Política
Este sería el nuevo tarifario de 130 multas por infracciones de tránsito
Los diputados que integran la Comisión de Infraestructura y Desarrollo Territorial analizaron las propuestas de reforma a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, con el fin de actualizar las cuantías de las infracciones de tránsito, debido a que las que están vigentes datan de hace 30 años.
De ser aprobado en el pleno el dictamen favorable emitido por dicha mesa de trabajo, estos serían los montos a cancelar:
LEVES: MULTAS DE $50:
Circulación
- Virar en “U” donde no es permitido.
- Sobrepasar a otro vehículo sin antes indicar la maniobra.
Control
- No portar tarjeta de circulación.
- Conducir un vehículo como instructor de una escuela de manejo sin su carné o portarlo vencido.
- Circular con tarjeta de circulación vencida.
- Conducir con licencia extranjera fuera del tiempo reglamentario.
- Conducir con licencia vencida.
- Carecer de luz de placa en los vehículos que tengan este elemento de fábrica.
- Utilizar más placas de las permitidas.
- No portar licencia de conducir.
- Circular con vehículos con placas nacionales fuera de la jornada laboral sin la debida autorización.
- Circular con vehículos fuera del sistema del Registro Público de Vehículos por falta de refrenda.
Estacionamiento
- Estacionarse a más de 30 centímetros de la cuneta.
- Estacionarse al contrario de la circulación en la vía.
Medio ambiente
- Circular el vehículo con escape libre, bazuca o aditamento que produzca estridencia que sobrepase los límites legalmente admisibles.
- Usar indebidamente pitos de aire, bocinas eléctricas y otros dispositivos sonoros en vehículos automotores en los casos prohibidos por el reglamento respectivo.
Obstrucción del paso
- Obstruir por completo el paso en las vías públicas con entierros, desfiles y eventos deportivos, u otros similares o con cualquier objeto que obstaculice el uso de la vía.
Seguridad vial
- Conducir con luz alta en la ciudad.
- Conducir sin el distintivo rojo durante el día cuando la carga sobresale de la carrocería en la parte trasera y por la noche sin una señal reflectiva. El uso de distintivo rojo no aplica para los vehículos de carga.
- Circular sin el banderín y/o dispositivo de aprendizaje.
- No portar llanta de repuesto en vehículos automotores, salvo que el vehículo no cuente con este elemento de fábrica, siempre y cuando utilice llantas especiales reforzadas que permitan seguir circulando después de sufrir una avería u otro daño, o utilizar algún aditamento que supla la necesidad.
- Circular con llantas lisas o en mal estado.
- Carecer parcialmente de luz delantera o trasera.
- No portar los triángulos o conos reflectivos y los dispositivos preventivos de seguridad vial detallados en el reglamento.
- Usar halógenos a una altura superior a los 75 centímetros desde el suelo.
- Llevar anuncios en las ventanillas o parabrisas que afecten la visibilidad e identificación del conductor o utilizar leyendas o letreros sobrepuestos, de carácter ofensivo, vulgar o soez.
- Lanzar desde un vehículo en marcha, arrojar, depositar o abandonar basura, residuos o desechos de cualquier clase, en aceras, calles, carreteras u otras vías públicas de circulación.
- Incumplir las disposiciones relativas al porcentaje mínimo de paso de luz solar en los vidrios polarizados regulados en esta ley.
- No encender las luces direccionales al cruzar o cambiar de carril.
GRAVES: MULTAS DE $100
Circulación
- Conducir describiendo curvas o haciendo zig-zag.
- Estacionarse en área señalizada exclusivamente para vehículos de transporte de personas con discapacidad que porten placa o distintivo extendido por la autoridad competente y lugares reservados para el estacionamiento de vehículos conducidos por mujeres embarazadas, u otras zonas que se establezcan como exclusivas para determinados tipos de vehículos.
- No ceder el paso a vehículos de emergencia cuando tienen activadas las sirenas y señales rotativas luminosas.
- Circular valiéndose del derecho de vía libre concedido a los vehículos de emergencia, cuando tienen activadas las sirenas y señales rotativas luminosas.
- No respetar fila cuando haya congestionamiento de vehículos o penetrar con el vehículo en una intersección o en un paso si la situación de la circulación es tal que previsiblemente puede quedar deteniendo en forma que impide u obstruya la circulación transversal.
- No disminuir la velocidad en zonas restringidas como colegios, escuelas, hospitales, centros deportivos, mercados y zonas 30.
