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Política

Este sería el nuevo tarifario de 130 multas por infracciones de tránsito

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Los diputados que integran la Comisión de Infraestructura y Desarrollo Territorial analizaron las propuestas de reforma a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, con el fin de actualizar las cuantías de las infracciones de tránsito, debido a que las que están vigentes datan de hace 30 años.

De ser aprobado en el pleno el dictamen favorable emitido por dicha mesa de trabajo, estos serían los montos a cancelar:

LEVES: MULTAS DE $50:

Circulación

  • Virar en “U” donde no es permitido.
  • Sobrepasar a otro vehículo sin antes indicar la maniobra.

Control

  • No portar tarjeta de circulación.
  • Conducir un vehículo como instructor de una escuela de manejo sin su carné o portarlo vencido.
  • Circular con tarjeta de circulación vencida.
  • Conducir con licencia extranjera fuera del tiempo reglamentario.
  • Conducir con licencia vencida.
  • Carecer de luz de placa en los vehículos que tengan este elemento de fábrica.
  • Utilizar más placas de las permitidas.
  • No portar licencia de conducir.
  • Circular con vehículos con placas nacionales fuera de la jornada laboral sin la debida autorización.
  • Circular con vehículos fuera del sistema del Registro Público de Vehículos por falta de refrenda.

Estacionamiento

  • Estacionarse a más de 30 centímetros de la cuneta.
  • Estacionarse al contrario de la circulación en la vía.

Medio ambiente

  • Circular el vehículo con escape libre, bazuca o aditamento que produzca estridencia que sobrepase los límites legalmente admisibles.
  • Usar indebidamente pitos de aire, bocinas eléctricas y otros dispositivos sonoros en vehículos automotores en los casos prohibidos por el reglamento respectivo.

Obstrucción del paso

  • Obstruir por completo el paso en las vías públicas con entierros, desfiles y eventos deportivos, u otros similares o con cualquier objeto que obstaculice el uso de la vía.

Seguridad vial

  • Conducir con luz alta en la ciudad.
  • Conducir sin el distintivo rojo durante el día cuando la carga sobresale de la carrocería en la parte trasera y por la noche sin una señal reflectiva. El uso de distintivo rojo no aplica para los vehículos de carga.
  • Circular sin el banderín y/o dispositivo de aprendizaje.
  • No portar llanta de repuesto en vehículos automotores, salvo que el vehículo no cuente con este elemento de fábrica, siempre y cuando utilice llantas especiales reforzadas que permitan seguir circulando después de sufrir una avería u otro daño, o utilizar algún aditamento que supla la necesidad.
  • Circular con llantas lisas o en mal estado.
  • Carecer parcialmente de luz delantera o trasera.
  • No portar los triángulos o conos reflectivos y los dispositivos preventivos de seguridad vial detallados en el reglamento.
  • Usar halógenos a una altura superior a los 75 centímetros desde el suelo.
  • Llevar anuncios en las ventanillas o parabrisas que afecten la visibilidad e identificación del conductor o utilizar leyendas o letreros sobrepuestos, de carácter ofensivo, vulgar o soez.
  • Lanzar desde un vehículo en marcha, arrojar, depositar o abandonar basura, residuos o desechos de cualquier clase, en aceras, calles, carreteras u otras vías públicas de circulación.
  • Incumplir las disposiciones relativas al porcentaje mínimo de paso de luz solar en los vidrios polarizados regulados en esta ley.
  • No encender las luces direccionales al cruzar o cambiar de carril.

