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Ex magistrado Carlos Ernesto Sanchez Escobar, destituido de su cargo en Sala de lo Constitucional usurpa funciones de Cancillería y evade cumplir con la justicia

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AL HONORABILÍSIMO Y EXCELENTÍSIMO CUERPO DIPLOMÁTICO Y ORGANISMOS INTERNACIONALES DESTACADOS EN EL SALVADOR.

EL EQUIPO DE LITIGIO ESTRATÉGICO DEL SR. ENRIQUE RAIS, HACE DEL CONOCIMIENTO:

  1. Que en una decisión judicial bochornosa y sin precedentes en el país, la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, dictó la resolución de las 9:05 horas del 27 de julio de 2021, suscrita por los Magistrados propietarios, Dr. Guillermo Arévalo Domínguez y Lic. Carlos Ernesto Sánchez Escobar, dentro del incidente de apelación Inc. 92-2021, en la que ordena notificar sin ser parte en esa causa penal, al “Decano de los Representantes de las Misiones Diplomáticas acreditadas en el país -Su Eminencia Reverendísima el Señor Nuncio Apostólico Monseñor Santo Rocco Gangemi- y pide se haga llegar a todas las Embajadas acreditadas en el país.
  • Conforme a los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial, las conductas evidenciadas por ambos Magistrados no cumplen con las garantías de independencia judicial e imparcialidad; primero, porque se arrogan funciones judiciales que a la fecha se encuentran bajo control de otras autoridades (Sala de lo Constitucional y Cámara Segunda de lo Penal, por ejemplo) y de Estado que no son de su competencia, sino que corresponden única y exclusivamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador; y segundo, porque existe un grave conflicto de interés en sus actuaciones recientes, en virtud que la Opinión No. 76/2020  (Enrique Rais-El Salvador) emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria -GTDA- de Naciones Unidas, ha instado a las autoridades competentes del país a realizar una investigación “exhaustiva” e “independiente” sobre las circunstancias de la privación arbitraria de la libertad del Sr. Rais. Lo anterior significa que los citados Magistrados de ser encontrados responsables de tales violaciones, enfrentan responsabilidades administrativas y de naturaleza penal.
  • Debido a que el Ilustrado Cuerpo Diplomático inspirado por los principios universales, el derecho internacional consuetudinario, así como la Carta de las Naciones Unidas y otros instrumentos regionales e internacionales, propende hacia la promoción y el respeto universal de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin distinción alguna, nos vemos obligados, en el nuevo foro abierto por la mencionada Cámara de lo Penal, de forma atenta y respetuosos de la alta investidura diplomática, no solamente en nombre del Sr. Enrique Rais, sino en atención a que ninguna autoridad o Estado, intente sustraerse de su responsabilidad internacional a tutelar los derechos humanos, bajo invocación de un derecho interno contrario a aquellos estándares, a presentar los descargos a todas las mentiras y tergiversaciones que han brotado de aquel Tribunal, de la siguiente manera:
  1. El Sr. Enrique Rais se encuentra sometido a una persecución penal, iniciada por la Fiscalía General de la República (FGR) bajo titularidad del Exfiscal General Douglas Meléndez, con pruebas ilegales y pruebas espúreas que han provocado privaciones arbitrarias de libertad en su perjuicio, desde el 22 de agosto de 2016.
  • La defensa técnica del Sr. Rais, desde agosto de 2016 ejerce todas las acciones legales y administrativas en El Salvador con la finalidad de obtener la reparación de las violaciones a sus derechos humanos; pero al no encontrar una respuesta de las autoridades competentes en un plazo razonable (más de tres años sin respuesta), decidimos acudir ante los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas, donde se presentó comunicación ante el GTDA por la privación arbitraria de libertad que sufre el Sr. Rais.
  • El GTDA es el único órgano del sistema internacional de derechos humanos al que la antigua Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas han confiando el mandato específico de recibir y examinar casos de privación arbitraria de la libertad. A este título el GTDA ha interpretado y aplicado las normas jurídicas internacionales sobre privación de libertad promulgadas a nivel nacional, regional e internacional desde 1991.
