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Judicial

Cámara anula absolución de exdirectores de Centros Penales y ordena nuevo juicio

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La Fiscalía General de la República (FGR), dio a conocer ayer viernes que una Cámara de esa jurisdicción, anuló el fallo favorable con el cual fueron absueltos de cargos los exdirectores de Centros Penales, Nelson Rauda Portillo y Rodil Fernando Hernández Somoza, en septiembre de 2019.

Los magistrados también ordenaron que los imputados enfrenten una nueva vista pública a cargo de un tribunal diferente y que ya fue designado. Ambos, enfrentan los delitos de Actos Arbitrarios y Administración Fraudulenta, en perjuicio de la Administración Pública y Patrimonio de la Población Reclusa de diversos centros penitenciarios del país.

Así lo dio a conocer ayer, la Unidad Fiscal Especializada Antipandillas y Delitos de Homicidios, la cual confirmó haber recibido la notificación de la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro.

La resolución del Alto Tribunal se originó de la apelación presentada por el equipo de fiscales.

En la misma, argumentaron a los magistrados que existió una interpretación errónea, respecto a las declaraciones de testigos, por parte del Tribunal Cuarto de Sentencia.

A criterio de la FGR, en el juicio anterior, en cuanto al delito de Administración Fraudulenta no existió insuficiencia probatoria, dado que sí se presentaron los testigos pertinentes al juicio y se incorporaron las respectivas denuncias y documentos que sustentaron el mal manejo de fondos en las tiendas institucionales del sistema penitenciario.

La Cámara estableció que, con la prueba vertida en el juicio, que los fondos generados por las Tiendas Institucionales se emplearon de manera indebida. El concepto de indebido, para efectos del tipo penal se refiere a una acción o un fin distinto al que legalmente se ha destinado, siendo en el presente caso el destino legal de los fondos generados por las Tiendas, en términos generales es en beneficio de la población reclusa.

A criterio de la Cámara “se acreditó la existencia del delito y la participación de los acusados, considerando, además, que no se ofreció prueba para demostrar las autorizaciones legales para dar otro destino a los fondos. Por lo que contrario al criterio del Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, el empleo indebido se encuentra suficientemente acreditado, por la utilización fraudulenta de los fondos de las Tiendas Instituciones, cerrándose cualquier facultad discrecional”.

Respecto a los Actos Arbitrarios, se planteó en la apelación los argumentos jurídicos por medio de los cuales se establece que las actividades realizadas por los acusados sí trascienden la esfera penal y no se trataron de actos administrativos, tal como lo valoró erróneamente el Tribunal Cuarto de Sentencia.

Los magistrados resolvieron:

“Valorando en ese sentido que sí existe un cuerpo normativo específico para la actividad de las denominadas Tiendas Institucionales, y que el hecho de que no tenga calidad de ley en sentido formal y material estricto, no puede ser considerado como carente de importancia, desprovista de coercibilidad, que manda, prohíbe o permite. Lejos de eso, por tratarse de Manuales Administrativos, que sirven como medio de comunicación para transmitir información y fijar las actividades que se desarrollan respecto de determinado rubro, el grado de exigencia es especial para ciertos funcionarios en particular, lo cual reviste de especial importancia para el delito de Actos Arbitrarios”.

“… por lo tanto la decisión de Absolver a los imputados por el delito de Actos Arbitrarios, fue contraria al material probatorio que desfiló en la Vista Pública, y es el suficiente para determinar la existencia de obligaciones y prohibiciones dirigidas a los imputados debido al cargo que desempeñaron como Directores Generales de Centros Penales y que de igual forma el material probatorio se puede determinar la existencia de decisiones y órdenes adoptadas por los imputados en contravención a las funciones propias de su cargo o transgrediendo prohibiciones expresas”, indica literal parte de la resolución.

Es así como la Cámara resolvió anular la sentencia absolutoria para ambos involucrados y que fue pronunciada por el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador. Además, designó al Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador, como tribunal reemplazante para la celebración del nuevo juicio.

Finalmente, se espera que en los próximos días sea trasladada la causa penal al Tribunal, que ha sido asignado, para que programe la fecha y hora para el desarrollo de la nueva vista pública.

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Judicial

Continúa juicio contra Muyshondt y otros exfuncionarios

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Este lunes prosiguió el juicio contra Ernesto Muyshondt, Paolo Lüers, Benito Lara, Arístides Valencia y Wilson Alvarado, acusados de agrupaciones ilícitas y fraude electoral.

El Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador programó para la jornada la exposición de pruebas documentales y alegatos finales.

De acuerdo con la Fiscalía General de la República (FGR), las pruebas y testimonios presentados hasta el momento vinculan a los procesados en negociaciones con pandillas durante las elecciones presidenciales de 2014 y las de alcaldes y diputados de 2015, en las que supuestamente se ofrecieron beneficios a cambio de votos.

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Judicial

Cárcel para sujeto que atacó a su expareja con un corvo en La Libertad

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José Adilio Acosta García fue condenado a seis años de prisión por atacar con un corvo a su excompañera de vida en San Pablo Tacachico, La Libertad. La sentencia fue dictada por el Juzgado Especializado de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de San Salvador, tras comprobarse el delito de lesiones graves agravadas.

De acuerdo con la Fiscalía, en diciembre de 2023, Acosta García llegó a la vivienda de la víctima en estado de ebriedad y le exigió reanudar la relación de pareja. Al ser rechazado, la agredió con el arma blanca, provocándole lesiones en un brazo que requirieron cirugía y una incapacidad superior a 30 días.

El tribunal concluyó que las pruebas presentadas confirmaron la responsabilidad del acusado y que las lesiones impedían a la víctima realizar sus actividades cotidianas.

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Judicial

Exfiscal Luis Martínez condenado a 10 años de prisión

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El Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador condenó al exfiscal general de la República, Luis Martínez, a 10 años de cárcel por los delitos de fraude procesal y omisión de la investigación, según informó la Fiscalía General de la República (FGR).

De acuerdo con la acusación, Martínez y otros implicados fabricaron procesos judiciales falsos en 2016 en contra de una víctima. Tras varias semanas de juicio, el tribunal resolvió imponer la condena con base en las pruebas presentadas por la FGR.

Además de Martínez, también fueron sentenciados Julio Adalberto Arriaza González, a cinco años de prisión por fraude procesal, y Héctor Francisco Grimaldi Membreño, a seis años por dos casos del mismo delito.

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