GRAVES: MULTAS DE $100

Circulación

  • Conducir describiendo curvas o haciendo zig-zag.
  • Estacionarse en área señalizada exclusivamente para vehículos de transporte de personas con discapacidad que porten placa o distintivo extendido por la autoridad competente y lugares reservados para el estacionamiento de vehículos conducidos por mujeres embarazadas, u otras zonas que se establezcan como exclusivas para determinados tipos de vehículos.
  • No ceder el paso a vehículos de emergencia cuando tienen activadas las sirenas y señales rotativas luminosas.
  • Circular valiéndose del derecho de vía libre concedido a los vehículos de emergencia, cuando tienen activadas las sirenas y señales rotativas luminosas.
  • No respetar fila cuando haya congestionamiento de vehículos o penetrar con el vehículo en una intersección o en un paso si la situación de la circulación es tal que previsiblemente puede quedar deteniendo en forma que impide u obstruya la circulación transversal.
  • No disminuir la velocidad en zonas restringidas como colegios, escuelas, hospitales, centros deportivos, mercados y zonas 30.
  • Sobrepasar a otro vehículo en bocacalle.
  • Colocarse en carril que no le corresponde en bocacalle para iniciar la marcha.
  • Aumentar la velocidad cuando otro vehículo trate de sobrepasar.
  • Circular, rebasar o cruzar la doble línea amarilla central que divide la vía en doble sentido de circulación.

Control

  • No atender la indicación realizada por la autoridad que se encuentre gestionando el tráfico en las vías.
  • No inscribir en el Registro Público de Vehículos los documentos de propiedad, transferencia o tenencia legítima del vehículo en el término que la ley establece.
  • Conducir con licencia inadecuada al tipo de vehículo.
  • Circular con placas de vendedor de vehículos cuando no están en venta.
  • Circular vehículos con placas extranjeras sin el permiso correspondiente o después del reglamentario.
  • Trasladar cadáveres sin autorización de la autoridad correspondiente.

Estacionamiento

  • Estacionarse formando doble fila.
  • Estacionarse en curvas, redondeles, bocacalle y trechos angostos.

Obstrucción del paso

  • No respetar el derecho de vía o interceptar la vía.
  • No mover un vehículo u objeto que obstruya el libre tránsito, producto de un siniestro vial, siempre que solo existan daños materiales y/o daños personales leves o por otras razones que la autoridad competente estime conveniente.

Seguridad vial

  • No conceder el paso a peatones que se encuentren en peligro.
  • Circular más de una persona en el asiento del conductor.
  • No respetar las señales de precaución cuando hay trabajos de construcción en las vías públicas.
  • No dar luz baja al encontrar otro vehículo en sentido opuesto.
  • Carecer de espejo retrovisor y espejos laterales izquierdo y derecho.
  • Carecer de luz de freno.
  • Bajar o subir pasajeros en lugares no permitidos o esquinas.
  • Girar a la izquierda donde no es permitido.
  • No utilizar el conductor cinturón de seguridad.
  • Permitir el conductor de un vehículo automotor que sus acompañantes viajen sin utilizar el cinturón de seguridad.
  • Circular vehículos de tracción humana o animal, con ruedas metálicas por carreteras pavimentadas así como conducirse por vías urbanas de gran circulación, con tractores agrícolas, vehículos para construcción y montacargas.
  • Detenerse sobre las zonas de seguridad peatonal.
  • No ceder el paso a los peatones que se encuentren cruzando por la vía de seguridad peatonal.
  • No conceder el paso a ciclistas que transiten sobre la vía pública.
  • No respetar la zona de la vía pública destinada para la circulación de las bicicletas.
  • Sujetarse a otro vehículo en marcha mientras se conduce una bicicleta o motocicleta.
  • No respetar los dispositivos de seguridad colocados en las zonas de control temporal de tráfico por la autoridad competente.
  • Alterar las condiciones técnicas de toda clase de vehículos y motocicletas así como colocar bazucas o cualquier tipo de dispositivo que pueda generar contaminación visual o auditiva.
  • Conducir vehículos con exceso de carga a su capacidad o carga voluminosa mal acondicionada.