  • El GTDA a  fecha 25 de noviembre de 2020, decidió que(…) La privación de libertad de José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -el Pacto-, inscribiéndose en las categorías I y III;y pidió al Gobierno de El Salvador que adopte las medidas necesarias para remediar la situación del Sr. Rais sin dilación alguna y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto.
  • El país de Suiza, de incuestionable institucionalidad, decretó en fecha 21 de abril de 2021, absolución fundadada en la prueba recabada durante la investigación realizada y en la Opinión No 76/2020 del GTDA, sobre los hechos juzgados contra el Sr. Rais (mismos hechos por los que se lo acusa en El Salvador)
  • La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos -PDDH-, a fecha 28 de junio de 2021, ha establecido que la violación de los derechos al debido proceso, por inobservancia de legalidad y seguridad jurídica; a la libertad personal por detención ilegal; así como incumplimiento a la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones -LEIT-, en perjuicio del Sr. Enrique Rais. El actual Procurador, fue categórico en manifestar que el excesivo plazo para resolver el caso se debió a que su predecesora “archivó” el expediente y allí lo mantuvo durante se mantuvo en el cargo; asimismo, su pronunciamiento se vio sustentando en las opiniones y deliberaciones del GTDA y de otros organismos regionales e internacionales de protección de los derechos humanos.
  • El Magistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar como integrante de la Cámara Primera de lo Penal, desmerita la Opinión del GTDA, por no ser un órgano de control con sentido universal sobre el Pacto, porque no ha sido creado por ningún tratado o convención que obligue vinculantemente al Estado de El Salvador, porque no pronuncia resoluciones, sino que emite opiniones y en conclusión porque no cumple con el requisito del artículo 144 de la Constitución de la República, es decir la ratificación de un tratado por El Salvador para ser integrado con fuerza normativa en el derecho interno. ¿Cuál es el trasfondo de esta posición contraria al principio de buena fe y al fin esencial del derecho internacional de los derechos humanos? Queda claro que es evitar que su decisión de contenido arbitrario de fecha 12 de enero de 2017 le traiga consecuencias legales, es decir que se procura su impunidad, lo que la deslegitima totalmente, al contrario de otras autoridades nacionales y extranjeras que precisamente encuentran en el GTDA, los criterios de análisis e interpretación del Pacto.
  • Tan a la luz queda el trasfondo de la acción de buscar impunidad por parte del señor Sánchez Escobar, que mientras fue Magistrado de la Sala de lo Constitucional concurrió con su voto reconociendo el cumplimiento de buen fe de los tratados internaciones incluido el pacto (Sentencia, Hábeas Corpus 477-2019); la aplicación de estándares internacionales de protección “Soft Law” (Sentencia, Hábeas Corpus 149-2019) y la exhortación a los Jueces y magistrados competentes en materia penal para acudir a las resoluciones y “recomendaciones” dadas por los distintos órganos internacionales de derechos humanos (Sentencia, Hábeas Corpus 555-2020). Es decir un retroceso jurídico con disfraz de “soberanismo” que pretende mantener el Sistema Judicial excluido del control de organismos que sin asimetrías y localismos puede verificar si se está brindado respuestas a conflictos legales que sean respetuosas de los derechos humanos de todo justiciable sin distinción alguna. Si todo esto no fuera suficiente, basta mirar que el objeto de los derechos humanos es la persona humana (principio pro homine)
  1. Es tan grave la situación de irrespeto a los derechos humanos, que se pretende por proteger una posición personal por parte de los Magistrados de la Cámara, que también nos hemos visto obligado a documentar todos estos hechos y ponerlos en conocimiento del GTDA, el Relator Especial sobre la Independencia de los magistrados y abogados, el Consejo de Derechos Humanos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien dicho sea de paso, ya conoce este caso de primera mano.
  • Por tanto, exhortamos al Cuerpo Diplomático que informen a sus respectivos gobiernos, la intención de los Magistrados Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Guillermo Arévalo Domínguez de irrespetar el cumplimiento de los derechos humanos que son la esencia y fundamento de la democracia.

