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Abogado Sergio Toruño describe escandaloso fraude procesal del ex director de Centro de Escuchas, ex jefe de Crimen Organizado y ex Magistrado de Sala Constitucional, Carlos Sánchez Escobar

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El abogado Sergio Portillo Toruño, defensor de Hilda Guadalupe Trigueros, a quien se acusó dentro del caso conocido como “RAIS-MARTÍNEZ” hizo público que interpondrá una petición de  Nulidad Absoluta del proceso penal seguido contra su cliente, en virtud que ha descubierto y documentado toda una trama de hechos falsos y fraude procesal cometidos entre el Ex Director del Centro de Escuchas, Froilan Francisco Coto; el Exjefe de Crimen Organizado, Wil Walter Ruiz; y el Exmagistrado de Sala de lo Constitucional, Carlos Ernesto Sánchez Escobar, para sostener falsamente una acusación contra el empresario Enrique Rais y que extensivamente ha afectado a su defendida de la que no comprende cómo fue vinculada a este caso. 

  • ¿Cómo se fabricó el caso “Rais-Martínez”?

De acuerdo al abogado defensor, que manifiesta haber escudriñado folio a folio mas de 14 mil paginas del expediente judicial donde constan las acusaciones contra su cliente,  ha logrado demostrar que existió un autor intelectual tras la persecución ilegal que ha sufrido Hilda Trigueros y el resto de imputados, ese autor es Douglas Meléndez Ruiz y varios ejecutores materiales de ese plan perverso, pero el que da origen a toda la manipulación de escuchas ilegales y adulteración de documentos fue el Ex Director del CENTRO DE ESCUCHAS TELEFONICAS, Froilan Francisco Coto. 

Para el abogado Portillo Toruño, la clave son las fechas y los datos:

En primer lugar -dice- existen dos expedientes judiciales de intervención de escuchas telefónicas, el 7-DIT-2014 (referidos a Alcaldes ) y 8-DIT-2014 (referido a un Exjuez y unos abogados) en ninguno de ellos aparece mencionada Hilda Trigueros, no existe autorización judicial para interceptar sus comunicaciones telefónicas, no estaba vinculada a ninguna investigación, ni consta hallazgo alguno de relevancia penal que tuviera relación con mi cliente. 

Sin embargo, el caso arranca con un memorando realizado por el Director del CITE y dirigido al Exfiscal general Douglas Meléndez, en el que realiza inculpaciones a su predecesor Sigfrido Campos Crespo a quien acusa de haber incumplido sus obligaciones de informar al Juez autorizante sobre el uso o destrucción del material captado, cuando en la realidad le correspondía al propio Froilan Coto, realizar esa acción, no existiendo la supuesta omisión, es decir que se inventa un “cuento chino” con el fin de utilizar fuera del plazo legal una información que además es ilegal y con ello acusa a mi cliente y a los demás procesados.

La prueba que Froilan Coto miente, se desprende según el abogado que: El propio Director del Centro de Escuchas (Froilan Coto) declara en entrevista como testigo en el caso, que ese cargo lo asumió el 3 de julio de 2015, lo que tomando en cuenta que la intervención telefónica del expediente 8-DIT-2014 venció el 14 de abril de 2015 y contaba con seis meses para ser utilizada contra las personas vinculadas a la misma, entre las que no se encontraba ni Hilda Trigueros, ni Enrique Rais, el vencimiento para la validez de las escuchas era el 14 de octubre de 2015, periodo en el que ya era Froilan Coto el Director, lo que sin embargo oculta en el memorando, pues a partir de ello desaparece la supuesta omisión en el procedimiento y para los efectos judiciales del art. 23 de la Ley de Escuchas (LEIT), que precisaba el uso en el término de los seis meses o la destrucción en caso de no hacerlo en ese tiempo, del material captado en las escuchas. 

¿Quién era entonces el Director del Centro de Escuchas a fecha 14 de octubre de 2015, cuando la intervención agotaba su validez probatoria? Reafirma el abogado, que lo era Froilan Francisco Coto y no el licenciado Sigfredo Campos Crespo, a quien inculpó el primero. Es decir, si alguien no cumplió con los procedimientos legales para garantizar la legalidad y legitimidad de las escuchas fue Froilan Coto, aunque pretendió culpar a la persona a quien sustituyó en el cargo.

