Connect with us

Judicial

En el tema de plazos judiciales, juez Antonio “Toni” Durán contradice a Sala de lo Constitucional y produce incertidumbre entre litigantes

Publicado

el

Un abogado consultado por este medio, quien pidió reserva de su nombre, en virtud que no quiere tener represalias como litigante, analizó lo expuesto por el Juez Antonio “Toni” Durán, quien cumple un interinato en uno de los tribunales de Segunda Instancia de la capital, quien publicó este día en su cuenta de la red social Facebook, un criterio relacionado a los plazos judiciales, en el cual contradice los últimos pronunciamientos de la Sala de lo Constitucional, así como la disposición transitoria de suspensión de plazos administrativos.

A su consideración, lo expuesto por el juez “únicamente abona a la incertidumbre y ansiedad que se ha provocado en toda la población, especialmente en los usuarios del sistema judicial y en quienes tienen
trámites administrativos pendientes o en suspenso. Esto suma a los conflictos que se han visto entre Poderes del Estado durante las últimas semanas durante la pandemia mundial por el virus covid-19.”

Precisamente en su publicación, el citado juez, refiriéndose a los plazos judiciales afirmó que “jurídicamente, están corriendo desde el lunes 25 (de mayo). Los jueces no podemos suspender los plazos judiciales en cada
caso concreto”. A criterio del abogado consultado, esta es una publicación de graves consecuencia legales, porque muchos funcionarios judiciales confunden lo que es la “independencia judicial” con una conducta
que más bien es de “matonería jurídica” o “soberbia intelectual”, pues hay una serie de instrumentos con fuerza legal que se han referido a la situación de congelamiento de plazos judiciales y administrativos.

Evitar una crisis institucional y la inseguridad jurídica para usuarios del sistema judicial y litigantes, con respecto a los plazos judiciales en recursos o solicitudes que pudieran vencerse en momentos en que todo el país está inmerso en una cuarentena que limita por razones sanitarias los desplazamientos y requiere de distanciamiento social, motivó al fiscal general Raúl Melara, a solicitar con suficiente antelación a mantener
suspendidos los plazos legales y judiciales. Es así, que el 22 de mayo del presente año, la Asamblea Legislativa aprobó una disposición transitoria que permite suspender plazos judiciales y procesales de cualquier materia, ya sea civil, penal o mercantil, hasta el 29 de mayo de 2020, pues la normativa vigente vencía el 24 de mayo.

Esto desde el análisis del abogado entrevistado, es además de un esfuerzo integrado y articulado por conservar en todos los ámbitos del Estado de Derecho, una acción que evita más desgaste para el Órgano
Judicial, pues al existir una norma jurídica general, no habrá necesidad que los jueces y tribunales tengan que calificar cada caso en particular, pues no podemos olvidar que “al impedido con justa causa no le corre
término” pues toda la población se encuentra limitada en sus movimientos con el interés de ir bajando los contagios del virus.

Por eso cuando el juez Durán, en su misma publicación manifiesta: “La CSJ ya giró instrucciones para las notificaciones electrónicas e incluso se han estado recibiendo escrito vía correo electrónico”.

Según el abogado consultado, esto “es muy peligroso, pues hasta la fecha he revisado todos los medios de divulgación de la Corte Suprema de Justicia, y no he encontrado nada en tal sentido. Todos hemos conocido que se giraron instrucciones para que los jueces y tribunales siguieran ejerciendo sus funciones en todos aquellos casos donde la confluencia de otros derechos fundamentales como la libertad de los procesados, no puede afectarse, así como hemos visto a la Sala de lo Constitucional, enfocada en procesos constitucionales relacionadas con derechos que tengan especial sensibilidad durante la Pandemia del COVID-19”, explicó.

Esta no es la primera polémica generada por el juez Durán contra el Gobierno, pues hace unos días también retó al presidente de la República, Nayib Bukele, ante un conflicto generado sobre el cumplimiento de una
resolución de la Sala de lo Constitucional y el Gobierno de la República. Y cerró su publicación dejando entre ver que la actitud del presidente le podía constar en efectos legales, diciendo que la justicia podía tardar
pero llegaría.