Lic. Aldo Álvarez Zepeda Lic. Douglas E. Melgar Argueta Lic. Carlos Mirandra Rubio

ABOGADOS Y DEFENSORES PARTICULARES DEL SR. ENRIQUE RAIS

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El Salvador mantiene los precios de combustibles más bajos de la región

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Mientras que en países como Guatemala y Costa Rica los combustibles superan los $5 por galón, en El Salvador los precios se mantienen por debajo de esa cifra, gracias a un sólido esquema de fijación de precios por parte del Gobierno en las tres zonas del país.

 

Esto a pesar de que la situación geopolítica en Oriente Medio sigue empujando los precios de los hidrocarburos al alza a escala mundial.

 

 

Según la tabla anunciada ayer por la Dirección General de Energía Hidrocarburos y Minas (DGEHM), los precios de la gasolina superior se fijaron en $4.63 para la zona central; $4.64 para occidente y el mismo precio para oriente. Mientras que la regular en $4.30 para la zona central y $4.31 para occidente y oriente.

 

Por su parte, el diésel se fijó en $4.37 para las tres zonas del país, según la autoridad correspondiente. Cabe aclarar que es tos precios estarán vigentes desde este día hasta el 28 de mayo.

 

En cuanto al área centroamericana, en Guatemala se dio a conocer que la gasolina regular tiene un costo de $5.05, la superior $5.18 y el diésel $5.35.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

En Costa Rica, el costo de la gasolina superior alcanza los $5.14, la regular $5.11 y el diésel $4.60, mientras las autoridades buscan mitigar el impacto mediante políticas de abastecimiento y comunicación al consumidor.

 

De acuerdo con el medio «El Comercio», la Refinadora Costarricense de Petróleo trata de amortiguar el impacto asegurando que, a pesar de la subida de los precios, es poco probable que haya un desabastecimiento.

 

 

En Honduras, la gasolina regular tiene un costo de $4.80, la superior $5.23 y el diésel $5.33. En Nicaragua, la situación se torna similar al resto de los países, puesto que la gasolina regular tiene un costo de $4.94, la superior $5.06 y el diésel alcanzó los $4.47.

 

En el caso hondureño, el mercado ya suma 14 alzas consecutivas que, según medios locales, han sido amortiguadas por el subsidio parcial denominado apoyo económico temporal.

 

 

En Panamá, la situación se torna similar, con precios que van desde $4.44 hasta $5.18 por el diésel; mientras que en Belice el costo es de $7.27 para las gasolinas y $7.24 para el galón de diésel.

 

Según la DGEHM, la tensión en el estrecho de Ormuz, en Irán, aumenta la prima de riesgo de los hidrocarburos de Oriente Medio, manteniendo alzas en los precios internacionales.

 

 

Asimismo, menciona que las amena zas en el mar Rojo y el estrecho de Bab el-Mandeb, por parte de los hutíes en Yemen, genera presión al alza en los precios de los hidrocarburos a escala global.

 

Además, indica que la disminución sostenida de inventarios de gasolina y diésel en Estados Unidos, reportada por la Agencia Internacional de Energía (AIE), genera tensión al alza en los precios internacionales, que se mantienen a la expectativa de las conversaciones entre Estados Unidos, Irán e Israel.

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El Fonat fortalece la seguridad vial con nuevo comité escolar en La Libertad

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El Fondo para la Atención a las Víctimas de Accidentes de Tránsito (Fonat) continúa fortaleciendo la cultura de prevención en los centros educativos del país, mediante la conformación de un nuevo Comité Escolar de Seguridad Vial en el Complejo Educativo Caserío La Pedrera, cantón La Perla, en el departamento de La Libertad, con el apoyo de la Policía Nacional Civil de Seguridad Vial (PNCSV).

