Judicial
Cámara anula absolución de exdirectores de Centros Penales y ordena nuevo juicio

La Fiscalía General de la República (FGR), dio a conocer ayer viernes que una Cámara de esa jurisdicción, anuló el fallo favorable con el cual fueron absueltos de cargos los exdirectores de Centros Penales, Nelson Rauda Portillo y Rodil Fernando Hernández Somoza, en septiembre de 2019.
Los magistrados también ordenaron que los imputados enfrenten una nueva vista pública a cargo de un tribunal diferente y que ya fue designado. Ambos, enfrentan los delitos de Actos Arbitrarios y Administración Fraudulenta, en perjuicio de la Administración Pública y Patrimonio de la Población Reclusa de diversos centros penitenciarios del país.
Así lo dio a conocer ayer, la Unidad Fiscal Especializada Antipandillas y Delitos de Homicidios, la cual confirmó haber recibido la notificación de la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro.
La resolución del Alto Tribunal se originó de la apelación presentada por el equipo de fiscales.
En la misma, argumentaron a los magistrados que existió una interpretación errónea, respecto a las declaraciones de testigos, por parte del Tribunal Cuarto de Sentencia.
A criterio de la FGR, en el juicio anterior, en cuanto al delito de Administración Fraudulenta no existió insuficiencia probatoria, dado que sí se presentaron los testigos pertinentes al juicio y se incorporaron las respectivas denuncias y documentos que sustentaron el mal manejo de fondos en las tiendas institucionales del sistema penitenciario.
La Cámara estableció que, con la prueba vertida en el juicio, que los fondos generados por las Tiendas Institucionales se emplearon de manera indebida. El concepto de indebido, para efectos del tipo penal se refiere a una acción o un fin distinto al que legalmente se ha destinado, siendo en el presente caso el destino legal de los fondos generados por las Tiendas, en términos generales es en beneficio de la población reclusa.
A criterio de la Cámara “se acreditó la existencia del delito y la participación de los acusados, considerando, además, que no se ofreció prueba para demostrar las autorizaciones legales para dar otro destino a los fondos. Por lo que contrario al criterio del Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, el empleo indebido se encuentra suficientemente acreditado, por la utilización fraudulenta de los fondos de las Tiendas Instituciones, cerrándose cualquier facultad discrecional”.
Respecto a los Actos Arbitrarios, se planteó en la apelación los argumentos jurídicos por medio de los cuales se establece que las actividades realizadas por los acusados sí trascienden la esfera penal y no se trataron de actos administrativos, tal como lo valoró erróneamente el Tribunal Cuarto de Sentencia.
Los magistrados resolvieron:
“Valorando en ese sentido que sí existe un cuerpo normativo específico para la actividad de las denominadas Tiendas Institucionales, y que el hecho de que no tenga calidad de ley en sentido formal y material estricto, no puede ser considerado como carente de importancia, desprovista de coercibilidad, que manda, prohíbe o permite. Lejos de eso, por tratarse de Manuales Administrativos, que sirven como medio de comunicación para transmitir información y fijar las actividades que se desarrollan respecto de determinado rubro, el grado de exigencia es especial para ciertos funcionarios en particular, lo cual reviste de especial importancia para el delito de Actos Arbitrarios”.
“… por lo tanto la decisión de Absolver a los imputados por el delito de Actos Arbitrarios, fue contraria al material probatorio que desfiló en la Vista Pública, y es el suficiente para determinar la existencia de obligaciones y prohibiciones dirigidas a los imputados debido al cargo que desempeñaron como Directores Generales de Centros Penales y que de igual forma el material probatorio se puede determinar la existencia de decisiones y órdenes adoptadas por los imputados en contravención a las funciones propias de su cargo o transgrediendo prohibiciones expresas”, indica literal parte de la resolución.
Es así como la Cámara resolvió anular la sentencia absolutoria para ambos involucrados y que fue pronunciada por el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador. Además, designó al Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador, como tribunal reemplazante para la celebración del nuevo juicio.
Finalmente, se espera que en los próximos días sea trasladada la causa penal al Tribunal, que ha sido asignado, para que programe la fecha y hora para el desarrollo de la nueva vista pública.
Judicial
Pandillera de Colón pasará seis años de cárcel