De acuerdo al abogado defensor, las falsas declaraciones del Director del Centro, Froilan Coto, terminaron siendo decisivas para que la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador, le diera una validez extensiva a las escuchas telefónicas, pese a ser ilegales y que además se haya convertido en el argumento falaz de todos los jueces y tribunales que posteriormente han conocido la causa penal, para evadir la responsabilidad de dictar la invalidez del proceso penal, por estar fundado en prueba ilícita.

  • El Exmagistrado de Sala de lo Constitucional violador de derechos humanos.

Sobre lo antes afirmado, Portillo Toruño extrae de sus archivos una resolución dictada por la Cámara Primera de lo Penal, integrada por el licenciado Carlos Sánchez Escobar y el Dr. Guillermo Arévalo Domínguez de fecha 12 de enero de 2017, sobre la que manifiesta ese Tribunal, se basó precisamente en las declaraciones de Froilan Coto, quien afirmaba que el material captado de la escucha, no había podido ser utilizado en ningún procedimiento penal porque su predecesor Sigfredo Campos Crespo había recibido orden para no dar ningún trámite a la intervención, sin embargo al 14 de octubre de 2015, esa función únicamente le correspondía al nuevo Director, Froilan Coto, quien nunca declaró, ni documentó haber recibido “orden” superior para no actuar conforme los presupuestos del Art. 23 LEIT,  significa que se trató de un argumento contrario a la realidad. 

El licenciado Sánchez Escobar, -a criterio del abogado- en una total negligencia o quién sabe con qué intereses o influencias, no se toma el tiempo de cotejar algo tan elemental como establecer quién era el Director del Centro de Escuchas, conforme a los periodos transcurridos entre la intervención y los seis meses posteriores a su finalización, de esta manera avala una tesis fiscal, basada en la declaración de Froilan Coto, que la inobservancia de proceder según el art. 23 LEIT, fue consecuencia de una orden superior recibida por Sigfredo Campos Crespo, no obstante que el único responsable sobre el procedimiento era Froilan Coto, quien desde el 3 de julio de 2015 se encontraba en funciones como Director del CITE y por tanto al llegar la fecha de vencimiento de validez probatorio del material captado en la escucha, esto es el 14 de octubre de 2015, no había otro responsable que no fuera Froilan Coto. 

De este modo, el licenciado Sánchez Escobar, de acuerdo al abogado, adopta una decisión contraria a los derechos y garantías de los acusados, por ejemplo, la presunción de inocencia, ya que da por válida la existencia de una “omisión” ordenada por el Exfiscal general, quien aún no ha sido oído y vencido en juicio; por el contrario no sopesa las contradicciones en que incurre Froilan Coto, que señala como “conducta de omisión” la de una persona que ya no tenía el deber de garante, que él mismo sí poseía. 

Con todo esto además provoca la infracción de los derechos a la intimidad y el secreto de las telecomunicaciones, ya que se ha divulgado información de la causa que revictimiza a su cliente, pues Hilda Trigueros, accedió al sistema judicial para frenar el ciclo de violencia familiar que sufría y de repente se encontró señalada como parte de una red de “crimen organizado” y afectada ilegalmente en su derecho a la libertad física, siendo la causa de estos ataques sufridos, nada más su cercanía con el abogado Ernesto Gutiérrez.

Es así que al ascender Sánchez Escobar al cargo de Magistrado de Sala de lo Constitucional, en lugar de ocuparse por reparar las violaciones existentes en el derecho a la intimidad por el mal uso de las escuchas, discutido en el proceso acerca de la constitucionalidad del art. 23 LEIT, se ocupó de mantener inactivo el expediente 5-2018 que lo contenía, a pesar que desde enero de 2019 ya se encontraba listo para dictar Sentencia. Ha tenido que ser la actual Sala de lo Constitucional que ha corregido tal situación confirmando la constitucionalidad del citado artículo y dejando claro el vacío legal existente en el mismo, que perjudicó a mi cliente todo este tiempo, manteniendo vigente unas escuchas que con este fallo queda confirmado nunca pudieron ser utilizadas fuera del plazo legal, al no haber contado con una regulación procedimental previa.

