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Judicial

Cámara anula absolución de exdirectores de Centros Penales y ordena nuevo juicio

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La Fiscalía General de la República (FGR), dio a conocer ayer viernes que una Cámara de esa jurisdicción, anuló el fallo favorable con el cual fueron absueltos de cargos los exdirectores de Centros Penales, Nelson Rauda Portillo y Rodil Fernando Hernández Somoza, en septiembre de 2019.

Los magistrados también ordenaron que los imputados enfrenten una nueva vista pública a cargo de un tribunal diferente y que ya fue designado. Ambos, enfrentan los delitos de Actos Arbitrarios y Administración Fraudulenta, en perjuicio de la Administración Pública y Patrimonio de la Población Reclusa de diversos centros penitenciarios del país.

Así lo dio a conocer ayer, la Unidad Fiscal Especializada Antipandillas y Delitos de Homicidios, la cual confirmó haber recibido la notificación de la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro.

La resolución del Alto Tribunal se originó de la apelación presentada por el equipo de fiscales.

En la misma, argumentaron a los magistrados que existió una interpretación errónea, respecto a las declaraciones de testigos, por parte del Tribunal Cuarto de Sentencia.

A criterio de la FGR, en el juicio anterior, en cuanto al delito de Administración Fraudulenta no existió insuficiencia probatoria, dado que sí se presentaron los testigos pertinentes al juicio y se incorporaron las respectivas denuncias y documentos que sustentaron el mal manejo de fondos en las tiendas institucionales del sistema penitenciario.

La Cámara estableció que, con la prueba vertida en el juicio, que los fondos generados por las Tiendas Institucionales se emplearon de manera indebida. El concepto de indebido, para efectos del tipo penal se refiere a una acción o un fin distinto al que legalmente se ha destinado, siendo en el presente caso el destino legal de los fondos generados por las Tiendas, en términos generales es en beneficio de la población reclusa.

A criterio de la Cámara “se acreditó la existencia del delito y la participación de los acusados, considerando, además, que no se ofreció prueba para demostrar las autorizaciones legales para dar otro destino a los fondos. Por lo que contrario al criterio del Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, el empleo indebido se encuentra suficientemente acreditado, por la utilización fraudulenta de los fondos de las Tiendas Instituciones, cerrándose cualquier facultad discrecional”.

Respecto a los Actos Arbitrarios, se planteó en la apelación los argumentos jurídicos por medio de los cuales se establece que las actividades realizadas por los acusados sí trascienden la esfera penal y no se trataron de actos administrativos, tal como lo valoró erróneamente el Tribunal Cuarto de Sentencia.

Los magistrados resolvieron:

“Valorando en ese sentido que sí existe un cuerpo normativo específico para la actividad de las denominadas Tiendas Institucionales, y que el hecho de que no tenga calidad de ley en sentido formal y material estricto, no puede ser considerado como carente de importancia, desprovista de coercibilidad, que manda, prohíbe o permite. Lejos de eso, por tratarse de Manuales Administrativos, que sirven como medio de comunicación para transmitir información y fijar las actividades que se desarrollan respecto de determinado rubro, el grado de exigencia es especial para ciertos funcionarios en particular, lo cual reviste de especial importancia para el delito de Actos Arbitrarios”.

“… por lo tanto la decisión de Absolver a los imputados por el delito de Actos Arbitrarios, fue contraria al material probatorio que desfiló en la Vista Pública, y es el suficiente para determinar la existencia de obligaciones y prohibiciones dirigidas a los imputados debido al cargo que desempeñaron como Directores Generales de Centros Penales y que de igual forma el material probatorio se puede determinar la existencia de decisiones y órdenes adoptadas por los imputados en contravención a las funciones propias de su cargo o transgrediendo prohibiciones expresas”, indica literal parte de la resolución.

Es así como la Cámara resolvió anular la sentencia absolutoria para ambos involucrados y que fue pronunciada por el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador. Además, designó al Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador, como tribunal reemplazante para la celebración del nuevo juicio.

Finalmente, se espera que en los próximos días sea trasladada la causa penal al Tribunal, que ha sido asignado, para que programe la fecha y hora para el desarrollo de la nueva vista pública.

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Judicial

Acusados de estafar con paquetes turísticos seguirán en prisión mientras avanza investigación

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La Fiscalía General de la República (FGR) logró que David Antonio Rugamas Leiva, Juan Carlos Henríquez López, Lised Cristina Posada Cuadros, Gregorio Andrés García Echeverry, Jonathan David Torres Builes y Natalia Paniagüa Jaramillo se mantengan en prisión mientras sigue la investigación en su contra por el delito de estafa.

A los imputados se les acusa de promover paquetes vacacionales a través de una falsa agencia de viajes, Trópico Travel. En este nuevo proceso se han registrado las denuncias de 51 víctimas

De acuerdo a la investigación y testimonios de las víctimas, los imputados vendían membresías turísticas con un amplio portafolio de beneficios, logrando que les pagaran con tarjetas de crédito, pero cuando las víctimas querían hacer uso de lo que habían adquirido, no pudieron.

El monto que se reclama en calidad de responsabilidad civil a favor de las víctimas es de $77,042.00 dólares.

La primera audiencia en contra de los imputados se realizó en el Juzgado Primero de Paz de San Salvador, el caso pasa a la etapa de instrucción.

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Judicial

Ordenan Prisión contra Gerardo Quijada, Mister Miyagui, por un nuevo caso de estafa

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El Juzgado Quinto de Paz de San Salvador decretó, en audiencia inicial, la detención provisional en contra de Gerardo Quijada Orellana, mejor conocido como “Mr. Miyagui”, por el delito de estafa en perjuicio de una víctima.

De acuerdo con las investigaciones, en abril de 2024, la víctima decidió llevar su vehículo al taller “GQ Racing”, propiedad de Quijada, para realizar una reparación.

Tras hacerle un scáner, le dijeron que la reparación por el cambio de árbol de llaves y cárter tendría un costo de $1,000, a lo que la víctima accedió y canceló.

 

El día de la entrega del vehículo, la víctima reportó el mismo fallo mecánico, razón por la que volvió a llevar el vehículo al taller, donde Quijada Orellana asumió el costo de la supuesta reparación por problemas en la bomba de gasolina. La víctima pidió que le entregaran la pieza dañada, pero el ahora procesado se negó.

El problema en el vehículo continúo, la víctima decidió llevar su vehículo a otro taller donde le diagnosticaron que el problema era con la caja de velocidades, con un costo de $1,200.

La víctima intentó contactar a Gerardo Quijada Orellana para que asumiera los costos, pero nunca le respondió

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Judicial

Dura condena para niñera que arrebató la vida de su pequeño hijo en Santa Tecla

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A 26 años de prisión fue condenada Flor Arely Molina tras ser hallada culpable de arrebatarle la vida a un pequeño de solo dos años y medio de edad, informó la Fiscalía General de la República (FGR), la tarde del viernes.

La FGR explicó que el menor perdió la vida tras ser golpeado. “Este lamentable hecho ocurrió en noviembre de 2023, en Santa Tecla, La Libertad”, añadieron autoridades.

Según el reporte, Molina era la cuidadora o niñera del menor, y fue valiéndose de esa situación que sucedieron los hechos.

Tras el desfile de pruebas el Tribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla impuso la sentencia ante la contundencia de las mismas. Por su parte, la Fiscalía dijo sentirse satisfecha con la condena.

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