Nacionales
Ex magistrado Carlos Ernesto Sanchez Escobar, destituido de su cargo en Sala de lo Constitucional usurpa funciones de Cancillería y evade cumplir con la justicia
AL HONORABILÍSIMO Y EXCELENTÍSIMO CUERPO DIPLOMÁTICO Y ORGANISMOS INTERNACIONALES DESTACADOS EN EL SALVADOR.
EL EQUIPO DE LITIGIO ESTRATÉGICO DEL SR. ENRIQUE RAIS, HACE DEL CONOCIMIENTO:
- Que en una decisión judicial bochornosa y sin precedentes en el país, la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, dictó la resolución de las 9:05 horas del 27 de julio de 2021, suscrita por los Magistrados propietarios, Dr. Guillermo Arévalo Domínguez y Lic. Carlos Ernesto Sánchez Escobar, dentro del incidente de apelación Inc. 92-2021, en la que ordena notificar sin ser parte en esa causa penal, al “Decano de los Representantes de las Misiones Diplomáticas acreditadas en el país -Su Eminencia Reverendísima el Señor Nuncio Apostólico Monseñor Santo Rocco Gangemi- y pide se haga llegar a todas las Embajadas acreditadas en el país.
- Conforme a los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial, las conductas evidenciadas por ambos Magistrados no cumplen con las garantías de independencia judicial e imparcialidad; primero, porque se arrogan funciones judiciales que a la fecha se encuentran bajo control de otras autoridades (Sala de lo Constitucional y Cámara Segunda de lo Penal, por ejemplo) y de Estado que no son de su competencia, sino que corresponden única y exclusivamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador; y segundo, porque existe un grave conflicto de interés en sus actuaciones recientes, en virtud que la Opinión No. 76/2020 (Enrique Rais-El Salvador) emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria -GTDA- de Naciones Unidas, ha instado a las autoridades competentes del país a realizar una investigación “exhaustiva” e “independiente” sobre las circunstancias de la privación arbitraria de la libertad del Sr. Rais. Lo anterior significa que los citados Magistrados de ser encontrados responsables de tales violaciones, enfrentan responsabilidades administrativas y de naturaleza penal.
- Debido a que el Ilustrado Cuerpo Diplomático inspirado por los principios universales, el derecho internacional consuetudinario, así como la Carta de las Naciones Unidas y otros instrumentos regionales e internacionales, propende hacia la promoción y el respeto universal de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin distinción alguna, nos vemos obligados, en el nuevo foro abierto por la mencionada Cámara de lo Penal, de forma atenta y respetuosos de la alta investidura diplomática, no solamente en nombre del Sr. Enrique Rais, sino en atención a que ninguna autoridad o Estado, intente sustraerse de su responsabilidad internacional a tutelar los derechos humanos, bajo invocación de un derecho interno contrario a aquellos estándares, a presentar los descargos a todas las mentiras y tergiversaciones que han brotado de aquel Tribunal, de la siguiente manera:
- El Sr. Enrique Rais se encuentra sometido a una persecución penal, iniciada por la Fiscalía General de la República (FGR) bajo titularidad del Exfiscal General Douglas Meléndez, con pruebas ilegales y pruebas espúreas que han provocado privaciones arbitrarias de libertad en su perjuicio, desde el 22 de agosto de 2016.
- La defensa técnica del Sr. Rais, desde agosto de 2016 ejerce todas las acciones legales y administrativas en El Salvador con la finalidad de obtener la reparación de las violaciones a sus derechos humanos; pero al no encontrar una respuesta de las autoridades competentes en un plazo razonable (más de tres años sin respuesta), decidimos acudir ante los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas, donde se presentó comunicación ante el GTDA por la privación arbitraria de libertad que sufre el Sr. Rais.
- El GTDA es el único órgano del sistema internacional de derechos humanos al que la antigua Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas han confiando el mandato específico de recibir y examinar casos de privación arbitraria de la libertad. A este título el GTDA ha interpretado y aplicado las normas jurídicas internacionales sobre privación de libertad promulgadas a nivel nacional, regional e internacional desde 1991.
- El GTDA a fecha 25 de noviembre de 2020, decidió que(…) La privación de libertad de José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -el Pacto-, inscribiéndose en las categorías I y III;y pidió al Gobierno de El Salvador que adopte las medidas necesarias para remediar la situación del Sr. Rais sin dilación alguna y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto.
- El país de Suiza, de incuestionable institucionalidad, decretó en fecha 21 de abril de 2021, absolución fundadada en la prueba recabada durante la investigación realizada y en la Opinión No 76/2020 del GTDA, sobre los hechos juzgados contra el Sr. Rais (mismos hechos por los que se lo acusa en El Salvador)
- La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos -PDDH-, a fecha 28 de junio de 2021, ha establecido que la violación de los derechos al debido proceso, por inobservancia de legalidad y seguridad jurídica; a la libertad personal por detención ilegal; así como incumplimiento a la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones -LEIT-, en perjuicio del Sr. Enrique Rais. El actual Procurador, fue categórico en manifestar que el excesivo plazo para resolver el caso se debió a que su predecesora “archivó” el expediente y allí lo mantuvo durante se mantuvo en el cargo; asimismo, su pronunciamiento se vio sustentando en las opiniones y deliberaciones del GTDA y de otros organismos regionales e internacionales de protección de los derechos humanos.