 

Como parte de esta iniciativa, también entregaron un kit de seguridad vial, beneficiando a 343 estudiantes, quienes ahora contarán con herramientas que les permitirán desplazarse de forma más segura en los alrededores de su centro escolar.

Estas acciones forman parte del compromiso del Fonat por promover entornos más seguros y fomentar una cultura de responsabilidad vial desde la niñez, contribuyendo así a la reducción de accidentes de tránsito en el país.

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ENTREGA ESPECIAL

Del Uber de confianza al asesino: La brutal historia de Glenda Hernández que conmocionó El Salvador

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En las calles de Santa Ana todavía pesa el eco de un CRIMEN que estremeció a todos.

Un caso más de VIOLENCIA que comenzó mucho antes del ASESINATO, porque según las investigaciones de la Fiscalía, la víctima vivía atrapada en un círculo constante de MALTRATO, AMENAZAS y MIEDO por parte de Diego Antonio Santos Villanueva, de 34 años, su expareja.

Al principio, él era solo el taxista de confianza —ese conductor que le hacía viajes periódicos y se ganó su confianza hasta entrar en su vida—. Ella le abrió la puerta pensando que sería diferente, que el amor podía cambiarlo. Pero ya no pudo salir. Aunque dijera NO, aunque supiera que el peligro crecía, tuvo tiempo para salir de allí pero no lo intentó. El miedo la paralizó. Pensó que las cosas serían diferentes esta vez.

La tragedia alcanzó su punto más BRUTAL el 19 de abril de 2026, en su propia vivienda en el barrio San Rafael, calle Libertad Oriente, Santa Ana Centro. Ese día, Villanueva entró a la casa. Tras una discusión, la furia se desató sin PIEDAD. Armado con un CUCHILLO, la atacó con saña hasta arrebatarle la vida dentro del lugar donde debía sentirse segura.

La víctima era Glenda Isabel Hernández Trujillo, de 28 años, una joven madre originaria de Texistepeque: trabajadora, instructora de gimnasio, dedicada a su hija de apenas 8 años, amiga de todos, apasionada por el ejercicio y con sueños aún por cumplir. Una mujer que, según sus cercanos, brillaba por su amabilidad y su fuerza.

Pero esa tarde, la pequeña de 8 años se convirtió en la voz que rompió el silencio. Encontró a su madre tirada en el piso de la entrada, con sangre en la cabeza, y marcó a sus familiares por teléfono. “Mamá tuvo un accidente”, dijo  quien aún no entiende la magnitud del horror. Los familiares llegaron corriendo, pidieron ayuda médica en el Hospital San Juan de Dios… pero ya era tarde. Glenda yacía sin vida. La Policía Nacional Civil confirmó el feminicidio por arma blanca.

Después del CRIMEN, no hubo remordimiento. Hubo fuga.

Villanueva escapó de la escena, ocultó su vehículo e intentó desaparecer cruzando la frontera hacia Guatemala para burlar a la justicia. Pero la huida terminó cuando agentes policiales lo capturaron y lo entregaron a El Salvador.

Ahora, la Fiscalía General de la República logró que Diego Antonio Santos Villanueva continúe en prisión provisional mientras avanza el proceso penal en su contra por feminicidio agravado. El Juzgado Primero de Paz de Santa Ana ya lo decretó: seguirá tras las rejas.

Pero en la calle se sabe una verdad amarga: cuando la violencia se normaliza, cuando los gritos se ignoran y cuando el miedo se calla, muchas veces la historia termina en TRAGEDIA.

Hoy él duerme tras las rejas. Ella no volverá jamás.

La hija de 8 años tuvo que despedir a su madre en el cementerio de Texistepeque, con el corazón hecho pedazos. Otra familia rota. Otro hogar enlutado.

Y Santa Ana, una vez más, amanece con rabia.

Glenda Isabel Hernández Trujillo.
Otro nombre que se suma a la lista de mujeres arrebatadas por la VIOLENCIA.
Otro recordatorio de que el miedo no es debilidad… hasta que te mata.

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