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Judicial

En el tema de plazos judiciales, juez Antonio “Toni” Durán contradice a Sala de lo Constitucional y produce incertidumbre entre litigantes

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Un abogado consultado por este medio, quien pidió reserva de su nombre, en virtud que no quiere tener represalias como litigante, analizó lo expuesto por el Juez Antonio “Toni” Durán, quien cumple un interinato en uno de los tribunales de Segunda Instancia de la capital, quien publicó este día en su cuenta de la red social Facebook, un criterio relacionado a los plazos judiciales, en el cual contradice los últimos pronunciamientos de la Sala de lo Constitucional, así como la disposición transitoria de suspensión de plazos administrativos.

A su consideración, lo expuesto por el juez “únicamente abona a la incertidumbre y ansiedad que se ha provocado en toda la población, especialmente en los usuarios del sistema judicial y en quienes tienen
trámites administrativos pendientes o en suspenso. Esto suma a los conflictos que se han visto entre Poderes del Estado durante las últimas semanas durante la pandemia mundial por el virus covid-19.”

Precisamente en su publicación, el citado juez, refiriéndose a los plazos judiciales afirmó que “jurídicamente, están corriendo desde el lunes 25 (de mayo). Los jueces no podemos suspender los plazos judiciales en cada
caso concreto”. A criterio del abogado consultado, esta es una publicación de graves consecuencia legales, porque muchos funcionarios judiciales confunden lo que es la “independencia judicial” con una conducta
que más bien es de “matonería jurídica” o “soberbia intelectual”, pues hay una serie de instrumentos con fuerza legal que se han referido a la situación de congelamiento de plazos judiciales y administrativos.

Evitar una crisis institucional y la inseguridad jurídica para usuarios del sistema judicial y litigantes, con respecto a los plazos judiciales en recursos o solicitudes que pudieran vencerse en momentos en que todo el país está inmerso en una cuarentena que limita por razones sanitarias los desplazamientos y requiere de distanciamiento social, motivó al fiscal general Raúl Melara, a solicitar con suficiente antelación a mantener
suspendidos los plazos legales y judiciales. Es así, que el 22 de mayo del presente año, la Asamblea Legislativa aprobó una disposición transitoria que permite suspender plazos judiciales y procesales de cualquier materia, ya sea civil, penal o mercantil, hasta el 29 de mayo de 2020, pues la normativa vigente vencía el 24 de mayo.

Esto desde el análisis del abogado entrevistado, es además de un esfuerzo integrado y articulado por conservar en todos los ámbitos del Estado de Derecho, una acción que evita más desgaste para el Órgano
Judicial, pues al existir una norma jurídica general, no habrá necesidad que los jueces y tribunales tengan que calificar cada caso en particular, pues no podemos olvidar que “al impedido con justa causa no le corre
término” pues toda la población se encuentra limitada en sus movimientos con el interés de ir bajando los contagios del virus.

Por eso cuando el juez Durán, en su misma publicación manifiesta: “La CSJ ya giró instrucciones para las notificaciones electrónicas e incluso se han estado recibiendo escrito vía correo electrónico”.

Según el abogado consultado, esto “es muy peligroso, pues hasta la fecha he revisado todos los medios de divulgación de la Corte Suprema de Justicia, y no he encontrado nada en tal sentido. Todos hemos conocido que se giraron instrucciones para que los jueces y tribunales siguieran ejerciendo sus funciones en todos aquellos casos donde la confluencia de otros derechos fundamentales como la libertad de los procesados, no puede afectarse, así como hemos visto a la Sala de lo Constitucional, enfocada en procesos constitucionales relacionadas con derechos que tengan especial sensibilidad durante la Pandemia del COVID-19”, explicó.

Esta no es la primera polémica generada por el juez Durán contra el Gobierno, pues hace unos días también retó al presidente de la República, Nayib Bukele, ante un conflicto generado sobre el cumplimiento de una
resolución de la Sala de lo Constitucional y el Gobierno de la República. Y cerró su publicación dejando entre ver que la actitud del presidente le podía constar en efectos legales, diciendo que la justicia podía tardar
pero llegaría.

Unos días después se corrió el rumor que mencionaba el intento de los partidos de oposición en la Asamblea Legislativa para promover antejuicio contra el presidente Bukele. “Esperamos que las posiciones que está adoptando al juez Durán, que no debemos olvidar su investidura y la imparcialidad en su función, no tengan intereses políticos, pues no hay que dejar de lado, las relaciones cercanas de índole familiar del Juez, con personajes de la alta dirigencia del partido FMLN, como es Walter Durán, quien entre otros cargos fue embajador y representante diplomático en varios países, entre ellos China”, recordó el litigante.