- Sobrepasar a otro vehículo en bocacalle.
- Colocarse en carril que no le corresponde en bocacalle para iniciar la marcha.
- Aumentar la velocidad cuando otro vehículo trate de sobrepasar.
- Circular, rebasar o cruzar la doble línea amarilla central que divide la vía en doble sentido de circulación.
Control
- No atender la indicación realizada por la autoridad que se encuentre gestionando el tráfico en las vías.
- No inscribir en el Registro Público de Vehículos los documentos de propiedad, transferencia o tenencia legítima del vehículo en el término que la ley establece.
- Conducir con licencia inadecuada al tipo de vehículo.
- Circular con placas de vendedor de vehículos cuando no están en venta.
- Circular vehículos con placas extranjeras sin el permiso correspondiente o después del reglamentario.
- Trasladar cadáveres sin autorización de la autoridad correspondiente.
Estacionamiento
- Estacionarse formando doble fila.
- Estacionarse en curvas, redondeles, bocacalle y trechos angostos.
Obstrucción del paso
- No respetar el derecho de vía o interceptar la vía.
- No mover un vehículo u objeto que obstruya el libre tránsito, producto de un siniestro vial, siempre que solo existan daños materiales y/o daños personales leves o por otras razones que la autoridad competente estime conveniente.
Seguridad vial
- No conceder el paso a peatones que se encuentren en peligro.
- Circular más de una persona en el asiento del conductor.
- No respetar las señales de precaución cuando hay trabajos de construcción en las vías públicas.
- No dar luz baja al encontrar otro vehículo en sentido opuesto.
- Carecer de espejo retrovisor y espejos laterales izquierdo y derecho.
- Carecer de luz de freno.
- Bajar o subir pasajeros en lugares no permitidos o esquinas.
- Girar a la izquierda donde no es permitido.
- No utilizar el conductor cinturón de seguridad.
- Permitir el conductor de un vehículo automotor que sus acompañantes viajen sin utilizar el cinturón de seguridad.
- Circular vehículos de tracción humana o animal, con ruedas metálicas por carreteras pavimentadas así como conducirse por vías urbanas de gran circulación, con tractores agrícolas, vehículos para construcción y montacargas.
- Detenerse sobre las zonas de seguridad peatonal.
- No ceder el paso a los peatones que se encuentren cruzando por la vía de seguridad peatonal.
- No conceder el paso a ciclistas que transiten sobre la vía pública.
- No respetar la zona de la vía pública destinada para la circulación de las bicicletas.
- Sujetarse a otro vehículo en marcha mientras se conduce una bicicleta o motocicleta.
- No respetar los dispositivos de seguridad colocados en las zonas de control temporal de tráfico por la autoridad competente.
- Alterar las condiciones técnicas de toda clase de vehículos y motocicletas así como colocar bazucas o cualquier tipo de dispositivo que pueda generar contaminación visual o auditiva.
- Conducir vehículos con exceso de carga a su capacidad o carga voluminosa mal acondicionada.
MUY GRAVES: MULTAS DE $150
Circulación
- Retroceder o efectuar maniobras en vías de mucho tránsito.
- Conducir en sentido contrario salvo cuando se sobrepase a otro vehículo en las zonas y momentos permitidos.
- Circular a mayor velocidad que la reglamentaria.
- Disputarse la vía con otro vehículo.
- Sobrepasar a otro vehículo en curvas, puentes, trechos angostos o aproximaciones a ellos.
- No respetar el carril reglamentario al virar a la izquierda.
- Abandonar el vehículo por desperfectos en vías públicas por más de 24 horas.
- Sobrepasar a alta velocidad un microbús, un bus o microbús escolar cuando esté estacionado subiendo o bajando pasajeros.
- Circular vehículos automotores sobre aceras, carriles auxiliares, hombro de carretera, ciclovías, zonas prohibidas o en lugares y/o horarios no permitidos por medio de resolución emitida por las direcciones generales de Tránsito, Transporte Terrestre o Transporte de Carga del Viceministerio de Transporte.
- Circular en motocicletas sobre aceras, ciclovías cuando su cilindrada de motor sea mayor de 50 centímetros cúbicos, hombro de carretera, en el borde izquierdo en vías de doble sentido o en zonas prohibidas o en lugares y/o horarios no permitidos por medio de resolución emitida por la Dirección General de Tránsito.
Control
- Circular con las placas no visibles, colocar objetos cubiertas o protectores sobre la placa, luces o cualquier otro elemento que obstaculice su visibilidad.