Unos días después se corrió el rumor que mencionaba el intento de los partidos de oposición en la Asamblea Legislativa para promover antejuicio contra el presidente Bukele. “Esperamos que las posiciones que está adoptando al juez Durán, que no debemos olvidar su investidura y la imparcialidad en su función, no tengan intereses políticos, pues no hay que dejar de lado, las relaciones cercanas de índole familiar del Juez, con personajes de la alta dirigencia del partido FMLN, como es Walter Durán, quien entre otros cargos fue embajador y representante diplomático en varios países, entre ellos China”, recordó el litigante.

Finalmente, para el abogado, la actitud del juez Durán de realizar una crítica política y considerarse un paladín del derecho al decir que como “funcionarios se deben a la ley”, pero hace lo contrario, primando su
criterio frente a la postura institucional. Y recomendó a todos los usuarios y abogados que tienen casos en el tribunal donde imparte justicia el juez que verifiquen la situación y si ha realizado algo contrario a la ley, procedan si es necesario inclusive haciendo las denuncias pertinentes.

Continuar Leyendo
PUBLICIDAD
Publicidad

Judicial

Pandillera del Barrio 18 condenada a 20 años de prisión por extorsión

Publicado

el

El Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador impuso 20 años de prisión a Silvia Guadalupe Barahona Ramos, miembro de la pandilla Barrio 18, por el delito de extorsión agravada.

Según el informe judicial, Barahona llegó al negocio de la víctima exigiendo dinero bajo amenazas de atentar contra su vida o la de su familia. La persona entregó el dinero, pero de inmediato interpuso la denuncia.

La detenida fue capturada en el marco del Régimen de Excepción y actualmente enfrenta procesos por otros delitos.

Continuar Leyendo

Judicial

Mujer recibe 30 años de cárcel por no auxiliar a su recién nacido tras caer en fosa séptica en Cuscatlán

Publicado

el

El Juzgado de Sentencia de Cojutepeque condenó a 30 años de cárcel a María Antonia Preza Hernández por el delito de homicidio agravado bajo la figura de comisión por omisión, luego de no auxiliar a su recién nacido tras caer en una fosa séptica.

Según la investigación fiscal, los hechos ocurrieron el 30 de marzo de 2024 en Monte San Juan, Cuscatlán Sur. La mujer, que estaba en labor de parto, no solicitó ayuda a sus familiares y tras el nacimiento de la bebé, no intentó salvarla, sino que limpió la escena y se retiró.

El cuerpo de la recién nacida fue descubierto tres días después por familiares. La autopsia del Instituto de Medicina Legal confirmó que la bebé nació con vida y que la causa de su muerte fue asfixia por obstrucción de vías respiratorias.

El tribunal consideró que Hernández incumplió con su deber de auxilio, tipificando su conducta como comisión por omisión, lo que derivó en la condena máxima impuesta por el Juzgado de Sentencia de Cojutepeque.

Continuar Leyendo

Judicial

Pastor evangélico es condenado por agresión sexual a menor en La Libertad

Publicado

el

Rafael Antonio Gómez Castillo fue condenado a 12 años de prisión por agredir sexualmente a una niña de ocho años durante el 2024 en Sacacoyo, departamento de La Libertad.

Según las investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR), la víctima sufrió maltratos físicos y psicológicos de su madre, al punto que la dejaba varios días encerrada en la vivienda o abandonada en la calle.

«La menor buscaba refugio y comida en la casa de Rafael Gómez, por el lazo familiar; sin embargo, él se aprovechó de la situación y del vínculo que tenía con la niña para abusar de ella en reiteradas ocasiones», señaló la institución.

Ambos se desempeñaban como líderes religiosos de una iglesia de donde fueron expulsados tras darse a conocer los maltratados que ejercían contra la niña.

Los abusos a los que la víctima era sometida fueron denunciados ante las autoridades por otro familiar cercano.

«Gracias a los elementos de prueba documental, pericial y testimonial que presentó la FGR ante el Tribunal Segundo de Sentencia de Sonsonate, se logró demostrar la participación de los imputados en los hechos antes mencionados», informó el ministerio público.

Es así como como Gómez Castillo fue sentenciado por el delito de agresión sexual o menor o incapaz agravada en modalidad continuada.

Continuar Leyendo

Publicidad

Lo Más Leído