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Ex magistrado Carlos Ernesto Sanchez Escobar, destituido de su cargo en Sala de lo Constitucional usurpa funciones de Cancillería y evade cumplir con la justicia

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AL HONORABILÍSIMO Y EXCELENTÍSIMO CUERPO DIPLOMÁTICO Y ORGANISMOS INTERNACIONALES DESTACADOS EN EL SALVADOR.

EL EQUIPO DE LITIGIO ESTRATÉGICO DEL SR. ENRIQUE RAIS, HACE DEL CONOCIMIENTO:

  1. Que en una decisión judicial bochornosa y sin precedentes en el país, la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, dictó la resolución de las 9:05 horas del 27 de julio de 2021, suscrita por los Magistrados propietarios, Dr. Guillermo Arévalo Domínguez y Lic. Carlos Ernesto Sánchez Escobar, dentro del incidente de apelación Inc. 92-2021, en la que ordena notificar sin ser parte en esa causa penal, al “Decano de los Representantes de las Misiones Diplomáticas acreditadas en el país -Su Eminencia Reverendísima el Señor Nuncio Apostólico Monseñor Santo Rocco Gangemi- y pide se haga llegar a todas las Embajadas acreditadas en el país.
  • Conforme a los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial, las conductas evidenciadas por ambos Magistrados no cumplen con las garantías de independencia judicial e imparcialidad; primero, porque se arrogan funciones judiciales que a la fecha se encuentran bajo control de otras autoridades (Sala de lo Constitucional y Cámara Segunda de lo Penal, por ejemplo) y de Estado que no son de su competencia, sino que corresponden única y exclusivamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador; y segundo, porque existe un grave conflicto de interés en sus actuaciones recientes, en virtud que la Opinión No. 76/2020  (Enrique Rais-El Salvador) emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria -GTDA- de Naciones Unidas, ha instado a las autoridades competentes del país a realizar una investigación “exhaustiva” e “independiente” sobre las circunstancias de la privación arbitraria de la libertad del Sr. Rais. Lo anterior significa que los citados Magistrados de ser encontrados responsables de tales violaciones, enfrentan responsabilidades administrativas y de naturaleza penal.
  • Debido a que el Ilustrado Cuerpo Diplomático inspirado por los principios universales, el derecho internacional consuetudinario, así como la Carta de las Naciones Unidas y otros instrumentos regionales e internacionales, propende hacia la promoción y el respeto universal de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin distinción alguna, nos vemos obligados, en el nuevo foro abierto por la mencionada Cámara de lo Penal, de forma atenta y respetuosos de la alta investidura diplomática, no solamente en nombre del Sr. Enrique Rais, sino en atención a que ninguna autoridad o Estado, intente sustraerse de su responsabilidad internacional a tutelar los derechos humanos, bajo invocación de un derecho interno contrario a aquellos estándares, a presentar los descargos a todas las mentiras y tergiversaciones que han brotado de aquel Tribunal, de la siguiente manera:
  1. El Sr. Enrique Rais se encuentra sometido a una persecución penal, iniciada por la Fiscalía General de la República (FGR) bajo titularidad del Exfiscal General Douglas Meléndez, con pruebas ilegales y pruebas espúreas que han provocado privaciones arbitrarias de libertad en su perjuicio, desde el 22 de agosto de 2016.
  • La defensa técnica del Sr. Rais, desde agosto de 2016 ejerce todas las acciones legales y administrativas en El Salvador con la finalidad de obtener la reparación de las violaciones a sus derechos humanos; pero al no encontrar una respuesta de las autoridades competentes en un plazo razonable (más de tres años sin respuesta), decidimos acudir ante los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas, donde se presentó comunicación ante el GTDA por la privación arbitraria de libertad que sufre el Sr. Rais.
  • El GTDA es el único órgano del sistema internacional de derechos humanos al que la antigua Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas han confiando el mandato específico de recibir y examinar casos de privación arbitraria de la libertad. A este título el GTDA ha interpretado y aplicado las normas jurídicas internacionales sobre privación de libertad promulgadas a nivel nacional, regional e internacional desde 1991.