- Circular con una placa.
- No portar las placas en la forma o el lugar adecuado, de acuerdo a lo establecido en el reglamento.
- Conducir el vehículo con placas que pertenecen a otro.
- Circular sin placas o con placas que no corresponda a la emisión vigente.
- Circular con placas falsificadas.
- No coincidir alguna de las series de VIN, chasis grabado y motor con las que constan en la tarjeta de circulación, y/o modificar las características técnicas del vehículo sin previa autorización, las cuales serán detalladas en el reglamento respectivo.
- No coincidir las características físicas del vehículo con las que constan en la tarjeta de circulación.
- Intentar sobornar a las autoridades competentes.
Estacionamiento
- Conducir vehículos, cuadriciclos, motocicletas, tricimotos y cuadrimotos en las playas y en sitios no autorizados.
- Circular en el carril izquierdo de la vía sin ir sobrepasando.
- Conducir sin estar autorizado.
- Conducir estando suspendida la licencia.
- Conducir estando cancelada la licencia.
- Conducir con licencia falsificada o suplantar al propietario de la licencia.
- Negarse a presentar los documentos de tránsito a la autoridad competente.
- Estacionarse en zona prohibida o eje preferencial.
- Estacionarse en paradas de buses.
- Estacionarse en zona de carga en horas restringidas.
- Estacionarse en zona de seguridad señalizada, como zonas accesibles o inclusivas.
- Estacionarse sobre la acera.
- Estacionarse frente a entradas principales de edificios públicos, teatros, hoteles, bancos, hospitales, frente a cochera que no le corresponda u obstruyendo accesos vehiculares.
- Efectuar reparaciones en vías públicas de manera permanente.
Seguridad vial
- Circular con las luces apagadas en horas nocturnas o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan la visibilidad.
- Circular en la ciudad o carreteras con vehículos que tengan instalados dispositivos luminosos, barras LED u otros similares que no sean de fábrica, que puedan afectar la visibilidad de los demás conductores y en caso de tenerlos de fábrica utilizarlos en la vía pública.
- Conducir con el motor apagado o en neutro.
- No respetar la señal vial de alto o de ceder el paso.
- No respetar la luz roja del semáforo.
- Sobrepasar un vehículo cuando otro venga en dirección opuesta y dicha maniobra cause peligro.
- Conducir vehículos con sistema de frenos en mal estado.
- Utilizar la vía pública para competencias automovilísticas sin autorización.
- Conducir el vehículo bajo los efectos de bebidas embriagantes, estupefacientes o enervantes, sin perjuicio del grado de alcoholemia o el grado de intoxicación o sustancia consumida.
- Negarse a la realización de pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol, drogas, estimulantes o estupefacientes u otras sustancias análogas. Sin perjuicio de otras consecuencias jurídicas establecidas en la presente ley.
- No respetar o atender señales del personal autorizado que se encuentre realizando en la vía pública.
- Conducir manipulando o haciendo uso de celular, radio de comunicación, agenda de cualquier clase, dispositivo o aparato electrónico, así como sosteniendo en las manos, dedos o llevando entre los brazos o sobre las piernas animales o cualquier otro objeto que dificulte el manejo, limite la visibilidad u ocasione o posibilite la distracción en el conductor.
- Conducir motocicletas sin utilizar anteojos protectores cuando el casco no tenga protector cortaviento.
- Circular después de las 18:00 y antes de las 6:00 del día siguiente sin que el motociclista y/o su acompañante usen chalecos o chaquetas reflectantes visibles.
- Circular el conductor de motocicleta sin casco certificado.
- Circular el acompañante sin casco certificado.
- Conducirse más de dos personas en una motocicleta.
- Conducir vehículos con niños menores de cinco años de edad, sin que utilicen una silla de retención infantil debidamente instalada en el vehículo y/o transportar menores de 12 años de edad dentro de la cabina del vehículo en la parte delantera.
- Ocasionar siniestros viales por desperfectos mecánicos.
- Retirarse el involucrado del lugar de un siniestro vial, para evadir cualquier responsabilidad por el siniestro ocasionado.
- Pintar sobre la red vial sin previa autorización, así como dañar, remover o inutilizar las señales viales o dispositivos viales.
- Instalar dispositivos o sirenas rotativas luminosas en vehículos no autorizados.
- Modificar sin autorización los motores para aumentar su capacidad de velocidad.
- Facilitar o prestar la placa o las placas de vehículos para que la utilice otro.