MUY GRAVES: MULTAS DE $150

Circulación

  • Retroceder o efectuar maniobras en vías de mucho tránsito.
  • Conducir en sentido contrario salvo cuando se sobrepase a otro vehículo en las zonas y momentos permitidos.
  • Circular a mayor velocidad que la reglamentaria.
  • Disputarse la vía con otro vehículo.
  • Sobrepasar a otro vehículo en curvas, puentes, trechos angostos o aproximaciones a ellos.
  • No respetar el carril reglamentario al virar a la izquierda.
  • Abandonar el vehículo por desperfectos en vías públicas por más de 24 horas.
  • Sobrepasar a alta velocidad un microbús, un bus o microbús escolar cuando esté estacionado subiendo o bajando pasajeros.
  • Circular vehículos automotores sobre aceras, carriles auxiliares, hombro de carretera, ciclovías, zonas prohibidas o en lugares y/o horarios no permitidos por medio de resolución emitida por las direcciones generales de Tránsito, Transporte Terrestre o Transporte de Carga del Viceministerio de Transporte.
  • Circular en motocicletas sobre aceras, ciclovías cuando su cilindrada de motor sea mayor de 50 centímetros cúbicos, hombro de carretera, en el borde izquierdo en vías de doble sentido o en zonas prohibidas o en lugares y/o horarios no permitidos por medio de resolución emitida por la Dirección General de Tránsito.

Control

  • Circular con las placas no visibles, colocar objetos cubiertas o protectores sobre la placa, luces o cualquier otro elemento que obstaculice su visibilidad.
  • Circular con una placa.
  • No portar las placas en la forma o el lugar adecuado, de acuerdo a lo establecido en el reglamento.
  • Conducir el vehículo con placas que pertenecen a otro.
  • Circular sin placas o con placas que no corresponda a la emisión vigente.
  • Circular con placas falsificadas.
  • No coincidir alguna de las series de VIN, chasis grabado y motor con las que constan en la tarjeta de circulación, y/o modificar las características técnicas del vehículo sin previa autorización, las cuales serán detalladas en el reglamento respectivo.
  • No coincidir las características físicas del vehículo con las que constan en la tarjeta de circulación.
  • Intentar sobornar a las autoridades competentes.

Estacionamiento

  • Conducir vehículos, cuadriciclos, motocicletas, tricimotos y cuadrimotos en las playas y en sitios no autorizados.
  • Circular en el carril izquierdo de la vía sin ir sobrepasando.
  • Conducir sin estar autorizado.
  • Conducir estando suspendida la licencia.
  • Conducir estando cancelada la licencia.
  • Conducir con licencia falsificada o suplantar al propietario de la licencia.
  • Negarse a presentar los documentos de tránsito a la autoridad competente.
  • Estacionarse en zona prohibida o eje preferencial.
  • Estacionarse en paradas de buses.
  • Estacionarse en zona de carga en horas restringidas.
  • Estacionarse en zona de seguridad señalizada, como zonas accesibles o inclusivas.
  • Estacionarse sobre la acera.
  • Estacionarse frente a entradas principales de edificios públicos, teatros, hoteles, bancos, hospitales, frente a cochera que no le corresponda u obstruyendo accesos vehiculares.
  • Efectuar reparaciones en vías públicas de manera permanente.

