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El nombramiento del magistrado Nahun Martínez es ilegal, ya que a la fecha tiene denuncias penales en FGR interpuestas por Enrique Rais
En este momento en el que se cuestiona por distintos sectores la situación actual de la Sala de lo Constitucional, se han conocido aspectos esenciales por los cuales el abogado Héctor Nahun Martínez carece de la competencia y moralidad notorias como requisitos para ejercer el cargo de Magistrado de la Sala de lo Constitucional, como requisitos contemplados por la Constitución de la República.
Precisamente una fuente de la Corte Suprema de Justicia, vinculada a la Secretaría de la Sala de lo Constitucional que solicitó la reserva de su nombre por temor a represalias confirma que el licenciado Nahun Martínez no cumplía con los requisitos de competencia y moralidad notorias al menos por dos hechos principales: el primero, basado en que al momento de ser considerado para el cargo, tenía denuncias penales activas ante la Fiscalía General de la República, las cuales habían sido promovidas por el empresario Suizo-Salvadoreño Enrique Rais, en virtud de su participación en el ejercicio de acusaciones penales en contra del Sr. Rais, basadas en prueba prohibida, como ocurrió al momento de coaccionar a otras agentes fiscales para que modificaran sus declaraciones y acusaran al empresario de haber sido favorecido por el Exfiscal General Luis Martínez, lo que era totalmente falso.
De acuerdo a la fuente consultada, el exfiscal auxiliar Nahun Martínez no calificaba para ser ni siquiera considerado como Magistrado de la Sala de lo Constitucional, por no cumplir con los requisitos establecidos en el art. 176 de la Constitución, que principalmente requiere que se cumpla con las condiciones de competencia y moralidad notoria. ¿Qué competencia puede tener una persona que durante la administración en la Fiscalía General de la República se ocupó de coadyuvar al Exfiscal Douglas Meléndez a promover una persecución penal selectiva por mandato de Fito Salume, por medio de actuaciones arbitrarias como la coacción y tortura de testigos y la utilización de pruebas ilícitas? Y respecto a la moralidad notoria, cómo es posible que haya sido seleccionado si se encontraba sometido a investigaciones penales en virtud de sendas denuncias interpuestas por los abogados del empresario Enrique Rais, por el abuso de poder.
Juez de Paz certifica las conductas cuestionables del exfiscal auxiliar Nahun Martínez.
A fecha 07 de enero de 2020, el Juzgado 12º de Paz de San Salvador, decretó sobreseimiento definitivo a favor de varios de los fiscales que habían incorporado ilegalmente y por orden del Exjefe de la Unidad de Investigación Financiera, Jorge Orlando Cortez, prueba ilegal consistente en confesiones extrajudiciales de fiscales auxiliares que presentaban la calidad de testigos criteriados, las que habían sido emitidas contraviniendo el art. 12 de la Constitución de la República, es decir sin la plena voluntad de los otorgantes lo cual las invalidadaba de forma absoluta, no obstante fueron adoptadas como prueba para imponer imputaciones y la orden de detención en contra del Sr. Enrique Rais. A pesar que la FGR bajo la titularidad de Raúl Ernesto Melara protegió a los fiscales que habían fabricado prueba ilegal por medio de la coacción y tortura de testigos, solicitando el Sobreseimiento Definitivo a su favor, el Juez 12º de Paz de San Salvador, en su resolución ordenó la investigación de ciertos fiscales que no habían sido involucrados en la investigación, al manifestar:
“Certifíquese el presente proceso a la Fiscalía para que inicie investigación contra los señores NEFTALÍ ROBERTO ABREGO ROSALES y HÉCTOR NAHUN MARTÍNEZ GARCÍA por existir la probabilidad del cometimiento de un hecho delictivo(…)”
A pesar de esta circunstancia y del hecho que Enrique Rais denunció al exfiscal auxiliar y ahora Magistrado de la Sala de lo Constitucional por su participación en la fabricación ilegal del caso corrputela en el expediente fiscal 743-DEUP-2019 SS, éste fue protegido por el Exfiscal General Raúl Melara y por tal motivo se ha mantenido en la impunidad.
Naciones Unidas certifica los abusos cometidos contra Enrique Rais.
A finales de febrero de 2021, se conoció públicamente la decisión pronunciada por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas, por medio de la Opinión No. 76-2020 relativa al Sr. Enrique Rais Vs. El Salvador, en la que se precisaba además de la exitencia de una detención arbitraria del empresario Suizo-Salvadoreño, la obligación del Gobierno de El Salvador, de realizar una investigación exhaustiva e indepediente sobre las causas que provocaron que el Sr. Rais fuere víctima de abuso de poder. Esto implicaba especialmente que se investigara las denuncias promovidas en contra de los exfiscales auxiliar Nahun Martínez, principal ejecutor de las acciones solicitadas por el Exfiscal General, Douglas Meléndez, para perseguir ilegalmente y por acciones de terceros interesados en obtener injustamente el negocio de la gestión de desechos sólidos que realiza MIDES, la empresa de Enrique Rais; y del exfiscal auxiliar David Ramírez, quien solicitó ilegalmente la orden de difusión roja en contra del Sr. Rais, por cierto con quien el nuevo Magistrado de la Sala de lo Constitucional, Nahun Martínez constituyó el despacho legal “RATIO LEGIS”.