  • Las contradicciones de los dos Directores del Centro de Escuchas

Es tan evidente y grave el fraude procesal cometido por Froilan Coto, que el abogado defensor presenta un documento que el Exjefe de la Unidad de Crimen Organizado, introdujo al Dictamen de Acusación, consistente en un memorando que contiene como hecho falso, la afirmación que no se encontró informe del mes de octubre de 2015 realizado por el licenciado Sigfredo Alcides Campos Crespo, Director del Centro de Escuchas, dirigido al Juez Séptimo de Instrucción sobre el uso o destrucción del expediente 8-DIT-2014. ¿Por qué es falso? Porque al mes de octubre de 2015, era el propio Froilan Coto el Director del Centro de Escuchas, sin embargo al introducir esa información falaz pretende sostener la mentira con la cual inició el procedimiento penal.

Las contradicciones sobre lo dicho por ambos Ex Directores del Centro de Escuchas son  evidentes, al grado que el propio Sigfredo Campos Crespo en ejercicio de su derecho a la última palabra en el proceso penal donde fue juzgado precisamente por alterar prueba y usar prueba ilegal para acusar al empresario Enrique Rais, manifestó que nunca le informó al Exfiscal General, Luis Martínez, la existencia del expediente 8-DIT-2014, lo que bota de un tajo la supuesta tesis de la “orden superior” que ha manifestado Froilan Coto, para inculpar a su predecesor, aunque con toda la documentación acá mostrada no hay dudas que era Coto el único responsable y quien ha mentido en todo el proceso penal.

Finalmente, el abogado Portillo Toruño, confirma que interpondrá una solicitud de nulidad absoluta del proceso, con toda esta evidencia y que la Jueza 2º de Instrucción de San Salvador, ya no puede bloquear su discusión en argumentos generados por la Cámara Primera de lo Penal, que con la Sentencia de constitucionalidad del art. 23 LEIT, sino que debe cumplir la Constitución y los Tratados internacionales de derechos humanos. Asimismo interpondrá denuncia contra el Exdirector del Centro de Escuchas, Froilan Francisco Coto, el Exjefe de crimen organizado, Wil Walter Ruiz y el Exmagistrado de Sala de lo Constitucional, Carlos Sánchez Escobar por los delitos de fraude procesal y prevaricato, según corresponda.

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Internacionales

Colombia extraditará a El Salvador a jefe pandillero que vivía en mansión rodeada de celebridades de la música

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En agosto del año pasado, la Fiscalía General de la República detectó que desde Colombia, Mateo Sebastián Pintor Rodríguez, alias «El Tatuado», estaba dirigiendo una estructura de extorsionistas y estafadores, investigación que alertó a las autoridades de ese país quienes comenzaron a seguir los rastros del criminal reclamado por el Tribunal Segundo contra el Crimen Organizado de San Salvador.

Es perfilado como pandillero de la facción revolucionaria de la pandilla 18 y junto a otros siete detenidos engañaron a personas a través de un grupo creado en una red social, donde les prometían liberar a sus parientes privados de libertad, pero debían pagar como mínimo $3,000.

Pintor Rodríguez se cambió de nombre para no ser localizado y tenía trabajos fachada, pero llamó la atención de las fuerzas de seguridad del país sudamericano la vida de lujo que llevaba pues residía en mansiones de Llanogrande, una de las zonas más exclusivas en Antioquia, en donde un mes de alquiler sobrepasa los $8,000.

En el exclusivo complejo habitacional tienen sus mansiones celebridades de la música colombiana, entre ellos J Balvin, el valor de las casas es muy elevado y sobrepasan los $2 millones, solo un metro cuadrado de terreno está valuado en $1,000.

El nivel de gastos de Pintor Rodríguez es excéntrico, había adquirido motocicletas de gama alta, le decomisaron una BMW S1000RR, que tiene un costo de $33,700 aproximados y una BMW F900 XR de unos $19,200, en ese país.