- El Magistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar como integrante de la Cámara Primera de lo Penal, desmerita la Opinión del GTDA, por no ser un órgano de control con sentido universal sobre el Pacto, porque no ha sido creado por ningún tratado o convención que obligue vinculantemente al Estado de El Salvador, porque no pronuncia resoluciones, sino que emite opiniones y en conclusión porque no cumple con el requisito del artículo 144 de la Constitución de la República, es decir la ratificación de un tratado por El Salvador para ser integrado con fuerza normativa en el derecho interno. ¿Cuál es el trasfondo de esta posición contraria al principio de buena fe y al fin esencial del derecho internacional de los derechos humanos? Queda claro que es evitar que su decisión de contenido arbitrario de fecha 12 de enero de 2017 le traiga consecuencias legales, es decir que se procura su impunidad, lo que la deslegitima totalmente, al contrario de otras autoridades nacionales y extranjeras que precisamente encuentran en el GTDA, los criterios de análisis e interpretación del Pacto.
- Tan a la luz queda el trasfondo de la acción de buscar impunidad por parte del señor Sánchez Escobar, que mientras fue Magistrado de la Sala de lo Constitucional concurrió con su voto reconociendo el cumplimiento de buen fe de los tratados internaciones incluido el pacto (Sentencia, Hábeas Corpus 477-2019); la aplicación de estándares internacionales de protección “Soft Law” (Sentencia, Hábeas Corpus 149-2019) y la exhortación a los Jueces y magistrados competentes en materia penal para acudir a las resoluciones y “recomendaciones” dadas por los distintos órganos internacionales de derechos humanos (Sentencia, Hábeas Corpus 555-2020). Es decir un retroceso jurídico con disfraz de “soberanismo” que pretende mantener el Sistema Judicial excluido del control de organismos que sin asimetrías y localismos puede verificar si se está brindado respuestas a conflictos legales que sean respetuosas de los derechos humanos de todo justiciable sin distinción alguna. Si todo esto no fuera suficiente, basta mirar que el objeto de los derechos humanos es la persona humana (principio pro homine)
- Es tan grave la situación de irrespeto a los derechos humanos, que se pretende por proteger una posición personal por parte de los Magistrados de la Cámara, que también nos hemos visto obligado a documentar todos estos hechos y ponerlos en conocimiento del GTDA, el Relator Especial sobre la Independencia de los magistrados y abogados, el Consejo de Derechos Humanos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien dicho sea de paso, ya conoce este caso de primera mano.
- Por tanto, exhortamos al Cuerpo Diplomático que informen a sus respectivos gobiernos, la intención de los Magistrados Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Guillermo Arévalo Domínguez de irrespetar el cumplimiento de los derechos humanos que son la esencia y fundamento de la democracia.
Lic. Aldo Álvarez Zepeda Lic. Douglas E. Melgar Argueta Lic. Carlos Mirandra Rubio
ABOGADOS Y DEFENSORES PARTICULARES DEL SR. ENRIQUE RAIS
Judicial
Condenan a 43 integrantes de la MS-13 a penas de hasta 85 años de prisión
El Tribunal Segundo contra el Crimen Organizado de San Salvador condenó a 43 integrantes de la clica Dalmacia Criminal Locos Salvatruchos a penas de hasta 85 años de prisión por diversos delitos.
De acuerdo con la información del proceso, todos los condenados fueron capturados el 27 de marzo de 2022, cuando inició el régimen de excepción, luego de años de delinquir en Ciudad Dolores y Sensuntepeque, en el departamento de Cabañas.
El principal cabecilla de la estructura, identificado como Edwin Ricardo Guzmán Segovia, alias «Scrappy», quien ostentaba el rango de corredor, fue sentenciado a un total de 85 años de prisión. La condena comprende 15 años por tenencia ilegal de arma de fuego, 10 años por posesión y tenencia de droga y 60 años por el delito de agrupaciones ilícitas.
Asimismo, el juez impuso condenas de 75 años de prisión a los corredores de clica Carlos Pineda y José Amaya, quienes recibieron 60 años por agrupaciones ilícitas y 15 años por tenencia ilegal de armas.
El tribunal también condenó a otros nueve homeboys, quienes desempeñaban funciones de cabecillas de la célula territorial, a 35 años de prisión. Además, dos chequeos recibieron penas de 40 años, mientras que nueve paros y 20 colaboradores fueron sentenciados a 25 años de cárcel.
Según el proceso judicial, este grupo forma parte de una estructura criminal más amplia que ha comenzado a ser procesada por delitos de crimen organizado mediante una audiencia única abierta, la cual permanecerá activa durante los próximos dos años.
La Ley contra el Crimen Organizado faculta a la Fiscalía General de la República para solicitar al juez de los expedientes únicos el procesamiento de integrantes de estructuras criminales cuando existan suficientes pruebas para instalar la audiencia única.