  • El GTDA a  fecha 25 de noviembre de 2020, decidió que(…) La privación de libertad de José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -el Pacto-, inscribiéndose en las categorías I y III;y pidió al Gobierno de El Salvador que adopte las medidas necesarias para remediar la situación del Sr. Rais sin dilación alguna y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto.
  • El país de Suiza, de incuestionable institucionalidad, decretó en fecha 21 de abril de 2021, absolución fundadada en la prueba recabada durante la investigación realizada y en la Opinión No 76/2020 del GTDA, sobre los hechos juzgados contra el Sr. Rais (mismos hechos por los que se lo acusa en El Salvador)
  • La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos -PDDH-, a fecha 28 de junio de 2021, ha establecido que la violación de los derechos al debido proceso, por inobservancia de legalidad y seguridad jurídica; a la libertad personal por detención ilegal; así como incumplimiento a la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones -LEIT-, en perjuicio del Sr. Enrique Rais. El actual Procurador, fue categórico en manifestar que el excesivo plazo para resolver el caso se debió a que su predecesora “archivó” el expediente y allí lo mantuvo durante se mantuvo en el cargo; asimismo, su pronunciamiento se vio sustentando en las opiniones y deliberaciones del GTDA y de otros organismos regionales e internacionales de protección de los derechos humanos.
  • El Magistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar como integrante de la Cámara Primera de lo Penal, desmerita la Opinión del GTDA, por no ser un órgano de control con sentido universal sobre el Pacto, porque no ha sido creado por ningún tratado o convención que obligue vinculantemente al Estado de El Salvador, porque no pronuncia resoluciones, sino que emite opiniones y en conclusión porque no cumple con el requisito del artículo 144 de la Constitución de la República, es decir la ratificación de un tratado por El Salvador para ser integrado con fuerza normativa en el derecho interno. ¿Cuál es el trasfondo de esta posición contraria al principio de buena fe y al fin esencial del derecho internacional de los derechos humanos? Queda claro que es evitar que su decisión de contenido arbitrario de fecha 12 de enero de 2017 le traiga consecuencias legales, es decir que se procura su impunidad, lo que la deslegitima totalmente, al contrario de otras autoridades nacionales y extranjeras que precisamente encuentran en el GTDA, los criterios de análisis e interpretación del Pacto.
  • Tan a la luz queda el trasfondo de la acción de buscar impunidad por parte del señor Sánchez Escobar, que mientras fue Magistrado de la Sala de lo Constitucional concurrió con su voto reconociendo el cumplimiento de buen fe de los tratados internaciones incluido el pacto (Sentencia, Hábeas Corpus 477-2019); la aplicación de estándares internacionales de protección “Soft Law” (Sentencia, Hábeas Corpus 149-2019) y la exhortación a los Jueces y magistrados competentes en materia penal para acudir a las resoluciones y “recomendaciones” dadas por los distintos órganos internacionales de derechos humanos (Sentencia, Hábeas Corpus 555-2020). Es decir un retroceso jurídico con disfraz de “soberanismo” que pretende mantener el Sistema Judicial excluido del control de organismos que sin asimetrías y localismos puede verificar si se está brindado respuestas a conflictos legales que sean respetuosas de los derechos humanos de todo justiciable sin distinción alguna. Si todo esto no fuera suficiente, basta mirar que el objeto de los derechos humanos es la persona humana (principio pro homine)
  1. Es tan grave la situación de irrespeto a los derechos humanos, que se pretende por proteger una posición personal por parte de los Magistrados de la Cámara, que también nos hemos visto obligado a documentar todos estos hechos y ponerlos en conocimiento del GTDA, el Relator Especial sobre la Independencia de los magistrados y abogados, el Consejo de Derechos Humanos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien dicho sea de paso, ya conoce este caso de primera mano.
  • Por tanto, exhortamos al Cuerpo Diplomático que informen a sus respectivos gobiernos, la intención de los Magistrados Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Guillermo Arévalo Domínguez de irrespetar el cumplimiento de los derechos humanos que son la esencia y fundamento de la democracia.

