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Nacionales

Ex magistrado Carlos Ernesto Sanchez Escobar, destituido de su cargo en Sala de lo Constitucional usurpa funciones de Cancillería y evade cumplir con la justicia

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AL HONORABILÍSIMO Y EXCELENTÍSIMO CUERPO DIPLOMÁTICO Y ORGANISMOS INTERNACIONALES DESTACADOS EN EL SALVADOR.

EL EQUIPO DE LITIGIO ESTRATÉGICO DEL SR. ENRIQUE RAIS, HACE DEL CONOCIMIENTO:

  1. Que en una decisión judicial bochornosa y sin precedentes en el país, la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, dictó la resolución de las 9:05 horas del 27 de julio de 2021, suscrita por los Magistrados propietarios, Dr. Guillermo Arévalo Domínguez y Lic. Carlos Ernesto Sánchez Escobar, dentro del incidente de apelación Inc. 92-2021, en la que ordena notificar sin ser parte en esa causa penal, al “Decano de los Representantes de las Misiones Diplomáticas acreditadas en el país -Su Eminencia Reverendísima el Señor Nuncio Apostólico Monseñor Santo Rocco Gangemi- y pide se haga llegar a todas las Embajadas acreditadas en el país.
  • Conforme a los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial, las conductas evidenciadas por ambos Magistrados no cumplen con las garantías de independencia judicial e imparcialidad; primero, porque se arrogan funciones judiciales que a la fecha se encuentran bajo control de otras autoridades (Sala de lo Constitucional y Cámara Segunda de lo Penal, por ejemplo) y de Estado que no son de su competencia, sino que corresponden única y exclusivamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador; y segundo, porque existe un grave conflicto de interés en sus actuaciones recientes, en virtud que la Opinión No. 76/2020  (Enrique Rais-El Salvador) emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria -GTDA- de Naciones Unidas, ha instado a las autoridades competentes del país a realizar una investigación “exhaustiva” e “independiente” sobre las circunstancias de la privación arbitraria de la libertad del Sr. Rais. Lo anterior significa que los citados Magistrados de ser encontrados responsables de tales violaciones, enfrentan responsabilidades administrativas y de naturaleza penal.
  • Debido a que el Ilustrado Cuerpo Diplomático inspirado por los principios universales, el derecho internacional consuetudinario, así como la Carta de las Naciones Unidas y otros instrumentos regionales e internacionales, propende hacia la promoción y el respeto universal de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin distinción alguna, nos vemos obligados, en el nuevo foro abierto por la mencionada Cámara de lo Penal, de forma atenta y respetuosos de la alta investidura diplomática, no solamente en nombre del Sr. Enrique Rais, sino en atención a que ninguna autoridad o Estado, intente sustraerse de su responsabilidad internacional a tutelar los derechos humanos, bajo invocación de un derecho interno contrario a aquellos estándares, a presentar los descargos a todas las mentiras y tergiversaciones que han brotado de aquel Tribunal, de la siguiente manera:
  1. El Sr. Enrique Rais se encuentra sometido a una persecución penal, iniciada por la Fiscalía General de la República (FGR) bajo titularidad del Exfiscal General Douglas Meléndez, con pruebas ilegales y pruebas espúreas que han provocado privaciones arbitrarias de libertad en su perjuicio, desde el 22 de agosto de 2016.
  • La defensa técnica del Sr. Rais, desde agosto de 2016 ejerce todas las acciones legales y administrativas en El Salvador con la finalidad de obtener la reparación de las violaciones a sus derechos humanos; pero al no encontrar una respuesta de las autoridades competentes en un plazo razonable (más de tres años sin respuesta), decidimos acudir ante los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas, donde se presentó comunicación ante el GTDA por la privación arbitraria de libertad que sufre el Sr. Rais.
  • El GTDA es el único órgano del sistema internacional de derechos humanos al que la antigua Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas han confiando el mandato específico de recibir y examinar casos de privación arbitraria de la libertad. A este título el GTDA ha interpretado y aplicado las normas jurídicas internacionales sobre privación de libertad promulgadas a nivel nacional, regional e internacional desde 1991.