Finalmente, para el abogado, la actitud del juez Durán de realizar una crítica política y considerarse un paladín del derecho al decir que como “funcionarios se deben a la ley”, pero hace lo contrario, primando su
criterio frente a la postura institucional. Y recomendó a todos los usuarios y abogados que tienen casos en el tribunal donde imparte justicia el juez que verifiquen la situación y si ha realizado algo contrario a la ley, procedan si es necesario inclusive haciendo las denuncias pertinentes.

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Sujeto recibe 12 años de prisión por despojar de sus pertenencias a una víctima

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A cumplir una condena de 12 años de cárcel ha sido sentenciado José Alfredo Gómez Ramírez, quien fue declarado culpable por el delito de robo en perjuicio de una víctima, a quien despojó de sus objetos de valor.

El hecho ocurrió la tarde del 18 de enero de este año. La víctima transitaba sobre 12ª. calle poniente, entre la 1ª. avenida sur y la avenida Isidro Ménendez, en el centro de esta capital, cuando fue interceptada por Gómez Ramírez, quien la amenazó de muerte y de forma rápida la despojó de sus prendas de valor.

La víctima luego de entregar sus pertenencias huyó de la zona y buscó apoyo policial.

El sujeto fue ubicado y detenido por agentes de autoridad a los pocos minutos de la acción delincuencial. La Fiscalía presentó toda la prueba ante el Juzgado Noveno de Paz y al finalizar de la denominada audiencia de vista pública sumaria fue encontrado responsable penalmente por el mencionado delito.

Gómez Ramírez ya cumplió dos condenas carcelarias por igual número de robos que cometió en 2015 y 2020, respectivamente.

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Judicial

Ordenan captura de hombre acusado de crear material de abuso infantil

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La Fiscalía General de la República (FGR), en coordinación con la Policía Nacional Civil (PNC), realizaron un operativo para capturar a Miguel Ángel Renderos Teo, quien será procesado por generar material de abuso sexual infantil.

La investigación contra el sujeto inició luego que la Fiscalía recibió un aviso en el que se alertaba que el hombre creaba material de abuso sexual de dos menores.

El registro se realizó en Soyapango, San Salvador Este y durante el procedimiento se logró la incautación de tres dispositivos celulares que ayudarán a robustecer las investigaciones en su contra.

Además se logró identificar a las víctimas, quienes fueron asistidas por el equipo multidisciplinario de la Unidad de Atención Especializada para la Mujer, Niñez y Adolescencia (UAEMNA).

La FGR presentará al imputado en los próximos días ante las autoridades competentes.

Al hombre se le atribuyen los delitos de utilización de niñas/os, adolescentes o personas con discapacidad a través del uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICS), violación en menor e incapaz agravada y continuada, y agresión sexual en menor e incapaz agravada continuada.

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Cárcel para sujeto que violó a su pareja y la indujo al suicidio

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Obed Abraham Ruiz Campos fue condenado a 23 años de prisión por los delitos de suicidio feminicida por inducción o ayuda y violación agravada en perjuicio de una mujer en La Libertad. La sentencia fue emitida por el Juzgado Especializado de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de San Salvador.

De acuerdo con la investigación de la Fiscalía General de la República, los hechos ocurrieron el 10 de diciembre de 2024 en una vivienda ubicada en Lourdes, Colón, La Libertad Oeste. El ministerio público estableció que la víctima y el imputado mantenían una relación de pareja marcada por episodios de violencia psicológica, emocional y física.

La investigación también determinó que, en reiteradas ocasiones, Ruiz Campos coaccionó a la víctima mediante amenazas cuando consumía bebidas alcohólicas, llegando incluso a utilizar un arma blanca para obligarla a ingerir alcohol.

Según la Fiscalía, el día de los hechos el condenado consumió bebidas alcohólicas y forzó a la mujer a beber hasta que perdió el conocimiento. Posteriormente, habría abusado sexualmente de ella.

Las investigaciones señalan que la víctima presentó convulsiones y sangrado en diferentes partes del cuerpo. La Fiscalía indicó que el imputado abandonó el lugar y dejó el cuerpo durante un día. Posteriormente, presuntamente intentó alterar la escena al cambiar y lavar la ropa de la víctima antes de informar a las autoridades que la había encontrado sin vida.

Al llegar al inmueble, las autoridades observaron indicios de limpieza reciente y encontraron el cuerpo con señales de violencia física.

Durante el juicio, un informe forense concluyó que la causa de muerte fue una intoxicación alcohólica aguda. Asimismo, otras pericias determinaron la existencia de lesiones genitales compatibles con abuso sexual.

La Fiscalía presentó pruebas relacionadas con el vínculo entre el imputado y la víctima, los antecedentes de violencia y el contexto de coacción constante al que, según la investigación, fue sometida la mujer. Con base en estos elementos, la jueza impuso una pena de siete años de prisión por suicidio feminicida por inducción o ayuda y 16 años por violación agravada.

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