Judicial
Cámara anula absolución de exdirectores de Centros Penales y ordena nuevo juicio
La Fiscalía General de la República (FGR), dio a conocer ayer viernes que una Cámara de esa jurisdicción, anuló el fallo favorable con el cual fueron absueltos de cargos los exdirectores de Centros Penales, Nelson Rauda Portillo y Rodil Fernando Hernández Somoza, en septiembre de 2019.
Los magistrados también ordenaron que los imputados enfrenten una nueva vista pública a cargo de un tribunal diferente y que ya fue designado. Ambos, enfrentan los delitos de Actos Arbitrarios y Administración Fraudulenta, en perjuicio de la Administración Pública y Patrimonio de la Población Reclusa de diversos centros penitenciarios del país.
Así lo dio a conocer ayer, la Unidad Fiscal Especializada Antipandillas y Delitos de Homicidios, la cual confirmó haber recibido la notificación de la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro.
La resolución del Alto Tribunal se originó de la apelación presentada por el equipo de fiscales.
En la misma, argumentaron a los magistrados que existió una interpretación errónea, respecto a las declaraciones de testigos, por parte del Tribunal Cuarto de Sentencia.
A criterio de la FGR, en el juicio anterior, en cuanto al delito de Administración Fraudulenta no existió insuficiencia probatoria, dado que sí se presentaron los testigos pertinentes al juicio y se incorporaron las respectivas denuncias y documentos que sustentaron el mal manejo de fondos en las tiendas institucionales del sistema penitenciario.
La Cámara estableció que, con la prueba vertida en el juicio, que los fondos generados por las Tiendas Institucionales se emplearon de manera indebida. El concepto de indebido, para efectos del tipo penal se refiere a una acción o un fin distinto al que legalmente se ha destinado, siendo en el presente caso el destino legal de los fondos generados por las Tiendas, en términos generales es en beneficio de la población reclusa.
A criterio de la Cámara “se acreditó la existencia del delito y la participación de los acusados, considerando, además, que no se ofreció prueba para demostrar las autorizaciones legales para dar otro destino a los fondos. Por lo que contrario al criterio del Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, el empleo indebido se encuentra suficientemente acreditado, por la utilización fraudulenta de los fondos de las Tiendas Instituciones, cerrándose cualquier facultad discrecional”.
Respecto a los Actos Arbitrarios, se planteó en la apelación los argumentos jurídicos por medio de los cuales se establece que las actividades realizadas por los acusados sí trascienden la esfera penal y no se trataron de actos administrativos, tal como lo valoró erróneamente el Tribunal Cuarto de Sentencia.
Los magistrados resolvieron:
“Valorando en ese sentido que sí existe un cuerpo normativo específico para la actividad de las denominadas Tiendas Institucionales, y que el hecho de que no tenga calidad de ley en sentido formal y material estricto, no puede ser considerado como carente de importancia, desprovista de coercibilidad, que manda, prohíbe o permite. Lejos de eso, por tratarse de Manuales Administrativos, que sirven como medio de comunicación para transmitir información y fijar las actividades que se desarrollan respecto de determinado rubro, el grado de exigencia es especial para ciertos funcionarios en particular, lo cual reviste de especial importancia para el delito de Actos Arbitrarios”.
“… por lo tanto la decisión de Absolver a los imputados por el delito de Actos Arbitrarios, fue contraria al material probatorio que desfiló en la Vista Pública, y es el suficiente para determinar la existencia de obligaciones y prohibiciones dirigidas a los imputados debido al cargo que desempeñaron como Directores Generales de Centros Penales y que de igual forma el material probatorio se puede determinar la existencia de decisiones y órdenes adoptadas por los imputados en contravención a las funciones propias de su cargo o transgrediendo prohibiciones expresas”, indica literal parte de la resolución.
Es así como la Cámara resolvió anular la sentencia absolutoria para ambos involucrados y que fue pronunciada por el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador. Además, designó al Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador, como tribunal reemplazante para la celebración del nuevo juicio.
Finalmente, se espera que en los próximos días sea trasladada la causa penal al Tribunal, que ha sido asignado, para que programe la fecha y hora para el desarrollo de la nueva vista pública.
Judicial
15 años de cárcel para dos extorsionistas
En procesos judiciales separados, el Tribunal Primero de Sentencia de San Miguel condenó a 15 años de prisión a dos mujeres pandilleras, integrantes de la estructura terrorista MS-13, quienes fueron pro cesadas y declaradas culpables del delito de extorsión agravada.
