plazo, pero incrementaron la cantidad exigida a $200.
Las investigaciones determinaron que el 20 de junio de 2022 Ochoa Cornejo acudió al lugar acordado para cobrar los $200 producto de la extorsión.
La víctima decidió interponer la denuncia, lo que permitió la captura del imputado y su posterior sometimiento a un proceso judicial que concluyó con una condena de 16 años de prisión.
Nacionales
Equipo salvadoreño rescata de los escombros a una víctima de los terremotos en Venezuela
El equipo de Búsqueda y Rescate Urbano (USAR) de El Salvador participó este viernes en el rescate de una persona en el edificio Bahía Mar, ubicado en el estado de La Guaira, Venezuela, una de las zonas más afectadas por los dos terremotos registrados el pasado miércoles.
Desde tempranas horas, los rescatistas salvadoreños se desplazaron hacia la urbanización Caribe y el edificio Bahía Mar para apoyar las labores de búsqueda y rescate en una de las áreas más impactadas por los sismos de magnitud 7.2 y 7.5, ocurridos el pasado 24 de junio en Venezuela.
La misión humanitaria cuenta además con el apoyo de la unidad canina, entre cuyos integrantes se encuentra el perro Rambo, con amplia experiencia en la localización y rescate de víctimas en escenarios de terremotos.
El líder de la misión humanitaria El Salvador-Venezuela, Roberto Giovanni Cortez, destacó la preparación del personal desplegado. «Todo el personal tiene la capacidad y la experiencia para la búsqueda y rescate urbano, en contextos de estructuras colapsadas como el que estamos viviendo en el panorama aquí en Venezuela», expresó.
En un acto de solidaridad, el presidente Nayib Bukele informó sobre el envío de 300 rescatistas y 150 toneladas de equipos, medicamentos y alimentos para apoyar al pueblo venezolano. La ayuda humanitaria ha sido trasladada a ese país mediante seis aviones.
Hasta las últimas horas, las autoridades de Venezuela reportan un saldo de 586 víctimas mortales a causa de los terremotos, más de 2,900 personas heridas y miles de desaparecidos.