Llevaba una vida de clase alta, practicaba deportes extremos y pretendía hacer creer que era italiano, para acreditarlo entre su grupo de personas cercanas con las que ya había entablado un círculo de amistad, a veces se refería con palabras italianas.

Expediente judicial

El proceso penal judicializado a finales de agosto de 2024, la Fiscalía destaca que Mateo Sebastián Pintor Rodríguez, es el cabecilla de la banda. Según el informe, el salvadoreño contactaba a las víctimas y les pedía entre $2,000 y $25,000, para, supuestamente, liberar a sus familiares detenidos.

El 14 de agosto de ese año la estructura fue desarticulada mediante operativos realizados en Mejicanos, San Salvador, Cuscatancingo, San Martín y La Libertad.

Entre las capturas hay personas que prestaban sus cuentas bancarias para que las víctimas depositaran el dinero. Cuatro mujeres vinculadas a la red están en prisión, se trata de Jenifer Gabriela Sandoval Alvarado, Karla Cristina Aguirre Quintanilla, Ana Elizabeth Rodríguez Umaña y Blanca Miriam Menjívar Pineda.

En las pesquisas realizadas detectaron que el dinero que las víctimas pagaban, era depositado en las cuentas bancarias y luego era remesado a Colombia.

Según las pesquisas, contactaron a sus víctimas a través de unas páginas de las redes sociales, una de ellas de nombre TDL, creada en Facebook, les aseguraban que sus parientes iban a quedar en libertad para mientras les entregaban el dinero.

Cuando las víctimas no les querían pagar las amenazaban con llamar a la Policía para que las detuviera por el régimen de excepción, así denunciaron las personas afectadas por la estructura.

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Internacionales

Estados Unidos traslada a 17 criminales del Tren de Aragua y la MS-13 a El Salvador

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En una operación conjunta entre el ejército de Estados Unidos y las autoridades salvadoreñas, un grupo de 17 criminales pertenecientes al Tren de Aragua y a la Mara Salvatrucha fueron trasladados al Centro de Confinamiento del Terrorismo (Cecot), la megacárcel construida en El Salvador.

Fue el secretario de Estado estadounidense, Marco Rubio, quien brindó detalles sobre esta operación calificada como «antiterrorista».

«Anoche, en una exitosa operación antiterrorista con nuestros aliados en El Salvador, el ejército de Estados Unidos transfirió a un grupo de 17 criminales violentos de las organizaciones Tren de Aragua y MS-13, incluidos asesinos y violadores», aseguró Rubio en su cuenta de X.

El presidente Nayib Bukele, corroboró la información y agregó que: “Todos los individuos son asesinos confirmados y delincuentes de alto perfil, incluidos seis violadores de niños”.

Este traslado se produce en un contexto de colaboración internacional en la lucha contra la criminalidad organizada. A principios de marzo, El Salvador había recibido a 238 miembros del Tren de Aragua, quienes también fueron enviados al Cecot, en un acuerdo en el que Estados Unidos asumirá ciertos costos.

Tanto el Tren de Aragua como la MS-13 han sido señalados de cometer diversos crímenes, incluyendo tráfico de drogas, secuestros, homicidios y extorsión.

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Nacionales

Ambiente cálido, nubosidad y lluvias en algunos sectores

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Durante la mañana, el cielo estará mayormente medio nublado con alguna lluvia frente a la costa oriental, por la tarde medio nublado en la cordillera volcánica y la franja norte, con lluvia en estos sectores y tormenta en las cercanías de Chalatenango, por la noche persistirá el cielo parcialmente nublado y son probables lluvias en la franja norte, zona occidental y central incluido el AMSS.

El viento, por la mañana y la noche del noreste, y por la tarde del Sur, de 8 a 18 km/h en todos los períodos.

Las temperaturas estarán muy cálidas durante todo el día y relativamente fresco por la madrugada. Condiciones atmosféricas generadas por una vaguada en el flujo del este, que estará generando nubosidad y lluvias.

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