Seguridad vial

  • Circular con las luces apagadas en horas nocturnas o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan la visibilidad.
  • Circular en la ciudad o carreteras con vehículos que tengan instalados dispositivos luminosos, barras LED u otros similares que no sean de fábrica, que puedan afectar la visibilidad de los demás conductores y en caso de tenerlos de fábrica utilizarlos en la vía pública.
  • Conducir con el motor apagado o en neutro.
  • No respetar la señal vial de alto o de ceder el paso.
  • No respetar la luz roja del semáforo.
  • Sobrepasar un vehículo cuando otro venga en dirección opuesta y dicha maniobra cause peligro.
  • Conducir vehículos con sistema de frenos en mal estado.
  • Utilizar la vía pública para competencias automovilísticas sin autorización.
  • Conducir el vehículo bajo los efectos de bebidas embriagantes, estupefacientes o enervantes, sin perjuicio del grado de alcoholemia o el grado de intoxicación o sustancia consumida.
  • Negarse a la realización de pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol, drogas, estimulantes o estupefacientes u otras sustancias análogas. Sin perjuicio de otras consecuencias jurídicas establecidas en la presente ley.
  • No respetar o atender señales del personal autorizado que se encuentre realizando en la vía pública.
  • Conducir manipulando o haciendo uso de celular, radio de comunicación, agenda de cualquier clase, dispositivo o aparato electrónico, así como sosteniendo en las manos, dedos o llevando entre los brazos o sobre las piernas animales o cualquier otro objeto que dificulte el manejo, limite la visibilidad u ocasione o posibilite la distracción en el conductor.
  • Conducir motocicletas sin utilizar anteojos protectores cuando el casco no tenga protector cortaviento.
  • Circular después de las 18:00 y antes de las 6:00 del día siguiente sin que el motociclista y/o su acompañante usen chalecos o chaquetas reflectantes visibles.
  • Circular el conductor de motocicleta sin casco certificado.
  • Circular el acompañante sin casco certificado.
  • Conducirse más de dos personas en una motocicleta.
  • Conducir vehículos con niños menores de cinco años de edad, sin que utilicen una silla de retención infantil debidamente instalada en el vehículo y/o transportar menores de 12 años de edad dentro de la cabina del vehículo en la parte delantera.
  • Ocasionar siniestros viales por desperfectos mecánicos.
  • Retirarse el involucrado del lugar de un siniestro vial, para evadir cualquier responsabilidad por el siniestro ocasionado.
  • Pintar sobre la red vial sin previa autorización, así como dañar, remover o inutilizar las señales viales o dispositivos viales.
  • Instalar dispositivos o sirenas rotativas luminosas en vehículos no autorizados.
  • Modificar sin autorización los motores para aumentar su capacidad de velocidad.
  • Facilitar o prestar la placa o las placas de vehículos para que la utilice otro.

Medio ambiente

  • Circular por las vías terrestres del país con vehículos automotores que utilicen o contengan más de 13 milésimas de gramo de plomo por litro de combustible como aditivo.
  • Remover el sistema de control de emisiones.
  • Sobrepasar el límite de emisiones de gases permitido.
  • Circular con el sistema de control de emisiones en mal estado de funcionamiento.
  • No portar el documento que haga constar que se ha efectuado la revisión técnica vehicular.
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Política

Megaobra vial para movilidad y logística Triángulo del Norte

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La Asamblea Legislativa autorizó este martes al Órgano Ejecutivo la suscripción de un contrato de préstamo por $120 millones con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), como financiamiento adicional para el Proyecto de Transporte e Infraestructura Resiliente de El Salvador. Esta iniciativa busca mejorar la conectividad en el norte del Área Metropolitana de San Salvador (AMSS).

El megaproyecto beneficiará directamente a los distritos de Tonacatepeque, Apopa, Aguilares, Nejapa, Ciudad Delgado y Guazapa, a través de la construcción de una moderna infraestructura vial que incluye un nuevo “by pass” en Apopa, una carretera de circunvalación de aproximadamente 13 kilómetros, pasos elevados y subterráneos, iluminación, señalización, controles de velocidad, paradas de autobús e infraestructura peatonal.

Según estimaciones oficiales, la obra beneficiará de forma directa a más de 550,000 habitantes de los municipios que conforman San Salvador Centro, Este, Oeste y Norte.

Uno de los elementos clave del proyecto es un puente atirantado de 300 metros de longitud y cuatro carriles (dos por sentido), que permitirá desviar el tráfico pesado hacia la carretera de Oro y la Troncal del Norte, facilitando la conexión con la zona norte del país y la frontera con Honduras.

El Gobierno del presidente Nayib Bukele busca posicionar esta región como un nodo logístico estratégico para El Salvador, Honduras y Guatemala, mediante una combinación de inversión pública en infraestructura y atracción de capital privado.

La Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador (OPAMSS) ha destacado que el potencial de la zona radica en su ubicación estratégica, así como en las obras de conectividad ya ejecutadas y las que están en proceso. Además, se ha informado que el 36 % del suelo destinado para uso logístico y de servicios en San Salvador Oeste ya cuenta con permisos aprobados.

Con este financiamiento adicional, el Ejecutivo busca acelerar el desarrollo vial del AMSS y consolidar al país como un centro regional clave para la movilidad y el comercio.