Por tal motivo la fuente consultada manifiesta que el Magistrado Nahun Martínez se ha opuesto a cumplir con la orden impuesta de Naciones Unidas por dos razones, la primera, porque ello implicaría aceptar que durante su tiempo como fiscal, tanto él, como su compañera sentimental dentro de la FGR, Carmen Marroquín Vega y su socio David Ramírez, adulteraron prueba para acusar al empreario Suizo Salvadoreño por órdenes del Exfiscal general, Douglas Meléndez y el Exjefe de la Unidad Antilavado Jorge Cortez; y la segunda, es porque aceptar el valor jurídico que tienen las resoluciones de Naciones Unidas, implica que los actuales Jueces y Magistrados que se están viendo afectados por una reforma que es inconstitucional e inconvencional sean protegidos por decisiones como las que puede adoptar Naciones Unidas a través del Relator Especial sobre la independencia de Magistrados y Abogados.
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Miembro del Barrio 18 capturado en vuelo federal
El ministro de Seguridad de El Salvador, Gustavo Villatoro, informó sobre la captura de un integrante de la organización criminal Barrio 18, quien intentó ingresar al país en un vuelo federal sin presentar alertas migratorias previas.
El detenido fue identificado como Edwin Alejandro Castro Hernández, alias «Street boy», quien, según las autoridades, quedó al descubierto durante los controles especializados realizados en el aeropuerto.
De acuerdo con la información oficial, Castro Hernández es señalado de pertenecer a la estructura «Tayni Wayniss Sureños», vinculada al control criminal de sectores del distrito de Ilopango.
Villatoro aseguró que el capturado enfrentará el proceso penal correspondiente por su presunta participación en actividades relacionadas con organizaciones terroristas.
En un pronunciamiento oficial, el ministro sostuvo que mantendrá las acciones de seguridad para evitar que estructuras criminales vuelvan a operar en el país. «Actuamos con inteligencia, decisión y con el compromiso de no volver jamás al pasado», señaló.
También afirmó que continuará reforzando los controles migratorios y de seguridad para impedir el ingreso de miembros de pandillas o estructuras criminales al territorio nacional.
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Ordenan a COASPAE la devolución de $462 mil a 25 socios
El Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor ordenó a la Asociación Cooperativa de Ahorro y Crédito de Profesionales en Administración de Empresas y Carreras Afines (Coaspae de R.L.) que devuelva a un grupo de 25 socios la cantidad de $462 mil 914.53, al considerar que la institución financiera ha cometido una falta grave al no permitirles retirar sus ahorros y sus depósitos a plazos fijos ya vencidos.
La resolución del Tribunal es de diciembre de 2025, pero varios de los afectados han sido notificados a lo largo del primer trimestre de 2026. Además, la devolución no se ha hecho aún efectiva porque COASPAE contrarrestó con una demanda ante un Juzgado de lo Cotencioso Administrativo, lo cual pone en pausa el proceso hasta que exista una sentencia definitiva.
Los 25 socios antes citados presentaron sus reclamos ante la Defensoría del Consumidor a finales de 2024, después que COASPAE se negara a devolverles el dinero que tenían en la institución. Durante el proceso de conciliación, según la resolución, la cooperativa no se presentó a dos citatorios, pero sí lo hizo en la fase sancionatoria, donde argumentó que la entidad tenía falta de liquidez y que por esa razón no podía reintegrar el dinero a los ahorrantes.
El Tribunal sostutvo que el argumento de COASPAE era insuficiente y determinó que la cooperativa había cometido una infracción grave, según el artículo 43 literal e de la Ley de Protección al Consumidor, que consiste en “No entregar los bienes o prestar los servicios en los términos contratados”.
La resolución dicta que debe devolver $462 mil 914.53 a los 25 socios afectados, más una multa de poco más de $200 mil que también debe ser repartida entre los socios.
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Ebrio que portaba arma es condenado a 10 años de cárcel
A 10 años de prisión fue condenado Lucio Antonio Castellanos, por el delito de tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de armas de fuego.
La pena se la impuso el Juzgado Sexto de Paz de San Salvador en un juicio sumario [proceso judicial corto] que definió la situación jurídica del imputado de forma ágil.
Fue capturado el 7 de noviembre de 2025, en la Avenida Isidro Menéndez y 10a. Calle Poniente, en San Salvador, tras una denuncia que recibió la Policía Nacional Civil (PNC), en la que se alertaba que un hombre se desplazaba a pie portando un arma de fuego en la cintura.
Los agentes verificaron que no portaba licencia, y además estaba ebrio, con 255 grados de alcohol.
Condenan a diez años de cárcel a hombre por tenencia ilegal de arma de fuego