En el caso de estos 43 imputados, la Fiscalía delimitó las pruebas presentadas para su enjuiciamiento, permitiendo al tribunal aplicar las herramientas legales contempladas en el régimen de excepción, entre ellas la posibilidad de condenar por el delito de agrupaciones ilícitas derivado de su pertenencia a una estructura pandilleril.
Judicial
12 años de prisión a pandillero que extorsionó a un comerciante de Mejicanos
El Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador condenó a 12 años de prisión a Mario Rigoberto Pineda Arias por el delito de extorsión agravada en perjuicio de un comerciante del distrito de Mejicanos.
De acuerdo con la resolución judicial, Pineda Arias, identificado como integrante de la pandilla 18, permanece prófugo. Tras declararlo responsable del delito, el tribunal giró una orden de captura en su contra. Las autoridades informaron que otro de los implicados en el caso ya fue condenado y cumple una pena de prisión.
Durante la vista pública, la Fiscalía General de la República expuso que el 22 de abril de 2019 un grupo de extorsionistas llegó al negocio de la víctima, quien declaró bajo régimen de protección. Los sujetos se identificaron con sus alias y le manifestaron que pertenecían a la pandilla 18, indicándole que a partir de ese momento debía pagar una cuota periódica.
Según la acusación fiscal, los pandilleros afirmaron que controlaban varias colonias de Mejicanos y exigieron al comerciante el pago de 400 dólares. Además, le advirtieron que, si no entregaba el dinero, lo asesinarían junto con sus empleados.
La víctima explicó que no tenía la capacidad económica para pagar esa cantidad, por lo que los extorsionistas redujeron la exigencia a 200 dólares y le informaron que regresarían al día siguiente para retirar el primer pago.
Posteriormente, el comerciante denunció los hechos ante las autoridades, lo que permitió iniciar las investigaciones que llevaron a la captura de Mario Rigoberto Pineda Arias. Sin embargo, el imputado recibió inicialmente medidas alternas a la detención y posteriormente se dio a la fuga.
Durante el juicio, la Fiscalía General de la República demostró que Pineda Arias fue quien recibió los 200 dólares entregados por la víctima, siendo ese el único pago realizado. Asimismo, se estableció que el comerciante cerró su negocio por temor, luego de que sus empleados dejaran de asistir a trabajar tras ser amenazados de muerte por los pandilleros si residían en territorios contrarios.
Nacionales
PNC captura a delincuente que robó y causó múltiple accidente
La Policía Nacional Civil (PNC) informó sobre la captura de Moisés Antonio Mondragón Castro, acusado de cometer diversos delitos, entre ellos un robo en una gasolinera, provocar un múltiple accidente de tránsito y conducción peligrosa.
Según las autoridades, el hombre arrebató a una empleada de una gasolinera el dinero que tenía en sus manos cuando le entregaba el cambio a un cliente y posteriormente huyó del lugar. El hecho ocurrió sobre la avenida Jerusalén, en San Salvador.
«Nuestros equipos fueron alertados e iniciaron la búsqueda y persecución del responsable», informó la PNC.
Durante la fuga, Mondragón Castro chocó contra un vehículo en el redondel Italia, sobre la avenida Revolución, en la colonia San Benito. Posteriormente, colisionó con otro automotor que circulaba sobre la calle hacia Santa Tecla, en el desvío a Santa Elena.
Las autoridades indicaron que más adelante impactó otros cinco vehículos que se encontraban estacionados en las inmediaciones de Multiplaza.
La captura fue realizada en el kilómetro 5 ½ de la carretera Panamericana, cerca de la comunidad La Cuchilla, en Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad.
La PNC informó que el detenido será remitido a las autoridades correspondientes para ser procesado por los delitos de robo, daños y conducción peligrosa.
Tras la captura, también comenzó a circular en redes sociales un video en el que Mondragón Castro aparece, presuntamente en estado de ebriedad, siendo expulsado de un restaurante. En las imágenes sostiene una discusión con un mesero que deriva en un altercado físico al negarse a abandonar el establecimiento. Sobre ese incidente, las autoridades no han brindado información.
«El Salvador ya no es un país en el que podés delinquir libremente, responderás por tus acciones», expresó la Policía tras la detención.
Accidente de tránsito
El accidente de mayor magnitud atribuido a Mondragón Castro ocurrió el lunes por la mañana en la carretera Panamericana, en las inmediaciones de la comunidad La Cuchilla, frente al centro comercial Multiplaza, en Antiguo Cuscatlán.
De acuerdo con el informe, el conductor, señalado por las autoridades como ebrio, provocó un múltiple percance vial en el sentido que conduce de San Salvador hacia Santa Tecla. Preliminarmente, ocho conductores resultaron afectados con golpes en diferentes partes del cuerpo.
El Viceministerio de Transporte informó: «Brindamos apoyo en la atención de siniestro vial múltiple en la carretera Panamericana, en el sector del centro comercial Multiplaza. Nuestro equipo de grúas se encuentra en el lugar para movilizar los vehículos involucrados».
Como consecuencia del accidente, el paso vehicular fue restringido mientras la Policía Nacional Civil realizaba la inspección correspondiente.