Medio ambiente
- Circular por las vías terrestres del país con vehículos automotores que utilicen o contengan más de 13 milésimas de gramo de plomo por litro de combustible como aditivo.
- Remover el sistema de control de emisiones.
- Sobrepasar el límite de emisiones de gases permitido.
- Circular con el sistema de control de emisiones en mal estado de funcionamiento.
- No portar el documento que haga constar que se ha efectuado la revisión técnica vehicular.
Política
El Salvador se prepara para elecciones generales a un año de los comicios
Dentro de un año los salvadoreños volverán a escribir un nuevo capítulo en la historia democrática del país, eligiendo al presidente y vicepresidente de la república que gobernarán en los siguientes seis años, de 2027 a 2033.
En esa misma jornada electoral, la ciudadanía también podrán elegir la representación política de los 60 escaños que conforman la Asamblea Legislativa, así como la renovación de los 44 Concejos Municipales Plurales que administran los 262 distritos a escala nacional.
La unificación de las elecciones para 2027 quedó normada el 31 de julio de 2025 por el Congreso a través de reformas a la Constitución de la República [artículos 75, 80 incisos 1°, 2° y 3°; y artículos 133, 152 y 154] con el fin de ordenar y homologar el ciclo electoral.
Estas enmiendas fueron aprobadas con 57 votos, en la sesión plenaria ordinaria 66, y ratificadas en la plenaria 67, «con el objetivo de actualizar el sistema electoral para fortalecer la democracia, optimizar recursos públicos y alinear las reglas con la voluntad popular», comunicó el Órgano Legislativo.
Los cambios a la Carta Magna dan un componente novedoso a las próximas elecciones, pues se habilitó la reelección presidencial indefinida sin menoscabar la voluntad democrática y soberana de los ciudadanos para escoger libremente a gobernantes.
Tampoco limita la participación de ninguno de los 11 partidos políticos que según el Tribunal Supremo Electoral [TSE] están, a la fecha, legalmente inscritos para competir en los comicios.
Estos son Nuevas Ideas, Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional [FMLN], Alianza Republicana Nacionalista [ARENA], Partido de Concertación Nacional [PNC], Partido Demócrata Cristiano [PDC], VAMOS, Gran Alianza por la Unidad Nacional [GANA], Democracia Salvadoreña [DS], Fuerza Solidaria [FS], Fraternidad Patriota Salvadoreña [FPS] y el Partido Independiente Salvadoreño [PAIS].
Con los cambios a la Constitución ahora la elección presidencial se definirá en primera vuelta, tras ser derogado el balotaje o segunda vuelta; además, quedó establecido que el período presidencial se prolongue a seis años. En 2027 iniciará el primer sexenio presidencial.
«Cada segunda vuelta electoral cuesta al Estado aproximadamente $50 millones», explicó durante la discusión de las reformas constitucionales Ana Figueroa, diputada de Nuevas Ideas.
MÁS DE $172 MILLONES HAN SIDO DESTINADOS PARA LAS ELECCIONES
Para el desarrollo de las elecciones generales del 28 de febrero de 2027, la Asamblea Legislativa aprobó en diciembre anterior asignar al TSE $125.4 millones, además de $46.7 millones para financiar el voto desde el exterior, que será mediante un sistema de votación remota por internet y de forma presencial en embajadas, consulados u otras sedes habilitadas por el TSE. Dichos recursos serán utilizados en logística, tecnología y para el escrutinio.
Del total asignado, $56 millones servirán para el soporte del escrutinio de las Juntas Receptoras de Votos (JRV), transmisión, procesamiento y divulgación de los resultados.
Los cambios a la ley superior también fueron acatados por el TSE, que informó que los mismos permiten al país un ahorro acumulado de hasta $560 millones en procesos electorales, ya que pasará de 13 a nueve eventos en un periodo de 25 años.
Según los registros del TSE, el padrón electoral ya supera los 6 millones de salvadoreños, de los cuales 932,316 residen en el extranjero, una cifra que creció en casi 200,000 respecto al último proceso comicial de 2024, para el cual el padrón cerró con 6,214,399; de estos, 741,094 eran residentes en el extranjero, según datos de la memoria de labores del organismo colegiado.
En el caso de los connacionales que hagan uso de la votación remota por internet, podrán comenzar un mes antes del día establecido por el TSE para la elección que se desarrollará en el país, es decir, el 30 de enero, según lo establece el artículo 16 de la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero.
