Judicial
Juez de Instrucción, confirma que el caso Corruptela está basado en prueba ilegal y es una doble persecución contra Enrique Rais.
El Juzgado 4o de Instrucción, pronunció recientemente resolución judicial en la que reconoce las graves ilegalidades que fueron cometidas por la Fiscalía en perjuicio del empresario Enrique Rais y que han producido la acusación en su contra en el conocido como Caso “corruptela” mismo que estaría basado en escuchas telefónicas ilegales y de las que no existe garantía de su legitimidad, además de no constar que se haya autorizado judicialmente intervenir ningún aparato telefónico o en uso por parte de Rais.
Precisamente el Juez de Instrucción, al mismo tiempo que se excusa para seguir conociendo de la causa penal, por el motivo de haber conocido de los mismos hechos que se imputan a Rais, en el caso “corruptela” en la tramitación de otras causas penales tanto en el Juzgado 5o de instrucción, como en el 8o de instrucción, ambos de la ciudad de San Salvador, reconoce ampliamente que los procesos penales contra el empresario, tienen su origen en una intervención telefónica promovida contra otras personas distintas al empresario ya que éste no estaba siendo objeto de investigación, que nunca existió autorización judicial para escuchar conversaciones de Rais y que la información ha sido manipulada por la fiscalía y policía, no existiendo certeza sobre la cadena de custodia de la prueba y sobre el contenido de los audios.
También destacó que la prueba con la cual fiscalía montó el caso, fueron unas escuchas que el Ex Director del Centro de Intervención a las Telecomunicaciones ocultó su existencia al entonces Fiscal General de la República, en las que además de no aparecer Enrique Rais, sino otras personas investigadas por distintos hechos, tales escuchas cumplieron los seis meses que indica la ley de escuchas, para poder utilizaras como prueba y acusar penalmente a los intervenidos, caso contrario deben ser destruidas; sin embargo, en este caso, fueron utilizadas casi DIEZ MESES, después del periodo en que debían destruirse y por ende, DIECISÉIS MESES después de haber concluido la intervención telefónica de la que se obtuvieron.
Los abogados de Rais, han sostenido durante más de tres años que el empresario es víctima de una persecución arbitraria, por intereses económicos de competidores desleales y por razones políticas, que fueron potenciadas por las ilegalidades del Ex Fiscal General Douglas Meléndez, quien por medio de su primo hermano y Ex Jefe de la Unidad de Crimen Organizado, Wil Walter Ruiz y el Ex Jefe de la Unidad de Investigación Financiera, Jorge Cortez Díaz, fabricó los distintos procesos penales, que en realidad se tratan del mismo hecho, mismos delitos señalados y contra las mismas personas, en lo que ya no es ni siquiera una doble persecución, sino que se está en presencia de una triple persecución.
De manera que la Fiscalía monta en unas escuchas vencidas, donde no consta intervención judicial de Rais y sin certeza de legitimidad, el conocido como “Caso Rais Martínez”, acusándolo de beneficiarse por medio de la entrega de dádivas al Ex Fiscal General Luis Martínez, de procesos acomodados a los intereses del empresario; cuando se dan cuenta que son descubiertos en el fraude de haber alterado la información de unos Análisis de Bitácoras y está por realizarse la audiencia preliminar del caso, los fiscales fabrican el llamado caso “corruptela”, que precisamente tiene la misma base de hechos y la misma prueba. Y para tratar de darle otra orientación coaccionan a seis personas de la FGR, entre fiscales y empleados, para que declaren falsamente en contra de Enrique Rais, situación que está comprobada cuando renuncian de los criterios de oportunidad que les habían sido autorizados y por tanto sus declaraciones carecen de validez, por ser prueba prohibida.
Frente a todas estas ilegalidades que han sido advertidas por el Juzgado que lleva la causa, precisamente en la misma resolución se determina que la razón de excusarse es porque no quiere que quede la misma duda, sobre la falta de objetividad del Juez, pues es claro que lo que procede en el caso “corruptela” es declarar la nulidad del proceso seguido contra Rais, pero al haber conocido el juzgador, también de los otros procesos que son réplicas del “corruptela” opta porque sea el Tribunal de Segunda Instancia que confirme si debe o no seguir al frente de la tramitación de la acusación, ya que está en juego que se alcance la justicia sobre las violaciones a derechos fundamentales del empresario.
Según los abogados de Rais, al ser consultados, el ejercicio de transparencia del Juez Cuarto de instrucción, es un buen signo para el sistema judicial, que no ha tenido el valor de aceptar que los procesos penales que recibieron y en los que se acusa a Enrique Rais, están basados en pruebas ilegales, pruebas prohibidas y son tres veces el mismo caso. Ante la falta de pronunciamiento inclusive de la propia Corte Suprema de Justicia, donde están pendientes de resolverse peticiones constitucionales de trascendencia, se vieron obligados a demandar a la Fiscalía, la PDDH y el Sistema Judicial por no garantizar el acceso a una pronta y cumplida justicia para su defendido. Y confirman que ya preparan más acciones internacionales al quedar comprobado que Enrique Rais es víctima de una triple persecución penal, por los mismos hechos, lo que está prohibido por la ley nacional y los tratados internacionales.
