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Judicial

Hombre queda en libertad al pagar $13 mil en concepto de manutención de sus tres hijos

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En marzo del año 2001, a sus 21 años, María (nombre cambiado por protección) decidió casarse con David C., el padre de su primer hijo y de quien quedó embarazada tras haber entablado varios años de noviazgo, luego de que su hermano se lo presentara como uno de sus mejores amigos.

En un primer momento, María recibía ayuda por parte de quien creía que era el amor de su vida. Esto pese a que él no trabajaba, pues obtenía dinero por parte de su progenitora –suegra de María-. A pesar de esa dificultad económica, él le propuso que renunciara para poder cuidar al bebé.

La pareja procreó a dos hijos más, por ende ya eran tres, quienes actualmente tienen 16, 14 y nueve años de edad.

Según el expediente judicial, María señaló que David siempre estuvo acostumbrado a tener cierto nivel de vida. Así, era aficionado al polígono de tiro, corría vehículos de carrera en la pista de El Jabalí, surfeaba, visitaba restaurantes en centros comerciales, entre otras actividades.

En 2005, la empresa de la madre de David sufrió una crisis. Se vino abajo, por lo que el hombre dejó de aportar económicamente al hogar por no tener la ayuda de su progenitora. Esto no fue obstáculo para continuar con las salidas y las fiestas, según señala María.

El sujeto continuaba con su actitud de no trabajar ni aportar a la casa, además no apoyaba con los oficios domésticos. María se sentía cansada por todo lo que estaba viviendo, pero pese a ello intentó luchar por su matrimonio.

La afectada asegura que ella programó un viaje a Miami, Estados Unidos, junto a su entonces esposo, en el que ella pagó todo, desde los boletos hasta la estadía y la alimentación. Era una especie de luna de miel que no habían tenido desde que se casaron, pues la unión civil fue hecha en el despacho de una abogada-notaria.

Para María, ese viaje fue un momento clave para recapacitar. Su molestia incremento cuando se dio cuenta de que en la vivienda en donde se encontraban los hijos de ambos les habían cortado la energía eléctrica, cosa que no era nueva. La mujer asegura que David no pagaba los servicios básicos, por lo que debían afrontar esa problemática de buscar la reconexión del agua, y de la luz, por ejemplo.

El divorcio

El detalle de la falta de la luz eléctrica en su vivienda fue lo que le dio el impulso a María para dar el paso para solicitar el divorcio.

En ese proceso, la afectada denunció que su esposo había ejercido violencia intrafamiliar en su contra y que desde su separación -en el año 2008- no había querido abandonar la casa que era propiedad de María. En su denuncia sostuvo que David le revisaba la cartera, la computadora, la ropa interior, la seguía hacia su trabajo para ver qué es lo que hacía o con quien andaba.

El abogado de la afectada pidió al juez la exclusión del hogar en contra de David, pues se negaba a abandonarla, justificando motivos religiosos.

Luego de 10 años de haber compartido juntos, el 22 de junio de 2010, el juez de Familia de Santa Tecla decretó el divorcio entre María y David. En el documento se plasmó que el padre debía contribuir económicamente con sus hijos, por lo que aportaría $450  mensuales, dicha cuota de alimentos contemplaba el pago de $240 mensuales en concepto del colegio de los niños y los restantes para alimentación, más el pago de una cuota de alimentos extra en el mes de diciembre en concepto de aguinaldo.

Además, se estableció en una audiencia el régimen de visita del padre, bajo una custodia compartida.

Según el expediente judicial, hubo un incumplimiento en el aporte de la cuota alimenticia. Además, había una mora considerable en el colegio de los niños, mismos que eran notificados a través de cartas y correos electrónicos por el centro de estudios. Incluso, en varias ocasiones, los niños no eran recibidos en la institución por la deuda escolar.

Las irresponsabilidades tras el divorcio

Por orden del juez, David fue excluido del hogar familiar, por lo que tuvo que abandonar de inmediato el inmueble que le pertenecía a María, mismo que en ese 2010 tuvo que vender para poder pagar varias deudas.

Según el expediente judicial, a partir del año 2011, ya divorciados, David dejó de cumplir con el pago de la cuota de alimentos ordenado por el Juzgado de Familia de Santa Tecla. Con ello también dejó de cancelar las cuotas colegiales de sus hijos.

Debido a que David no canceló a su totalidad la cuota alimenticia sino de manera parcial, en 2015 él ya tenía una deuda de $13,893.

En febrero de 2016, lo adeudado ya ascendía a $18,989 y todo era porque se excusaba que no tenía trabajo o que laboraba esporádicamente, pero su estilo de vida no lo dejó de lado. Siempre realizaba actividades costosas.

La Fiscalía General de la República (FGR) presentó una serie de fotografías para argumentar como prueba en el momento en que se desarrolló el proceso judicial. En el documento, se observa a David sobre jet ski, recibiendo un premio tras correr en la pista de El Jabalí, en actividades con sus amigos, entre otras.

A raíz de que en el Juzgado 3° de Familia de San Salvador ya había un proceso en su contra por el delito de violencia intrafamiliar, además se determinó que sí tenía  ingresos económicos para hacer los pagos de la cuota alimentaria, pero él no había hecho efectivo su compromiso.

El proceso en tribunales

A mediados de 2015, María acudió al Juzgado de Familia de Santa Tecla para reclamar el pago de los alimentos de sus hijos a través de la ejecución de sentencia.

Según el documento judicial, el 26 de abril de 2016, al no lograr que David pagara la cuota de alimentos, ese juzgado remitió el caso a la FGR para que se iniciara el proceso por el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia económica, basado en el artículo 201 del Código Penal.