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Nacionales

Zona Norte tendrá moderna vía y puente atirantado con inversión de $120 millones

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La Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa emitió dictamen favorable para autorizar al Ejecutivo la firma de un contrato de préstamo por $120 millones con el Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento (BIRF), destinado a financiar un ambicioso proyecto de transporte e infraestructura vial en el norte del Área Metropolitana de San Salvador (AMSS).

El megaproyecto beneficiará directamente a los distritos de Tonacatepeque, Apopa, Aguilares, Nejapa, Ciudad Delgado y Guazapa, y se prevé que la aprobación definitiva del préstamo se realice en la próxima sesión plenaria.

La inversión contempla la construcción de una carretera de circunvalación de aproximadamente 13 kilómetros, pasos elevados y subterráneos, paradas de autobús, infraestructura peatonal, señalización, iluminación y sistemas de control de velocidad. Uno de los componentes clave será la construcción de un «bypass» en Apopa, que incluirá un puente atirantado de 300 metros con cuatro carriles de circulación, diseñado para desviar el tráfico pesado hacia la carretera de Oro y la Troncal del Norte.

Según el Gobierno, la obra beneficiará a más de 550,000 habitantes de los municipios agrupados en San Salvador Centro, Este, Oeste y Norte, mejorando significativamente la conectividad vial y posicionando esta zona como un corredor logístico estratégico para El Salvador, Honduras y Guatemala.

El proyecto se enmarca en el plan de infraestructura resiliente y busca impulsar la inversión pública y privada en la región, facilitando el comercio y el desarrollo económico.

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Política

El Salvador será pionero regional con Ley de Tecnologías Robóticas: impulsará innovación, educación y empleos especializados

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El Salvador se encamina a convertirse en líder regional en innovación tecnológica con la aprobación de la Ley de Tecnologías Robóticas, una iniciativa del Órgano Ejecutivo que recibió dictamen favorable por parte de la Comisión de Economía, Turismo e Inversión de la Asamblea Legislativa y se prevé sea aprobada este jueves en sesión plenaria.

La nueva normativa busca fomentar la investigación, desarrollo y fabricación de tecnologías robóticas, así como establecer lineamientos para su aplicación en sectores clave como la industria, el comercio y la educación. Además, contempla incentivos fiscales, la creación de laboratorios especializados y la integración de la enseñanza de la robótica en el sistema educativo nacional, en coordinación con el Ministerio de Educación.

La ministra de Economía, María Luisa Hayem, destacó que esta ley posicionará al país como un referente en materia de innovación. “Permitirá establecer una plataforma para que inversionistas, académicos y emprendedores colaboren en el desarrollo de soluciones robóticas”, afirmó.

Por su parte, el director de la Agencia Nacional de Inteligencia Artificial (ANIA), Mario Flamenco Rivas, señaló que la ley representa una apuesta estratégica para el futuro económico del país. “Esta normativa será un respiro en cuanto a regulaciones globales sobre robótica y atraerá inversión, generando empleos altamente especializados”, expresó.

El proyecto de ley también compromete al Gobierno a facilitar pruebas piloto de soluciones robóticas, con el fin de dinamizar la innovación y abrir oportunidades para la creación de una cadena de suministros robusta en esta industria emergente.

Desde la academia, el vicerrector de Ciencia y Tecnología de la Universidad Don Bosco, Manuel Cardona Gutiérrez, subrayó el valor de la ley en la competitividad nacional. “Con esta legislación, El Salvador da un paso importante para ser más competitivo, generar riqueza y oportunidades de empleabilidad en un sector de alto impacto”, indicó.

Además, se contempla el desarrollo de centros de investigación e innovación físico-digitales, que facilitarán la transferencia de conocimientos tecnológicos y potenciarán el ecosistema emprendedor nacional.

Con esta legislación, El Salvador no solo abre la puerta al desarrollo de una nueva industria tecnológica, sino que se perfila como referente en Centroamérica en la adopción de políticas públicas orientadas a la economía del futuro.

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