  • El GTDA a  fecha 25 de noviembre de 2020, decidió que(…) La privación de libertad de José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -el Pacto-, inscribiéndose en las categorías I y III;y pidió al Gobierno de El Salvador que adopte las medidas necesarias para remediar la situación del Sr. Rais sin dilación alguna y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto.
  • El país de Suiza, de incuestionable institucionalidad, decretó en fecha 21 de abril de 2021, absolución fundadada en la prueba recabada durante la investigación realizada y en la Opinión No 76/2020 del GTDA, sobre los hechos juzgados contra el Sr. Rais (mismos hechos por los que se lo acusa en El Salvador)
  • La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos -PDDH-, a fecha 28 de junio de 2021, ha establecido que la violación de los derechos al debido proceso, por inobservancia de legalidad y seguridad jurídica; a la libertad personal por detención ilegal; así como incumplimiento a la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones -LEIT-, en perjuicio del Sr. Enrique Rais. El actual Procurador, fue categórico en manifestar que el excesivo plazo para resolver el caso se debió a que su predecesora “archivó” el expediente y allí lo mantuvo durante se mantuvo en el cargo; asimismo, su pronunciamiento se vio sustentando en las opiniones y deliberaciones del GTDA y de otros organismos regionales e internacionales de protección de los derechos humanos.
  • El Magistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar como integrante de la Cámara Primera de lo Penal, desmerita la Opinión del GTDA, por no ser un órgano de control con sentido universal sobre el Pacto, porque no ha sido creado por ningún tratado o convención que obligue vinculantemente al Estado de El Salvador, porque no pronuncia resoluciones, sino que emite opiniones y en conclusión porque no cumple con el requisito del artículo 144 de la Constitución de la República, es decir la ratificación de un tratado por El Salvador para ser integrado con fuerza normativa en el derecho interno. ¿Cuál es el trasfondo de esta posición contraria al principio de buena fe y al fin esencial del derecho internacional de los derechos humanos? Queda claro que es evitar que su decisión de contenido arbitrario de fecha 12 de enero de 2017 le traiga consecuencias legales, es decir que se procura su impunidad, lo que la deslegitima totalmente, al contrario de otras autoridades nacionales y extranjeras que precisamente encuentran en el GTDA, los criterios de análisis e interpretación del Pacto.
  • Tan a la luz queda el trasfondo de la acción de buscar impunidad por parte del señor Sánchez Escobar, que mientras fue Magistrado de la Sala de lo Constitucional concurrió con su voto reconociendo el cumplimiento de buen fe de los tratados internaciones incluido el pacto (Sentencia, Hábeas Corpus 477-2019); la aplicación de estándares internacionales de protección “Soft Law” (Sentencia, Hábeas Corpus 149-2019) y la exhortación a los Jueces y magistrados competentes en materia penal para acudir a las resoluciones y “recomendaciones” dadas por los distintos órganos internacionales de derechos humanos (Sentencia, Hábeas Corpus 555-2020). Es decir un retroceso jurídico con disfraz de “soberanismo” que pretende mantener el Sistema Judicial excluido del control de organismos que sin asimetrías y localismos puede verificar si se está brindado respuestas a conflictos legales que sean respetuosas de los derechos humanos de todo justiciable sin distinción alguna. Si todo esto no fuera suficiente, basta mirar que el objeto de los derechos humanos es la persona humana (principio pro homine)
  1. Es tan grave la situación de irrespeto a los derechos humanos, que se pretende por proteger una posición personal por parte de los Magistrados de la Cámara, que también nos hemos visto obligado a documentar todos estos hechos y ponerlos en conocimiento del GTDA, el Relator Especial sobre la Independencia de los magistrados y abogados, el Consejo de Derechos Humanos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien dicho sea de paso, ya conoce este caso de primera mano.
  • Por tanto, exhortamos al Cuerpo Diplomático que informen a sus respectivos gobiernos, la intención de los Magistrados Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Guillermo Arévalo Domínguez de irrespetar el cumplimiento de los derechos humanos que son la esencia y fundamento de la democracia.