En 2015, ese mismo artículo fue reformado, por lo que a partir de esa fecha contempla como castigo entre dos a cuatro años de prisión como pena máxima, por lo que hoy sí es posible que una persona que no cancele la manutención de sus hijos vaya a la cárcel.

El proceso inició en el Juzgado II de Paz de Santa Tecla y el 27 de junio de 2017 David fue sobreseído definitivamente por el Juzgado II de Instrucción de Santa Tecla en la audiencia preliminar.

Sin embargo, cinco meses después –el 6 de noviembre- la Cámara de lo Penal de la 4° Sección del Centro revocó esa decisión y ordenó la audiencia especial para admitir la acusación.

El 11 de diciembre de 2017 fue desarrollada la audiencia ordenada por la Cámara, en donde David fue enviado a juicio y fue el Tribunal 1° de Sentencia del Centro Integrado tecleño el que envió a prisión al acusado.

David recibió una pena de tres años y seis meses de cárcel, por no haber cancelado la deuda de $13, 893.34 a sus tres hijos menores de edad, en el periodo de 2010 a 2015. Por su irresponsabilidad fue recluido en el centro penal La Esperanza, conocido como Mariona.

Sin embargo, el abogado de David para que este dejara la prisión se respaldó en el artículo 206 del C.P. para una excusa absolutoria, es decir que una vez que cancelara lo adeudado salía de la cárcel. Y así fue, en un solo día -el 7 de junio de este 2018- logró pagar los más de $13,893 con ayuda de amigos y familiares.

El 27 de junio de 2018 David recobró su libertad, pero aún queda pendiente una deuda de $5,093 que cubre el periodo restante hasta la fecha (2016 a 2018), de no cancelarlo podría ser procesado nuevamente.

Por: El Salvador Times.

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Judicial

Sujeto recibe 20 años de prisión por intentar asesinar a su compañera de vida

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Rodrigo Alejandro González Franco fue condenado a 20 años de prisión por intentar asesinar a su compañera de vida, informó la Fiscalía General de la República (FGR).
El fallo fue emitido por el Juzgado Especializado de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de San Salvador, a solicitud presentada por la Fiscalía.

El hecho ocurrió el 7 de marzo de 2026, cuando González Franco llegó a la vivienda de la víctima, ubicada en una comunidad del distrito de Ilopango, municipio de San Salvador Este.

De acuerdo con lo establecido durante el proceso, González Franco comenzó a ingerir bebidas alcohólicas y, minutos después, golpeó en varias ocasiones a su compañera de vida. Esta conducta fue calificada durante el juicio penal como feminicidio agravado tentado.

Las pruebas presentadas por el Ministerio Público también establecieron que el ahora condenado intentó asfixiar a la víctima. Sin embargo, la hija de ella intervino para poner fin a la agresión.

Posteriormente, la víctima y sus familiares acudieron a interponer la denuncia ante la Policía Nacional Civil (PNC), lo que permitió la captura de González Franco en el término de flagrancia.

Semanas después, la Fiscalía inició el proceso penal en un juzgado de paz de Ilopango, mientras que la fase de instrucción fue conocida por juzgados especializados de la mujer.

«Durante el proceso judicial, la representación fiscal presentó elementos probatorios que fueron contundentes para demostrar la vinculación del imputado con los hechos atribuidos», publicó el Ministerio Público.

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Judicial

Cárcel para sujeto que ingresaba a hurtar a hospitales

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Omar Iván Alfaro Cruz fue condenado a 12 años de prisión por el delito de hurto agravado y al pago de $1,000 en concepto de responsabilidad civil, informó la Fiscalía General de la República (FGR).

De acuerdo con la investigación realizada por la Fiscalía, Alfaro Cruz se hacía pasar como paciente o acompañante para sustraer objetos de valor de empleados o del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).

El condenado aprovechaba que el personal se encontraba realizando sus labores para hurtar teléfonos celulares y otros objetos de valor que permanecían a la vista.

Uno de los hechos ocurrió el 2 de mayo de 2025, cuando ingresó al Hospital Médico Quirúrgico, en San Salvador. Al llegar al área de Neumología, esperó a que ocurriera una emergencia para hurtar una tablet propiedad del ISSS.

La sentencia condenatoria fue dictada durante un juicio sumario por el Juzgado Décimo Segundo de Paz de San Salvador. Este procedimiento permitió agilizar el desarrollo del juicio.

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Capturan en Ciudad Arce a un hombre que lesionó con un corvo al vecino que defendió a su compañera de vida

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La Policía Nacional Civil capturó en Ciudad Arce, La Libertad Centro, a José María Aguilar Cortez, de 41 años, señalado de atacar con un corvo a un vecino y provocarle una lesión en un brazo. Según las autoridades, el hecho ocurrió cuando Aguilar Cortez agredía a su compañera de vida: el vecino escuchó el alboroto, se acercó e intervino para defenderla, y fue entonces cuando recibió el ataque.

El detenido fue interceptado en ese distrito. No se han divulgado la identidad del vecino ni la de la mujer, ni el centro al que pudo haber sido trasladado el lesionado. La versión oficial ubica la agresión en La Libertad Centro y la captura en Ciudad Arce.

Aguilar Cortez tiene antecedentes por amenazas en 2008, lesiones en 2011 y 2020, y lesiones agravadas en 2012. En este caso será remitido por lesiones agravadas. También se evalúa sumarle violencia intrafamiliar en perjuicio de su compañera de vida. El proceso queda en manos de la Fiscalía.

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