Claudia Yesenia Rodríguez Delgado y Ernestina Argueta Argueta recibieron una pena de 15 años de prisión cada una, informó la Fiscalía General de la República (FGR).
En uno de los casos, Rodríguez Delgado, integrante activo de la Mara Salvatrucha, fue individualizada por las autoridades en una entrega controlada de dinero el 16 de diciembre de 2016. La víctima había denunciado a inicios de noviembre del mismo año ser extorsionada por la pandilla, que le exigió dinero bajo amenazas de muerte.
Argueta Argueta fue condenada por una extorsión cometida entre 2012 y 2015. Según las investigaciones, la víctima residía en Ciudad Barrios y entregó semanal mente el dinero a la pandilla MS-13, hasta que interpuso la denuncia ante la Policía Nacional Civil (PNC).
Judicial
Fiscalía lleva a juicio a 26 imputados por delitos de corrupción en alcaldía de Coatepeque
La Fiscalía General de la República (FGR) logró que 26 imputados, entre ellos exmiembros del concejo municipal de Coatepeque, enfrenten juicio por presuntos delitos de corrupción relacionados con el manejo de fondos públicos destinados a obras de infraestructura, informa el Ministerio Público en la red social X.
Según la investigación, los hechos habrían ocurrido entre 2012 y 2018, período en el que se habrían autorizado proyectos como pavimentación de calles, construcción de cordón cuneta y obras de concreto que, pese a ser pagadas con fondos estatales, nunca se ejecutaron. Casos previos vinculados a este expediente señalan irregularidades en al menos una decena de proyectos municipales que habrían sido cancelados sin comprobar su realización.
Los procesados enfrentan cargos por peculado y negociaciones ilícitas, delitos asociados al uso indebido de recursos públicos y a posibles acuerdos ilegales en la adjudicación de contratos. Investigaciones fiscales anteriores también apuntaron a montos que superaban los $400,000 en proyectos inexistentes dentro del mismo esquema municipal.
Coatepeque | 📣Juzgado de paz instala audiencia inicial en contra del alcalde de dicha localidad y su concejo municipal acusados de
⚠️Peculado y
⚠️Negociaciones Ilícitas. pic.twitter.com/fJLwq2zezu— Fiscalía General de la República El Salvador (@FGR_SV) September 28, 2019
El Juzgado Segundo de Instrucción de Santa Ana admitió todas las pruebas presentadas por la Fiscalía, con las que el Ministerio Público busca demostrar la responsabilidad penal de los acusados y exigir la devolución del dinero al Estado salvadoreño.
El caso forma parte de los procesos judiciales impulsados por la FGR contra actos de corrupción municipal, en los que se investiga la adjudicación irregular de contratos y el uso indebido de recursos públicos destinados a obras comunitarias.
Judicial
30 años de prisión para marero que asesinó a un policía
Juan José Díaz Salinas, integrante de la MS13, purgará 30 años de prisión por el homicidio de un agente de la Policía Nacional Civil. La condena fue impuesta por el Tribunal de Sentencia de Zacatecoluca.
De acuerdo con la Fiscalía, el homicidio ocurrió el 23 de septiembre de 2017 en un área rural del distrito de San Pedro Masahuat, en La Paz.
«El agente estaba de licencia y se transportaba en su bicicleta cuando Salinas y otros imputados le salieron al paso y, sin mayor discusión, comenzaron a dispararle hasta causarle la muerte en ese lugar», reveló la investigación.
En el fallo, el tribunal impuso también el pago de $2,500 en concepto de responsabilidad civil.
El ministerio público informó que el terrorista cumple otras penas de prisión por varios crímenes cometidos, entre estos, el homicidio de una mujer en el 2017; también por participar en el asesinato de un miembro de su estructura en el 2018, acciones que también fueron cometidas en La Paz.
Entre otros casos, el mismo tribunal condenó recientemente a los hermanos Santos Samuel y Cecilio Rafael Domínguez González, perfilados como integrantes de la pandilla 18. Estos sujetos permanecerán 30 años en prisión por haber asesinado a un hombre con un arma de fuego.
El crimen lo cometieron el 22 de junio de 2021, aproximadamente a la 1:30 del mediodía, cuando la víctima caminaba en la carretera Panorámica, por el caserío El Matazano, cantón San José La Montaña, San Francisco Chinameca, La Paz Oeste.
La investigación determinó que los hermanos interceptaron al hombre y a la fuerza lo condujeron hasta una cervecería. La víctima intentó huir, pero Rafael Domínguez lo golpeó en la cara y cayó al suelo. De inmediato, Santos Domínguez le disparó.


