Judicial
Denuncian penalmente a Celina de Monterrosa por Falsedad documental agravada y actos arbitrarios, al autorizar ilegalmente el botadero de basura del señor Salume

Hoy por hoy el negocio que generan las cientos de toneladas de basura parecen ser deseadas por empresarios que hacen hasta lo imposible por arrebatarle este servicio a empresas serias, consolidadas y que han demostrado capacidad y responsabilidad en el tratamiento de los desechos.
Vilma Celina de Monterrosa, La Directora General de Evaluación y Cumplimiento del Ministerio del Medio Ambiente (MARN), está en serios aprietos ya que este día ha sido denunciada penalmente ante la Fiscalía General de la República (FGR) por presuntamente haber incurrido en distintos delitos.
Es realmente preocupante que se le adjudiquen delitos en los que presuntamente incurrió en falsedad documental agravada y actos arbitrarios. Situación que se dio luego de autorizar y permitir el funcionamiento del Botadero de basura del señor Salume, que se ubica en el cantón Melara del Puerto de La Libertad.
Ante la gravedad que significa el gravísimo daño ambiental que se está generando a cada hora por la falta de tratamiento de los desechos en este botadero, los abogados demandantes han pedido a la fiscalía que se detenga provisionalmente a García de Monterrosa.
Antecedentes que demuestran y comprueban la falta de transparencia
La denuncia establece el «otorgamiento por parte de la Directora General de Evaluación y Cumplimiento Ambiental del MARN, de un dictamen técnico favorable, insertando documentación falsa para evitar dar cumplimiento a la Ley Ambiental y orden judicial de sancionar a la titular del trámite por funcionar sin permiso ambiental.»
No obstante el permiso ambiental emitido era únicamente de ubicación y construcción; el sitio del Relleno Sanitario, comenzó a recibir los desechos sólidos de múltiples municipios, superando su capacidad instalada y autorizada, lo cual se agravó a partir de los años 2017 y 2018 y a pesar que se realizaron estudios, incluyendo uno ordenado por el Juez Ambiental de San Salvador y realizado por el Equipo Multidisciplinario Ambiental de la Corte Suprema de Justicia, donde claramente se advirtió que el relacionado sitio estaba operando en infracción del artículo 19 de la Ley de Medio Ambiente.
Recordemos que en 2011, sin cumplir el debido proceso legal y menos el Estudio de impacto ambiental, autorizaron la modificación a Relleno semi mecanizado para tratar hasta 40 toneladas diarias. Al obtener dicha modificación, sorpresivamente se cambia al titular, por lo que deja de ser la Municipalidad y pasa a manos del Sr. Salume. Para el 2013, varias comunidades documentaron que ese proyecto no era viable para su ampliación.
Sin embargo la Denunciada que en esa época se encargaba de ver los temas de ciudadanía en el MARN hizo caso omiso y da el aval para que se autorice la construcción de la ampliación del Relleno Sanitario de El Puerto.
Por lo tanto, la empresa del señor Salume, desde el 2013, ha funcionado violando el Art. 19 de la ley de medio ambiente ya que opera sin permiso de funcionamiento para la fase de ampliación.

Judicial
Pandillera del Barrio 18 condenada a 20 años de prisión por extorsión

El Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador impuso 20 años de prisión a Silvia Guadalupe Barahona Ramos, miembro de la pandilla Barrio 18, por el delito de extorsión agravada.
Según el informe judicial, Barahona llegó al negocio de la víctima exigiendo dinero bajo amenazas de atentar contra su vida o la de su familia. La persona entregó el dinero, pero de inmediato interpuso la denuncia.
La detenida fue capturada en el marco del Régimen de Excepción y actualmente enfrenta procesos por otros delitos.
Judicial
Mujer recibe 30 años de cárcel por no auxiliar a su recién nacido tras caer en fosa séptica en Cuscatlán

El Juzgado de Sentencia de Cojutepeque condenó a 30 años de cárcel a María Antonia Preza Hernández por el delito de homicidio agravado bajo la figura de comisión por omisión, luego de no auxiliar a su recién nacido tras caer en una fosa séptica.
Según la investigación fiscal, los hechos ocurrieron el 30 de marzo de 2024 en Monte San Juan, Cuscatlán Sur. La mujer, que estaba en labor de parto, no solicitó ayuda a sus familiares y tras el nacimiento de la bebé, no intentó salvarla, sino que limpió la escena y se retiró.
El cuerpo de la recién nacida fue descubierto tres días después por familiares. La autopsia del Instituto de Medicina Legal confirmó que la bebé nació con vida y que la causa de su muerte fue asfixia por obstrucción de vías respiratorias.
El tribunal consideró que Hernández incumplió con su deber de auxilio, tipificando su conducta como comisión por omisión, lo que derivó en la condena máxima impuesta por el Juzgado de Sentencia de Cojutepeque.
Judicial
Pastor evangélico es condenado por agresión sexual a menor en La Libertad

Rafael Antonio Gómez Castillo fue condenado a 12 años de prisión por agredir sexualmente a una niña de ocho años durante el 2024 en Sacacoyo, departamento de La Libertad.
Según las investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR), la víctima sufrió maltratos físicos y psicológicos de su madre, al punto que la dejaba varios días encerrada en la vivienda o abandonada en la calle.
«La menor buscaba refugio y comida en la casa de Rafael Gómez, por el lazo familiar; sin embargo, él se aprovechó de la situación y del vínculo que tenía con la niña para abusar de ella en reiteradas ocasiones», señaló la institución.
Ambos se desempeñaban como líderes religiosos de una iglesia de donde fueron expulsados tras darse a conocer los maltratados que ejercían contra la niña.
Los abusos a los que la víctima era sometida fueron denunciados ante las autoridades por otro familiar cercano.
«Gracias a los elementos de prueba documental, pericial y testimonial que presentó la FGR ante el Tribunal Segundo de Sentencia de Sonsonate, se logró demostrar la participación de los imputados en los hechos antes mencionados», informó el ministerio público.
Es así como como Gómez Castillo fue sentenciado por el delito de agresión sexual o menor o incapaz agravada en modalidad continuada.