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Ex magistrado Carlos Ernesto Sanchez Escobar, destituido de su cargo en Sala de lo Constitucional usurpa funciones de Cancillería y evade cumplir con la justicia

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AL HONORABILÍSIMO Y EXCELENTÍSIMO CUERPO DIPLOMÁTICO Y ORGANISMOS INTERNACIONALES DESTACADOS EN EL SALVADOR.

EL EQUIPO DE LITIGIO ESTRATÉGICO DEL SR. ENRIQUE RAIS, HACE DEL CONOCIMIENTO:

  1. Que en una decisión judicial bochornosa y sin precedentes en el país, la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, dictó la resolución de las 9:05 horas del 27 de julio de 2021, suscrita por los Magistrados propietarios, Dr. Guillermo Arévalo Domínguez y Lic. Carlos Ernesto Sánchez Escobar, dentro del incidente de apelación Inc. 92-2021, en la que ordena notificar sin ser parte en esa causa penal, al “Decano de los Representantes de las Misiones Diplomáticas acreditadas en el país -Su Eminencia Reverendísima el Señor Nuncio Apostólico Monseñor Santo Rocco Gangemi- y pide se haga llegar a todas las Embajadas acreditadas en el país.
  • Conforme a los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial, las conductas evidenciadas por ambos Magistrados no cumplen con las garantías de independencia judicial e imparcialidad; primero, porque se arrogan funciones judiciales que a la fecha se encuentran bajo control de otras autoridades (Sala de lo Constitucional y Cámara Segunda de lo Penal, por ejemplo) y de Estado que no son de su competencia, sino que corresponden única y exclusivamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador; y segundo, porque existe un grave conflicto de interés en sus actuaciones recientes, en virtud que la Opinión No. 76/2020  (Enrique Rais-El Salvador) emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria -GTDA- de Naciones Unidas, ha instado a las autoridades competentes del país a realizar una investigación “exhaustiva” e “independiente” sobre las circunstancias de la privación arbitraria de la libertad del Sr. Rais. Lo anterior significa que los citados Magistrados de ser encontrados responsables de tales violaciones, enfrentan responsabilidades administrativas y de naturaleza penal.
  • Debido a que el Ilustrado Cuerpo Diplomático inspirado por los principios universales, el derecho internacional consuetudinario, así como la Carta de las Naciones Unidas y otros instrumentos regionales e internacionales, propende hacia la promoción y el respeto universal de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin distinción alguna, nos vemos obligados, en el nuevo foro abierto por la mencionada Cámara de lo Penal, de forma atenta y respetuosos de la alta investidura diplomática, no solamente en nombre del Sr. Enrique Rais, sino en atención a que ninguna autoridad o Estado, intente sustraerse de su responsabilidad internacional a tutelar los derechos humanos, bajo invocación de un derecho interno contrario a aquellos estándares, a presentar los descargos a todas las mentiras y tergiversaciones que han brotado de aquel Tribunal, de la siguiente manera:
  1. El Sr. Enrique Rais se encuentra sometido a una persecución penal, iniciada por la Fiscalía General de la República (FGR) bajo titularidad del Exfiscal General Douglas Meléndez, con pruebas ilegales y pruebas espúreas que han provocado privaciones arbitrarias de libertad en su perjuicio, desde el 22 de agosto de 2016.
  • La defensa técnica del Sr. Rais, desde agosto de 2016 ejerce todas las acciones legales y administrativas en El Salvador con la finalidad de obtener la reparación de las violaciones a sus derechos humanos; pero al no encontrar una respuesta de las autoridades competentes en un plazo razonable (más de tres años sin respuesta), decidimos acudir ante los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas, donde se presentó comunicación ante el GTDA por la privación arbitraria de libertad que sufre el Sr. Rais.
  • El GTDA es el único órgano del sistema internacional de derechos humanos al que la antigua Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas han confiando el mandato específico de recibir y examinar casos de privación arbitraria de la libertad. A este título el GTDA ha interpretado y aplicado las normas jurídicas internacionales sobre privación de libertad promulgadas a nivel nacional, regional e internacional desde 1991.
  • El GTDA a  fecha 25 de noviembre de 2020, decidió que(…) La privación de libertad de José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -el Pacto-, inscribiéndose en las categorías I y III;y pidió al Gobierno de El Salvador que adopte las medidas necesarias para remediar la situación del Sr. Rais sin dilación alguna y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto.