Lic. Aldo Álvarez Zepeda Lic. Douglas E. Melgar Argueta Lic. Carlos Mirandra Rubio

ABOGADOS Y DEFENSORES PARTICULARES DEL SR. ENRIQUE RAIS

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Capturan a Sócrates Miguel Iraheta Bonilla, señalado por tráfico de drogas y otros delitos

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a Policía Nacional Civil (PNC) capturó este sábado a un hombre de 66 años, con antecedentes por comercio y tráfico ilícito de drogas, durante un operativo en el municipio de Candelaria de La Frontera, Santa Ana Oeste.

Se trata de Sócrates Miguel Iraheta Bonilla, detenido en su vivienda tras una orden de allanamiento emitida por un juez competente.

Durante el procedimiento, las autoridades incautaron:

  • Más de medio kilo de marihuana
  • Una balanza digital
  • Dinero en efectivo
  • Dos teléfonos celulares

Según la PNC, Iraheta Bonilla es acusado de comercio y tráfico ilícito de drogas, delitos por los cuales ya registraba antecedentes penales.

El detenido será puesto a disposición de las autoridades judiciales correspondientes para que responda por los cargos en su contra.

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Cuatro fallecidos en grave accidente de rastra en autopista Comalapa: identifican a las víctimas

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Cuatro personas perdieron la vida la tarde del viernes 10 de julio en un fuerte accidente de tránsito en la autopista Comalapa, según confirmaron autoridades de la Policía Nacional Civil (PNC) y Comandos de Salvamento.

Las víctimas fatales fueron identificadas como:

  • Raúl Antonio Monteagudo, de 42 años, conductor de la rastra.
  • Byron Ernesto Rojas Ibañez, acompañante de la rastra.
  • Raúl Valdemar Hernández, acompañante de la rastra.
  • Rafael Adonay Vásquez Hernández, de 25 años, motociclista originario del cantón Las Lomas, Santiago Nonualco, La Paz.

Además, resultó lesionado Willian Antonio Beltrán Rosales, quien fue rescatado de entre los escombros y trasladado de emergencia al Hospital Santa Teresa en Zacatecoluca. Su estado de salud actual no ha sido actualizado públicamente.

De acuerdo con las investigaciones preliminares, la rastra que transportaba cemento y bloques perdió los frenos, impactó contra uno de los pilares del puente Comalapa y arrolló al motociclista que transitaba en el lugar. Todas las víctimas mortales fallecieron en el sitio del siniestro.

Este accidente generó congestión vehicular en la zona y mantiene cerrada temporalmente la vía mientras peritos realizan las indagaciones correspondientes.

Nuestro sentido pésame a las familias de las víctimas. 🕊️

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¡Escándalo en Usulután! Conductor de bus agrede brutalmente a colega en plena parada y desata furia en redes

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En un preocupante acto de intolerancia que ha conmocionado a los usuarios del transporte colectivo en oriente del país, un conductor de la ruta 306 agredió físicamente a su compañero de la ruta 322 este sábado 11 de julio de 2026. El incidente ocurrió en la parada de buses de Ciudad El Triunfo, Usulután, donde Eusebio Saravia, identificado como el principal agresor y chofer de la empresa «Mario’s» con origen en Santa Rosa de Lima, San Salvador, dejó su unidad estacionada para confrontar violentamente al afectado, según testigos y un video que circula en redes.

Las imágenes captadas en el lugar muestran la tensa disputa entre los vehículos de transporte público, con movimientos agitados alrededor de los autobuses y la presencia de otras personas en la zona. Saravia es señalado directamente por testigos como quien inició la agresión, en un episodio que refleja la creciente violencia entre miembros del mismo gremio de conductores. 

Este tipo de enfrentamientos no solo ponen en riesgo la seguridad de los pasajeros, sino que exponen las fallas en la regulación del sector. Afectados y testigos han hecho un fuerte llamado al Viceministerio de Transporte (@VMTElSalvador) para que aplique sanciones drásticas contra los involucrados. «Esto ya no se debe permitir en nuestro país», señalan, destacando que los empleados de rutas de buses se caracterizan por agresiones incluso entre colegas. El video, compartido por Diario Digital Cronio, ha generado indignación inmediata y exige una respuesta inmediata de las autoridades para restaurar el orden en las carreteras.

Este caso no es aislado. En El Salvador, las disputas por rutas, paradas y pasajeros han sido recurrentes en oriente, afectando la movilidad diaria de miles de salvadoreños que dependen del transporte público.

La intolerancia al volante no solo genera temor entre usuarios, sino que podría derivar en tragedias mayores si no se intervienen con medidas firmes como suspensiones, capacitaciones obligatorias y mayor vigilancia en terminales.Las autoridades tienen ahora la oportunidad de demostrar cero tolerancia. Mientras la población espera acciones concretas, este video viral sirve como recordatorio urgente: la paz en las carreteras debe ser prioridad. ¿Hasta cuándo seguiremos permitiendo que la violencia convierta un simple viaje en un riesgo constante?

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