El Tribunal Cuarto Contra el Crimen Organizado condenó a seis años de prisión a Rebeca Saraí Ponce Peñalba, tras encontrarla culpable del delito de actos preparatorios, proposición y conspiración en organizaciones terroristas.
Según el expediente fiscal, los hechos ocurrieron el 14 de julio de 2022 en el cantón Hacienda Nueva, municipio de Colón, en la zona de Nuevo Lourdes. Ese día, agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) detuvieron a Ponce Peñalba junto a otras dos personas durante un control preventivo. Testigos del lugar señalaron a los detenidos como presuntos integrantes de estructuras criminales.
Durante el procedimiento, los agentes incautaron un teléfono celular a la ahora condenada. En el dispositivo se encontraron fotografías y videos en los que aparecía junto a miembros activos de la pandilla 18 Revolucionarios, e incluso se observaba a la imputada grabándolos.
El tribunal valoró las pruebas periciales y concluyó que Ponce Peñalba mantenía vínculos directos con la estructura terrorista, por lo que impuso la pena de prisión correspondiente.
Judicial
Limpiaparabrisas que intimidaban a conductores con señas de pandillas seguirán en prisión

El Tribunal Segundo Contra el Crimen Organizado ordenó que siete limpiaparabrisas y cobradores informales de parqueo permanezcan en prisión preventiva, tras ser acusados de los delitos de coacción y agrupaciones ilícitas.
De acuerdo con la Fiscalía General de la República (FGR), los imputados operaban en distintos semáforos de la capital, donde presuntamente intimidaban a conductores mediante señas alusivas a estructuras criminales. La FGR señaló que exigían dinero u objetos de valor a cambio de no causar daños a los vehículos o atentar contra sus ocupantes.
Los sospechosos fueron capturados entre el 8 y el 10 de mayo en las inmediaciones de la 25ª Avenida Norte y la Alameda Juan Pablo II, en San Salvador. Las autoridades explicaron que la investigación se desarrolló con técnicas especializadas y el apoyo de inteligencia policial.
Los detenidos fueron identificados como Julio César Aldana, Luis Alonso Ramos Molina, Maycol Javier Haslan Pavón, Kevin Alexander Navarro Méndez, José Miguel Arteaga Melgar, Ariel Francisco Montes Hernández y Héctor René Renderos Navarro.
Un informe de análisis criminal elaborado por la Policía Nacional Civil (PNC) reveló el modo de operar del grupo, cuya estructura —según las autoridades— buscaba evadir la detección policial mientras cometía los delitos.
Durante la audiencia, la jueza consideró que existen suficientes elementos indiciarios para mantener detenidos a los imputados mientras continúa la investigación.
La FGR dispone ahora de un plazo de cuatro meses para ampliar el proceso y presentar pruebas adicionales que serán evaluadas en la audiencia preliminar.
Judicial
Imponen 23 años de cárcel a sujeto por delitos sexuales cometidos en Comasagua

La Fiscalía General de la República (FGR) logró 23 años de prisión para José Remberto Ávalos por violación en menor o incapaz continuada y privación de libertad de una niña de 11 años.
De acuerdo a las investigaciones de la FGR, Ávalos cometió los abusos, el 2 de septiembre de 2020 en el cantón El Matazano, del distrito de Comasagua, en La Libertad Sur.
El sujeto, mediante engaños, persuadió a la niña para que llegara a su vivienda con la intención de recuperar el teléfono perdido de su abuela.
Al llegar al lugar, el procesado la privó de libertad y la obligó a entrar a casa donde la violó varias veces.
Posteriormente, la víctima fue amenazada por el imputado para que no escapara; sin embargo logró huir y le contó a su familia sobre los abusos sufridos.
Los familiares al enterarse interpusieron la denuncia en contra del sujeto, quien fue detenido por orden fiscal.
Gracias a los elementos de prueba, documental, pericial y testimonial que presentó la FGR ante el Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Tecla se logró establecer la participación del imputado en los abusos.
Además de la condena de cárcel, el sujeto deberá pagar $400 en concepto de responsabilidad civil.