Para los salvadoreños en el exterior que utilicen la votación electrónica presencial, será continua; es decir, iniciará a las 7 de la mañana y concluirá a las 5 de la tarde, según el horario del centro de votación designado por el tribunal en el extranjero.
Política
Tome nota: Quedan 12 días para actualizar dirección en DUI
Los ciudadanos tienen 12 días, a partir de hoy, para efectuar modificaciones en la dirección de residencia que aparece en el Documento Único de Identidad (DUI), de cara a las elecciones generales que se realizarán el 28 de febrero de 2027, según ha dado a conocer el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
«Si te mudaste recientemente, actualiza tu dirección en el DUI para que puedas votar más cerca de tu nuevo hogar. Realiza el trámite en cualquier duicentro del país», indicó la institución a través de sus diferentes plataformas de redes sociales.
El tribunal reiteró a la ciudadanía que tiene como plazo límite el 27 de febrero próximo para realizar los respectivos cambios en el documento.
«Si quieres votar más cerca de tu casa aún estás a tiempo», enfatizó el ente electoral.
El Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) también desarrolla jornadas móviles en el extranjero para dar oportunidad a que los connacionales realicen actualización de la dirección.
El TSE también ha comunicado los avances de las etapas del ciclo electoral salvadoreño, del que detalló que en este momento se ejecuta la segunda fase de este período.
«Esta etapa está compuesta por seis fases claves, diseñadas para organizar, supervisar y garantizar que cada salvadoreño dentro y fuera del país sea el protagonista de un proceso electoral moderno y eficiente», indicó.
LAS FASES DEL PROCESO ELECTORAL
Para tener una mejor comprensión de las seis fases claves a las que el TSE ha hecho referencia, estas han sido organizadas de la siguiente forma: logística y preparación de los centros de votación en el país; sigue la etapa de instalación de la Juntas Receptoras de Votos (JRV) y apertura de los centros de votación que serán habilitados en instalaciones previamente anunciadas por la institución a escala nacional.
En tercer lugar está la apertura de votación en el territorio nacional; después viene la observación electoral, que estará a cargo de las entidades y organismos nacionales e internacionales debidamente acreditados por el tribunal.
Luego viene el escrutinio, la transmisión y divulgación de los resultados preliminares; y finalmente, la recolección y traslado de las actas y el material electoral que será destinado para el evento.
Política
La CCR finalizó auditorías de todos los ministerios
Como parte del balance del primer año de gestión, el presidente de la Corte de Cuentas de la República (CCR), Wálter Sosa, informó que concluyeron las auditorías de todos los ministerios del Gobierno central, y están al día los procesos en cada institución.
El funcionario señaló que es la primera vez en el ente contralor estatal que se alcanza dicho resultado. Destacó que se ha procurado fortalecer la eficiencia de las acciones para transparentar el uso de los fondos públicos.
«Quiero resaltar que, por primera vez, la Corte de Cuentas de la República realizó auditorías financieras a la totalidad de los ministerios del Gobierno central, dejándolos auditados hasta el año 2024. Para lograrlo, nuestros equipos de auditoría ejecutaron más de 100 acciones de control», explicó Sosa en entrevista con «Diario El Salvador».
Agregó que, desde el 7 de febrero de 2025, el trabajo institucional se ha enfocado en tres líneas estratégicas: garantizar la independencia de las auditorías y juicios de cuentas, modernizar los procesos de fiscalización y fortalecer las alianzas para la prevención de la corrupción.
«Este esfuerzo marca un antes y un después en la fiscalización del país, ya que la CCR tendrá una presencia concurrente en estas entidades para asegurar la transparencia y el uso adecuado de los fondos públicos», dijo el presidente de la CCR.
También manifestó que consolidan los datos para presentar la estadística recabada en la próxima entrega del informe de labores.
Recordó que durante su primer año al frente de la institución concluyeron el Plan Masivo de Fiscalización Municipal, y confirmó que están 100 % auditadas hasta 2024.
Por otra parte, dijo que otro de los logros de la actual gestión contralora es que, de manera transversal, se fortaleció la gestión administrativa con la creación de la Dirección Anticorrupción y el trabajo articulado con instituciones como la Fiscalía General de la República, la Procuraduría General de la República, el Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría, entre otras entidades.
Enfatizó que continuarán el trabajo para reforzar la independencia y asegurar el cumplimiento legal y técnico en todos los procesos de auditorías financieras y de gestión, exámenes especiales y juicios de cuentas.