  • El país de Suiza, de incuestionable institucionalidad, decretó en fecha 21 de abril de 2021, absolución fundadada en la prueba recabada durante la investigación realizada y en la Opinión No 76/2020 del GTDA, sobre los hechos juzgados contra el Sr. Rais (mismos hechos por los que se lo acusa en El Salvador)
  • La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos -PDDH-, a fecha 28 de junio de 2021, ha establecido que la violación de los derechos al debido proceso, por inobservancia de legalidad y seguridad jurídica; a la libertad personal por detención ilegal; así como incumplimiento a la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones -LEIT-, en perjuicio del Sr. Enrique Rais. El actual Procurador, fue categórico en manifestar que el excesivo plazo para resolver el caso se debió a que su predecesora “archivó” el expediente y allí lo mantuvo durante se mantuvo en el cargo; asimismo, su pronunciamiento se vio sustentando en las opiniones y deliberaciones del GTDA y de otros organismos regionales e internacionales de protección de los derechos humanos.
  • El Magistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar como integrante de la Cámara Primera de lo Penal, desmerita la Opinión del GTDA, por no ser un órgano de control con sentido universal sobre el Pacto, porque no ha sido creado por ningún tratado o convención que obligue vinculantemente al Estado de El Salvador, porque no pronuncia resoluciones, sino que emite opiniones y en conclusión porque no cumple con el requisito del artículo 144 de la Constitución de la República, es decir la ratificación de un tratado por El Salvador para ser integrado con fuerza normativa en el derecho interno. ¿Cuál es el trasfondo de esta posición contraria al principio de buena fe y al fin esencial del derecho internacional de los derechos humanos? Queda claro que es evitar que su decisión de contenido arbitrario de fecha 12 de enero de 2017 le traiga consecuencias legales, es decir que se procura su impunidad, lo que la deslegitima totalmente, al contrario de otras autoridades nacionales y extranjeras que precisamente encuentran en el GTDA, los criterios de análisis e interpretación del Pacto.
  • Tan a la luz queda el trasfondo de la acción de buscar impunidad por parte del señor Sánchez Escobar, que mientras fue Magistrado de la Sala de lo Constitucional concurrió con su voto reconociendo el cumplimiento de buen fe de los tratados internaciones incluido el pacto (Sentencia, Hábeas Corpus 477-2019); la aplicación de estándares internacionales de protección “Soft Law” (Sentencia, Hábeas Corpus 149-2019) y la exhortación a los Jueces y magistrados competentes en materia penal para acudir a las resoluciones y “recomendaciones” dadas por los distintos órganos internacionales de derechos humanos (Sentencia, Hábeas Corpus 555-2020). Es decir un retroceso jurídico con disfraz de “soberanismo” que pretende mantener el Sistema Judicial excluido del control de organismos que sin asimetrías y localismos puede verificar si se está brindado respuestas a conflictos legales que sean respetuosas de los derechos humanos de todo justiciable sin distinción alguna. Si todo esto no fuera suficiente, basta mirar que el objeto de los derechos humanos es la persona humana (principio pro homine)
  1. Es tan grave la situación de irrespeto a los derechos humanos, que se pretende por proteger una posición personal por parte de los Magistrados de la Cámara, que también nos hemos visto obligado a documentar todos estos hechos y ponerlos en conocimiento del GTDA, el Relator Especial sobre la Independencia de los magistrados y abogados, el Consejo de Derechos Humanos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien dicho sea de paso, ya conoce este caso de primera mano.
  • Por tanto, exhortamos al Cuerpo Diplomático que informen a sus respectivos gobiernos, la intención de los Magistrados Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Guillermo Arévalo Domínguez de irrespetar el cumplimiento de los derechos humanos que son la esencia y fundamento de la democracia.

Lic. Aldo Álvarez Zepeda Lic. Douglas E. Melgar Argueta Lic. Carlos Mirandra Rubio

ABOGADOS Y DEFENSORES PARTICULARES DEL SR. ENRIQUE RAIS

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Condenan a cinco años de prisión a dos hombres por lesiones muy graves

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El Tribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla condenó a cinco años de prisión a Ernesto Bladimir Franco Rodríguez y Luis Alberto Franco Rodríguez por el delito de lesiones muy graves en perjuicio de un hombre.