Lic. Aldo Álvarez Zepeda Lic. Douglas E. Melgar Argueta Lic. Carlos Mirandra Rubio

ABOGADOS Y DEFENSORES PARTICULARES DEL SR. ENRIQUE RAIS

Judicial

Seguirá preso motociclista detenido con marihuana

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Kevin Enrique Henríquez Laínez deberá permanecer en detención por orden del Juzgado Décimo de Paz, luego de ser procesado por el delito de tráfico ilícito, según informó la Fiscalía General de la República (FGR).

De acuerdo con la acusación fiscal, el imputado fue capturado el 21 de mayo de 2026 por agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) durante un patrullaje realizado en la 49.ª Avenida Sur y Pasaje Los Héroes, en San Salvador.

Según el acta policial, los agentes observaron que Henríquez Laínez conducía una motocicleta de forma indebida y que, al notar la presencia policial, realizó maniobras en zigzag con el aparente propósito de evadirlos.

Tras ordenarle que detuviera la marcha para efectuar un registro, los policías encontraron cuatro porciones medianas de marihuana dentro de bolsas plásticas transparentes ocultas bajo el asiento de la motocicleta. Además, le decomisaron $210 en efectivo.

La Fiscalía sostiene que el imputado presuntamente se dedicaba a la venta de droga en San Salvador, por lo que fue acusado del delito de tráfico ilícito, contemplado en la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, en perjuicio de la salud pública.

Una prueba de campo realizada por expertos antinarcóticos determinó que la sustancia incautada correspondía a 38.8 gramos de marihuana.

Al concluir la audiencia inicial, la jueza resolvió que los indicios presentados permitían establecer la existencia del delito y la probable participación de Henríquez Laínez, por lo que ordenó que continúe en detención mientras avanza el proceso penal.

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Nacionales

Capturan en Guatemala a dos miembros de pandillas requeridos por la justicia salvadoreña

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La Policía Nacional Civil (PNC) de Guatemala informó sobre la captura de dos pandilleros salvadoreños requeridos por tribunales de El Salvador por diversos delitos relacionados con el crimen organizado.

Uno de los detenidos fue identificado como Óscar Antonio Sandoval Godínez, de 58 años, quien fue localizado por agentes de la Subdirección General de Análisis de Información Antinarcótica en el puesto fronterizo de San Cristóbal Frontera, en Atescatempa, departamento de Jutiapa.

De acuerdo con la PNC guatemalteca, Sandoval Godínez posee una alerta internacional emitida el 17 de diciembre de 2018 por el Juzgado Especializado de Instrucción A de San Salvador por los delitos de organizaciones terroristas agravadas y posesión para el consumo.

Las autoridades detallaron que durante el procedimiento le fueron decomisadas una motocicleta y seis porciones de cocaína. Asimismo, indicaron que fue puesto a disposición de las autoridades judiciales competentes para resolver su situación legal y posteriormente será expulsado de Guatemala.

En otro operativo fue capturado Elías Valdez Deras, de 42 años, conocido con el alias de “Hunter” e identificado como integrante de la Mara Salvatrucha. Su arresto se realizó en el caserío Ceiba Hueca, en Tiquisate, departamento de Escuintla.

Según la PNC de Guatemala, Valdez Deras posee una orden de captura por el delito de promoción o estímulo a la drogadicción. Además, registra un antecedente criminal por tráfico de objetos prohibidos en centros penitenciarios de detención o reeducativos en Santa Ana, El Salvador, correspondiente a agosto de 2013.

Las autoridades guatemaltecas señalaron que durante 2026 han capturado aproximadamente a 50 pandilleros que huyeron de El Salvador, la mayoría de los cuales han sido expulsados para enfrentar procesos penales, mientras que otros permanecen detenidos por delitos cometidos en territorio guatemalteco.

Un balance oficial actualizado indica que entre enero de 2024 y el 7 de junio de 2026 han sido capturados 300 pandilleros en Guatemala. De ese total, 157 fueron detenidos en 2024, 93 en 2025 y 50 en lo que va de 2026.

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Economia

Estos son los nuevos precios de los combustibles en El Salvador

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La Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM) informó este lunes que los precios de referencia de los combustibles en El Salvador permanecerán sin variaciones durante la próxima quincena, por lo que los consumidores continuarán pagando las tarifas vigentes actualmente.

De acuerdo con la institución, la gasolina regular tendrá un precio de $4.41 en la zona central y de $4.42 en las zonas occidental y oriental. En el caso de la gasolina superior, el costo será de $4.74 en la zona central y de $4.75 en las zonas occidental y oriental.

Por su parte, el diésel mantendrá un precio de $4.44 en las zonas central, occidental y oriental del país.

Estos precios estarán vigentes desde el 9 hasta el 22 de junio de 2026.

La DGEHM explicó que entre los factores internacionales que inciden en los precios se encuentran los conflictos que continúan en Oriente Medio, los cuales mantienen la incertidumbre en el mercado mundial del petróleo. Asimismo, señaló que la Agencia Internacional de Energía (AIE) ha advertido sobre un período de alta vulnerabilidad en el mercado petrolero debido a la reducción de inventarios mundiales, el incremento de la demanda estacional y las tensiones geopolíticas en esa región.

La institución también indicó que mantiene inspecciones constantes en las empresas dedicadas a la comercialización de productos derivados del petróleo para verificar el cumplimiento de la normativa vigente.

Además, detalló que se han reforzado las verificaciones en estaciones de servicio con el objetivo de garantizar la cantidad y calidad de los combustibles que recibe la población, así como la entrega exacta del volumen por el que los usuarios realizan sus pagos.

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