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Condenan a 32 integrantes de la MS-13 por múltiples crímenes cometidos en Ahuachapán
Treinta y dos integrantes de la clica Cobras Locos Salvatruchos, del programa Ahuachapán de la MS-13, fueron condenados a penas que van de los 35 a los 324 años de prisión por múltiples crímenes cometidos en el distrito de Tacuba, departamento de Ahuachapán, entre ellos al menos 17 casos de homicidio agravado, además de proposición y conspiración en el delito de homicidio agravado y agrupaciones ilícitas.
Todos los procesados enfrentaron juicio en el Tribunal Tercero contra el Crimen Organizado de Santa Ana.
De acuerdo con la resolución judicial, la pena más alta fue impuesta a Willian Antonio García Rumaldo, alias «Sospechoso», quien recibió una condena de 324 años de prisión por su participación en 10 casos de homicidio agravado, proposición y conspiración en el delito de homicidio agravado y agrupaciones ilícitas.
Por su parte, Luis Ángel Hernández Vásquez, alias «Snayper» o «Sayper», fue condenado a 134 años de prisión tras comprobarse su participación en cuatro homicidios agravados y el delito de agrupaciones ilícitas.
Asimismo, Élmer Eduardo Medina García, alias «Memito», recibió una pena de 125 años de prisión por cuatro homicidios agravados y agrupaciones ilícitas.
Entre los casos de homicidio resueltos con estas condenas se encuentra el de Clementino Esteban Rosales, de 56 años y hermano de un agente de la Policía Nacional Civil (PNC), quien fue asesinado el 16 de octubre de 2017 en el cantón Sincuyo, distrito de Tacuba, Ahuachapán Centro. Según la resolución, la víctima fue atacada con armas de fuego y machetes.
También se comprobó la participación de los condenados en el homicidio agravado del soldado de la Fuerza Naval José Alfredo Ascencio de la Cruz, ocurrido el 22 de septiembre de 2017 en una vereda de la finca San Martín, en el caserío El Arenal, distrito de Tacuba.
Los demás integrantes de la estructura criminal, entre ellos chequeos, observadores y colaboradores, recibieron condenas que oscilan entre los 35 y 95 años de prisión, de acuerdo con su grado de participación en los distintos hechos.
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Ocho integrantes de la clica Hollywood Locos Salvatruchos de la MS fueron condenados hasta con 53 años de prisión
Ocho integrantes de la clica Hollywood Locos Salvatruchos de la MS-13 fueron condenados a penas de hasta 53 años de prisión por formar parte o liderar agrupaciones con estructura jerárquica y organizadas como la MS-13 que en el pasado infundieron terror e inseguridad en la población.
Según el expediente de la Fiscalía General de la República (FGR), los imputados formaban parte de la estructura que delinquían en diferentes sectores de Chalatenango en donde fueron capturados en 2022, durante el Régimen de Excepción.
Entre los condenados se encuentra el homeboy José Gerardo Hércules Pineda, alias «charcha», quien recibió una pena de 53 años de prisión; y los paros Luis Fernando Alvarado Reyes, alias «canchis»; Hugo Alberto Romero Castillo, alias «Hugo»; y Josué Ezequiel Marroquín Pineda, alias «beleti» o «zunso», fueron condenados a 26 años de prisión cada uno.
También recibieron una condena de 26 años de cárcel los colaboradores Yeimy Gregoria Clavel Quijada, también conocida como Yeimin Gregoria Clavel Quijada, alias «my friend» o «yeimi»; Ramón Ernesto Castillo Mejía, alias «gargamón»; Simón Alvarado Orellana, alias «Simón»; y Nelson de Jesús Palma Escobar.
Las condenas fueron impuestas por el delito de organizaciones terroristas con agravación especial por el Tribunal Segundo contra el Crimen Organizado de San Salvador, juez 2, luego de valorar la abundante prueba documental, pericial y testimonial presentada por la Fiscalía General de la República.
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Cárcel para abusador de dos niñas de Ciudad Arce
A una pena de 32 años de prisión fue condenado Nelson Osvaldo Hernández Álvarez por haber abusado sexualmente de dos niñas (una de ellas con discapacidad mental) en Ciudad Arce, La Libertad Centro, durante los años 2022 y 2024.
El imputado habría aprovechado su relación con la madre de las víctimas para acercarse a ellas y violarlas mientras estaban bajo su cargo o cuando dormían.

Durante dos años Álvarez mantuvo amenazadas a las menores para que guardaran silencio y no lo delataran; tiempo después le contaron a unos familiares, quienes las acompañaron a denunciar y mediante orden fiscal el imputado fue detenido.
La condena de cárcel fue impuesta en presencia del imputado por el Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Tecla, luego de valorar la abundante prueba documental, pericial y testimonial que presentó el fiscal en juicio.
A Hernández Álvarez se le condenó por el delito de violación agravada continuada (16 años por víctima) y está obligado al pago de $3,600 dólares en concepto de responsabilidad civil a favor de las víctimas.