 

De acuerdo con las investigaciones, los hechos ocurrieron el 26 de noviembre de 2025 en el distrito de El Paisnal, municipio de San Salvador Norte, cuando la víctima fue citada por una mujer para departir en una zona apartada.

 

 

 

 

 

 

Al llegar al lugar, el hombre fue interceptado por los condenados, quienes lo atacaron con armas blancas, causándole diversas lesiones de gravedad. La víctima logró escapar y posteriormente interpuso la denuncia ante la Policía Nacional Civil (PNC).

 

Las investigaciones desarrolladas por las autoridades permitieron identificar, capturar y procesar judicialmente a los imputados.

 

 

En otro caso, el pandillero de la MS, Rafael Enrique Álvarez fue condenado a ocho años de prisión por lesionar con un arma blanca a un hombre en San Alejo, La Unión.

 

El hecho ocurrió, aproximadamente, a las 5 de la tarde del 12 de diciembre de 2021, cuando la víctima estaba viendo un encuentro deportivo en la cancha de fútbol del cantón Santa Cruz, del distrito de San Alejo, en La Unión.

 

Según la acusación fiscal, el procesado llegó hasta donde estaba la víctima y lo hirió con un machete en el codo izquierdo. Tras la agresión, la víctima corrió y fue alcanzada por el procesado y dos pandilleros más.

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Desmontan más de 250 estructuras como parte del reordenamiento público en San Salvador

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La alcaldía de San Salvador Centro informó que más de 250 estructuras fueron desmontadas como parte de la fase 6, Etapa 2 del reordenamiento y recuperación de espacios públicos.

Los puntos intervenidos fueron la primera calle poniente, 11a y 7a avenida Norte, avenida Peralta, la décima avenida San Jacinto, así como la calle San Juan y estación Fenadesal.

 

 

De acuerdo con el alcalde capitalino, Mario Durán, más de 800 empleados municipales participaron en jornadas de limpieza y desmontaje estructuras improvisadas utilizadas para el comercio informal.

 

«Ha sido un trabajo titánico. Estamos en una etapa bastante avanzada. El uso de las calles y aceras es para las personas y las familias y no para el comercio, debemos mantener el orden», dijo el funcionario en conferencia de prensa.

 

 

La alcaldía señala que este es un esfuerzo articulado entre comerciantes por cuenta propia y equipos municipales que durante días trabajaron para seguir avanzando en la revitalización del Centro Histórico de San Salvador.

 

«Agradezco a los equipos operativos quienes trabajaron arduamente por este importante proyecto; a los comerciantes por cuenta propia y a todos los salvadoreños que se suman por recuperar el corazón de El Salvador», añadió.

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Legalizarán lotes para 174 familias

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La comisión de infraestructura y desarrollo territorial emitió dictamen a favor de legalizar los terrenos donde residen 174 familias de la comunidad 2 de Noviembre, en el distrito de Tonacatepeque, en San Salvador Este.

El grupo de legisladores recomienda al pleno reformar la Ley especial para la legalización de las calles, tramos declarados en desuso y afectados como de uso público para ser transferidas en propiedad, a través del Fondo Nacional de Vivienda Popular (Fonavipo), a las familias de escasos recursos económicos que las habitan.

El propósito es que la comunidad en mención se agregue a los 14 asentamientos beneficiados con dicha normativa, que fue creada en junio de 2019.

La iniciativa de apoyar a las familias de Tonacatepeque proviene del presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro, la cual fue ingresada en la sesión plenaria ordinaria 109.

Para estudiar la propuesta, la comisión de infraestructura recibió a representantes de la comunidad, quienes explicaron su situación y lo que significaría reformar la ley.

«La comunidad estuvo desamparada. Entre el 2000 al 2001 llegamos a esas tierras, y todos somos de escasos recursos económicos.

Hoy estamos viendo que las cosas van a mejorar», expresó la presidenta de la directiva de la comunidad 2 de Noviembre, Marielos Cruz.

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